¿La Restitución de Tierras es tan mala como la pintan?

¿La Restitución de Tierras es tan mala como la pintan?

Alejandro Ordóñez, José Félix Lafaurie y María Fernanda Cabal han lanzado fuertes críticas a la política pública de este programa

Por: Edwin Bernal Ramírez
abril 12, 2016
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¿La Restitución de Tierras es tan mala como la pintan?
Foto: hsbnoticias.com

En estos días han arreciado duras criticas a la política pública de restitución de tierras por parte del procurador Alejandro Ordoñez, el presidente ejecutivo de Fedegán  José Félix Lafaurie  y su esposa, la senadora del Centro Democrático  María Fernanda Cabal Molina. Para ello han organizado encuentros en Magdalena reuniendo a personas inconformes con la implementación de la Ley 1448 de 2011. Esgrimen que debido a sentencias falladas por jueces y/o magistrados especializados en restitución, se han vulnerado los derechos de los actuales ocupantes de los predios objeto de restitución.

Para nadie es extraño el cruento conflicto armado interno que hemos padecido por más de cinco décadas. Desconocer que existieron o existen interés políticos, económicos para obtener el control territorial a través del despojo o abandono forzado  de tierras es una gran falacia. Es por vez primera, con la expedición de la ley de víctimas, que  permite a los interesados acudir a la institucionalidad, a través de un proceso completamente gratuito para solicitar la restitución de sus predios que fueron abandonados o despojados . El proceso es de naturaleza mixta: una primera etapa administrativa adelantada por la Unidad de Restitución de Tierras y otra judicial ante los operadores jurídicos especializados en restitución de tierras.  Anteriormente no existía un mecanismo jurídico expedito para que las víctimas obtuvieran la restitución.

La ley 1448 de 2011 y sus decretos reglamentarios, constituyen un enorme avance para garantizar la asistencia, atención y reparación a las víctimas del conflicto armado interno. Dicho marco jurídico ha sido elogiado por el actual secretario general de Naciones Unidas Ban Ki-moon. También la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha destacado los esfuerzos realizados por el Estado Colombiano “a fin de crear una política integral de reparaciones y promulgar una ley para reparar a las víctimas del conflicto armado”. En diciembre de 2014, visitó a nuestro país una delegación de la Comisión Nacional de Tierras de Kenia con el objetivo de ilustrarse sobre la implementación del proceso de restitución de tierras en Colombia, quienes resaltaron los  múltiples beneficios  que ha otorgado esta ley a las víctimas. En efecto visitaron predios restituidos en Sucre y Córdoba , dialogaron directamente con las personas que han sido reparadas en el componente de restitución de tierras, destacando la seguridad alimentaria gracias a los proyectos productivos que son otorgados en las sentencias de restitución.

Luego de casi cinco  años de puesta en marcha de la Ley 1448 de 2011, se han superado con creces  los resultados obtenidos con la aplicación de la Ley 975 de 2005. En efecto, se han fallado 1.679 sentencias que han restituido 185.024 hectáreas a favor de las víctimas de despojo o abandono forzado de tierras.

Aunado a lo anterior, se han restituido tierras a comunidades indígenas y afrocolombianas, en Bagadó (Resguardo Indígena Embera Katio del Alto Andágueda ), Timbiquí (Consejo Comunitario Renacer Negro), Unguía (Resguardo Dóbida Dogibi). Nunca antes en nuestro país estas comunidades habían podido ser beneficiarios de la restitución de sus territorios colectivos que fueron  abandonados forzosamente con ocasión al conflicto armado interno .Ello ha sido fruto del trabajo arduo y mancomunado  de miles de colaboradores (funcionarios y contratistas de la Unidad de Restitución de tierras ).

Es importante mencionar que los opositores en el proceso de restitución de tierras pueden ejercer su derecho de defensa en la etapa administrativa y judicial de este proceso especial de carácter transicional . Existe hoy en día un convenio suscrito entre la Defensoría del Pueblo y la Unidad de Restitución de Tierras para garantizar los derechos de los segundos ocupantes. Adicionalmente se encuentra vigente  el Acuerdo 21 de 2015, por medio  del cual se otorgan diferentes beneficios a los segundos ocupantes como el otorgamiento de  predios predios equivalentes, proyectos productivos, compensación en dinero.

La restitución de tierras, constituye un gran reto un país donde aún no ha cesado el conflicto, en el que existen territorios minados, amenazas y atentados  a reclamantes de tierras, falta de actualización de registros catastrales y prediales, presencia de grupos armados ilegales. Todo ello ha dificultado su plena implementación en todo el territorio nacional. Pese a ello no se puede desconocer los avances de la política pública de Restitución de Tierras.

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