La política del cambio climático en Colombia: reactiva y paliativa

La política del cambio climático en Colombia: reactiva y paliativa

El gobierno ha fallado en afrontar eficazmente esta problemática, lo que demuestra que a la clase gobernante le sigue importando muy poco el asunto

Por: Ing. Mauricio Alejandro Arroyo Narváez
marzo 07, 2018
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La política del cambio climático en Colombia: reactiva y paliativa
Foto: Leonardo Muñoz (EFE)

"Esta maldita 'niña' ha sido el karma de mi Gobierno” (Semana, 2011), “… la guerrilla, el desempleo (…) los vamos venciendo, pero contra esta Niña seguimos combatiendo” (El Espectador, 2011). Estas fueron algunas de las frases, acompañadas del respectivo semblante histriónico de tristeza, empleadas por el presidente Santos durante la visita realizada a algunas zonas afectadas por fuertes lluvias en el marco de la temporada invernal del año 2010 - 2011, intensificada por el fenómeno de la Niña, que, según el Ministerio de Ambiente, afectó a 3,2 millones de personas y dejó cuantiosas pérdidas económicas en todo el país. Si bien, aunque los fenómenos del Niño y de la Niña tienen su causa en los cambios cíclicos de temperatura del océano Pacífico; el alcance, la frecuencia y la magnitud de sus impactos se exacerban cuando se agrega a la ecuación los efectos del calentamiento global de origen antrópico, causante del cambio climático actual.

Como se evidencia en el mensaje presidencial, el gobierno colombiano percibe la vulnerabilidad ante los eventos climáticos de gran magnitud como un asunto de confrontación entre dos fuerzas: hombre y naturaleza. De acuerdo con el profesor de Geografía de la Universidad Nacional, Dr. Andrea Lampis, una confrontación “en la que esta [la naturaleza] es vista como un enemigo externo (…) que hay que enfrentar y dominar”. Una concepción de riesgo – amenaza del siglo pasado que recae sobre el campo de acción de las ciencias físicas de la Tierra y de la ingeniería, que pretende presentarse como despolitizada y que desconoce las condiciones sociales de los individuos y comunidades expuestas a estos riesgos.

Como reacción a los efectos de la temporada invernal 2010 - 2011, el gobierno nacional comenzó a implementar una serie de medidas para contrarrestar los impactos negativos de eventos climáticos extremos, es decir de aquellos que sobrepasan los niveles considerados como normales. Entre estas medidas están: la creación del Fondo Nacional de Adaptación, con un presupuesto asignado de 7,8 billones de pesos para el desarrollo de sus proyectos entre 2011 y 2019 (según lo manifiesta su director en entrevista concedida al diario El Tiempo), lo que equivale a un presupuesto anual promedio de 866.000 millones de pesos; la expedición del CONPES 3700 que establece la estrategia de integración institucional de políticas y acciones; el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático; la Estrategia Nacional de Reducción de Emisiones por Deforestación (ENREDD+), que consiste básicamente en la mercantilización de la reducción de emisiones; y la creación del Sistema Nacional de Cambio Climático, una estrategia de articulación interinstitucional que contempla la creación de una comisión nacional y nueve nodos regionales. Acciones que, como se indicó anteriormente, sólo vinieron a considerarse una vez temporada invernal la temporada invernal ya había hecho estragos en el país.

Además, todas estas iniciativas son paliativas ante la vulnerabilidad de gran parte de la población colombiana ante los impactos adversos del cambio climático. En cuanto al presupuesto promedio anual del Fondo de Nacional de Adaptación, este es relativamente bajo con respecto al asignado a algunas experiencias locales de adaptación, como lo fue el caso del Plan de Desarrollo de la capital del país: Bogotá Humana (2012-2016). Mediante el cual, sólo para el desarrollo de su segundo eje: un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua, se asignaron 4.381.900 millones de pesos, presupuesto que quintuplica el del Fondo Nacional de Adaptación.

Recientemente, en agosto de 2017, el Ministerio de Ambiente radicó el proyecto de ley de Cambio Climático No. 092-17 (el cual a la fecha no ha sido debatido), cuyo objeto es fortalecer las acciones orientadas a la mitigación y la adaptación frente a los fenómenos climáticos y, además, cumplir con el compromiso plasmado en el Acuerdo de París de 2015, documento resultante de la Conferencia de las Partes (COP21), que consiste en la reducción del 20% de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de toda la economía nacional para el año 2030 con relación a un posible escenario al cual se llegaría si las emisiones continuaran la tendencia de crecimiento actual. Según indica el jefe de esa cartera en su página web, mediante este proyecto de ley se propone la creación de nuevos arreglos institucionales articulados a los ya existentes, directrices y decisiones públicas y privadas; instrumentos económicos y financieros, un programa nacional de cupos transables que, según el ministro, atraerá mayores recursos privados, y la obligatoriedad de la inclusión de la gestión del cambio climático en el ordenamiento territorial y en los planes de desarrollo en todo nivel.

Con respecto a la meta de reducción de GEI del 20%, aunque se pinte como ambiciosa, en realidad no lo es. Es más, según el portal Conexión Cop, entre todos los países que signaron el Acuerdo de París, es una de las más bajas. Por ejemplo, Canadá se propuso reducir la emisión de GEI, en el mismo periodo de tiempo, en 30%, Costa Rica en 44%, México en 25%, Trinidad y Tobago en 30%, Rusia en 25%, China en 60%, Unión Europea en 40% y Brasil en 43%, entre otros.

