La pugnacidad en el diferendo limítrofe entre Antioquia y Chocó por Belén de Bajirá ha dado paso un pulso político y una escalada verbal de los gobernadores de Antioquia Luis Pérez Gutiérrez y del Chocó Jhoany Carlos Alberto Palacios Mosquera, sin antecedentes en las relaciones entre antioqueños y chocoanos. Pese a que el informe técnico del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, determino hace un año que dicho territorio queda dentro del Chocó. Las Comisiones de Ordenamiento Territorial del Senado y la Cámara de Representantes, decidieron devolver el informe por no reunir los elementos de límites dudosos, establecidos en la ley 1447 de 2011, para que el Igac proceda de conformidad con sus competencias.
Adicionalmente solicitaron al Ministerio de Interior un concepto sobre la viabilidad de una consulta previa. En consecuencia, el director de Consulta Previa de dicha cartera acaba de decir que es un mecanismo improcedente para dirimir litigios de límites entre dos jurisdicciones, pero abrió las posibilidades para que se pueda realizar otro mecanismo de participación ciudadana dentro de las alternativas y libertades contempladas en la constitución y la ley.
Ambas determinaciones, tanto de las Comisiones de Ordenamiento Territorial del Senado y de la Cámara de Representantes, como la que acaba de tomar el ministerio del Interior al abrir otro eslabón de participación ciudadana son como movidas en unas partidas de póker para dilatar la resolución del litigio, profundizar la ingobernabilidad, la incertidumbre de los habitantes y la pugnacidad en el territorio.
En la disputa por Belén de Bajirá se mueven unas amalgamas de intereses de diferentes índoles indescifrables, tanto en Antioquia como en el Chocó. La actuación del Presidente de la Comisión de Ordenamiento Territorial del Senado, Carlos Fernando Galán, fue insólita por las contradicciones que incurrió para dilatar la resolución del diferendo. En su ponencia, dijo que “el concepto emitido por el IGAC manifiesta que los límites descritos en la ley 13 de 1947, concuerdan con la realidad geográfica, en consecuencia, no hay dudas de la diligencia de deslinde ya que hubo identificación del límite en terreno” donde admite que el territorio pertenece al Chocó.
De manera que al no existir límites dudosos lo que debido proponer el Senador Galán fue la ratificación del informe técnico del Igac y pasarlo a plenaria para que se resolviera definitivamente el conflicto. Pero a renglón seguido subrayó que era “improcedente la adopción de una propuesta limítrofe definitiva para ser presentada ante la plenaria de Senado”.
Su argumento fue contradictorio al plantear que “de conformidad con el informe técnico no se trata de límite dudoso”. Por lo tanto, al no tratarse de esa figura lo que debió hacer fue informar a la plenaria que los límites eran verídicos. Finalmente, se rebuscó un tecnicismo para enredar la pita con un argumento traído de los cabellos que el Congreso de la República no es competente para dirimir el conflicto de límites entre antioqueños y chocoanos.
Una jugada política insólita cuando un concepto de la oficina jurídica del Igac, señala, que ningunos de los artículos de la ley 1447 del 2011, modifican las competencias del Congreso de la República para dirimir las disputas de límites entre los departamentos. Y más aún cuando en una consulta que hizo el Ministerio del Interior a la Sala Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado sobre la competencias y los procedimientos para la definición del diferendo limítrofe entre Antioquia y Chocó, en el sector de Belén de Bajirá.
Resuelta en el 2015, donde la Sala respondió que “corresponde a la plenaria del Senado de la República con fundamento en la decisión que tomen las Comisiones de Ordenamiento Territorial de Senado y Cámara de resolver el diferendo limítrofe”. Sala que concluyó que “a la luz de la legislación vigente, el único órgano competente para resolver el diferendo es la plenaria del Senado”.
Fue más allá al señalar que “el trazado fijado por el Igac enviado al ministerio en el 2003, se puede tomar como límite provisional hasta que la autoridad competente, la plenaria del Senado establezca un deslinde definitivo en los términos de la Ley 1447 de 2011”. Por consiguiente es en este aspecto que Antioquia fundamenta sus tesis, dado que el informe del Igac del 2003 no fue rechazado por el Congreso y consideran que está vigente. Un argumento polémico basado en que los informes del 2007 y 2016 que favorecieron al Chocó fueron rechazados por el Congreso de la República, el primero por la plenaria y el segundo por las Comisiones. Con la jugada política perversa del Senador Carlos Fernando Galán, se abrió nuevo panorama en este litigio que pinta complicado y de largo aliento.
@j15mosquera.