Por otra parte, en lo referente a las acciones de adaptación al cambio climático que Colombia se comprometió a adelantar bajo el marco del Acuerdo de París, estas son muy generales y ambiguas, y se podrían sintetizar en dos: la inclusión de las consideraciones de cambio climático en los instrumentos de planeación, implementación y evaluación de la intervención estatal y en la ampliación y protección y ampliación de las áreas protegidas, especialmente las que hacen parte del componente hídrico prioritario (cuencas y páramos).

En este mismo sentido, la inclusión del cambio climático en los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial tampoco es algo novedoso, ya que múltiples normas internacionales, que hacen parte de nuestro bloque de constitucionalidad, como la Convención Marco da las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (1992) y el Protocolo de Kioto (1997); y nacionales, como las ley de ordenamiento territorial 388 de 1997 y la ley orgánica de ordenamiento territorial 1454 de 2011 disponen la consideración del ambiente (el clima es un componente del ambiente) y de la gestión del riesgo en el ordenamiento del territorio.

En cuanto a la propuesta de fomentar y fortalecer la generación de energías alternativas y de fuentes renovables en zonas no interconectadas, el mensaje es claro: al gobierno no le interesa la generación y el uso de energías limpias en las zonas conectadas como son los centros urbanos, impulsados, en la mayor parte de sus sectores, por energías fósiles; y principales generadores de gases de efecto invernadero. Además, es necesario decir que esta propuesta, así como la de implementar un sistema de monitoreo del cambio climático, son iniciativas que ya existen, pero que no han tenido el suficiente músculo presupuestal y la divulgación necesaria para ser conocidas y empoderadas por la mayoría de los colombianos. En relación a los combustibles, es evidente que tanto la legislación ambiental colombiana, así como el proyecto de ley 092-17 y los compromisos ante la COP21, no contemplan por ningún lado la descarbonización de la economía, es decir, la erradicación de los combustibles fósiles, así sea progresivamente en un largo plazo.

En forma general, el gobierno colombiano, en sus acciones, normas y discursos continúa implementando y proponiendo medidas reactivas y paliativas frente al más grande desafío político que tiene la especie humana en este siglo: afrontar eficazmente el cambio climático, lo que demuestra que en realidad a la clase gobernante le sigue importando muy poco el asunto.

En Colombia, un país cuya participación en los hechos generadores del cambio climático ha sido muy poco significativa pero que por su posición geográfica (al igual que todas las regiones ubicadas en la zona tropical del globo), está destinado a sufrir sus mayores impactos. Para afrontarlo necesitamos una ley de cambio climático que contemple en primera instancia unas medidas integrales de adaptación efectiva de carácter preventivo, es decir, acciones que se implementen antes de la ocurrencia de los eventos meteorológicos extremos, como lo es el reasentamiento anticipado de familias y poblaciones que se encuentran en zonas de riesgo no mitigable, la prohibición taxativa del asentamiento en estas zonas, así como la precaución de disponer de tierras y viviendas de reserva para alojar a las potenciales víctimas climáticas, y la defensa y protección de los ecosistemas y la biodiversidad, especialmente en las áreas urbanas, entre otras. Asimismo, en materia de mitigación, requerimos que esta ley establezca una transición energética lo suficientemente ambiciosa para avanzar hacia un futuro energético descarbonizado con un horizonte no superior al año 2050.

Referencias

Conexión Cop. (2016). ¿Existe relación entre el cambio climático y el fenómeno El Niño? Recuperado de:  http://conexioncop22.com/existe-relacion-entre-el-cambio-climatico-y-el-fenomeno-el-nino/

Conexión Cop. (2015). Mapa de Contribuciones Nacionales Determinadas (INDC). Recuperado de:  http://conexioncop.com/descargue-esta-infografia-con-las-contribuciones-nacionales-determinadas-presentadas-indc-cop21/

El Espectador. (2011). “La maldita “Nina” ha sido el karma de mi Gobierno”: Santos. Recuperado de: http://www.elespectador.com/noticias/nacional/maldita-nina-ha-sido-el-karma-de-mi-gobierno-santos-articulo-315094

El Tiempo. (2017). Presupuesto general: 23 de 30 sectores han ejecutado menos del 50 %. Recuperado de: http://www.eltiempo.com/economia/sectores/cuanto-se-ha-invertido-los-sectores-el-presupuesto-nacional-del-pais-de-2017-113372

Lampis, A. (2012). Vulnerabilidad y adaptación al cambio climático: debates acerca del concepto de vulnerabilidad y su medición. En Revista Colombiana de Geografía, 22, 17–33.

MADS. (2017). Ministerio de Ambiente radica proyecto de ley de cambio climático. Recuperado de: http://www.minambiente.gov.co/index.php/noticias/3121-ministerio-de-ambiente-radica-proyecto-de-ley-de-cambio-climatico

Semana. (2011). “Esta maldita “Nina” ha sido el karma de mi Gobierno”: Santos. Recuperado de:   http://www.semana.com/nacion/articulo/esta-maldita-nina-ha-sido-karma-gobierno-santos/250420-3

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