Hace 111 años Colombia abolió de manera definitiva la pena de muerte[1]. Años después, en febrero de 1996, algún imprudente salpicado de coca[2], presidente de Colombia entonces, propuso que se restableciera la pena capital para algunos criminales[3]. Sin embargo, con la Ley 297 del 17 de Julio de 1996, Colombia dijo no y ratificó el “Segundo protocolo facultativo del pacto internacional de derechos civiles y políticos destinado a abolir la pena de muerte”, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de diciembre de 1989[4]. De este modo, Colombia se unía a la lista de países que, considerando la vida un derecho fundamental y superior, se alejaban de aquella pena barbárica todavía vigente en varios países del mundo.
El año pasado hubo un total de 483 ejecuciones en 18 países. China encabeza la lista, aunque sus cifras son oscuras puesto que, en su falaz comunismo dictatorial, las penas de muerte son secreto de estado. La mayoría de ejecuciones, aparte de China, ocurren en Irán, Egipto, Irak y Arabia Saudí[5]. Baste decir que en algunos de ellos aún se condena la apostasía[6][7]. Nosotros, por fortuna, somos más libres… si bien no podemos decir que aquí no hay pena capital. Tal vez convenga hacer una distinción clave para entender que existe otra pena de muerte sin juicio, sistemática y velada, cuyos muertos se amontonan en la impunidad.
La siguiente distinción no es, por cierto, aplicada en la práctica para juzgar crímenes de Estado, pero en el fondo, si se quiere, podría aplicar para hacerlo. La distinción es simple: reconocer algo de acuerdo al hecho, o de acuerdo al derecho; o lo que es lo mismo: de facto y de iure. Se emplea cuando un Estado voluntariamente reconoce la existencia de otro Estado, de un gobierno, o aun de un movimiento beligerante, de iure, es decir de acuerdo a la ley; o de facto, es decir cuando la realidad es tal que no queda más que reconocer un hecho que después, se espera, será confirmado por la ley[8].
Pensemos en la esclavitud: ha sido legalmente abolida pero, en la práctica, en el hecho, quizá encubierta por eufemismos, sigue existiendo en varias partes del mundo[9]. El derecho regula e impide el exceso, funda castigos, pero en el fondo no puede evitar que aquello que prohíbe emerja. Sin embargo, a diferencia de la esclavitud, la pena de muerte la prohíbe aquel mismo que podría darla. Y un Estado, aunque la prohíba de iure, al tener el monopolio de la fuerza podría arrogarse de facto el “derecho” de decidir sobre la vida de un individuo si ve en peligro el orden establecido y la ley. Rousseau lo deja claro: “todo malhechor, atacando el derecho social, se convierte por sus delitos en rebelde y traidor a la patria; cesa de ser miembro de ella al violar sus leyes y le hace la guerra. La conservación del Estado es entonces incompatible con la suya; es preciso que uno de los dos perezca, y al aplicarle la pena de muerte al criminal, es más como a enemigo que como a ciudadano”[10] (p. 33). Así, el Estado no solo está en el derecho, sino incluso en el deber, de acabar con la vida del criminal —ya no ciudadano sino enemigo— para salvaguardar su propia vida y la de sus ciudadanos.
Y de este modo volvemos a Colombia, y en concreto al lugar virtual de la política actual, Twitter. Dice allí un gobernante temerario: "Apoyemos el derecho de soldados y policías de utilizar sus armas para defender su integridad y para defender a las personas y bienes de la acción criminal del terrorismo vandálico"[11]. Es decir, existe el derecho de segar la vida de los ciudadanos que, por ejercer su derecho a la protesta[12], se convierten en enemigos. Y aunque Twitter elimine esa sentencia, en la realidad ese “derecho” a matar se ejerce, alguien da la orden y se aplica de facto. Como no pueden coexistir los ciudadanos-enemigos y el Estado, perecen por decenas los enemigos, aunque no tengan armas y no amenacen más que con gritos.
Pero no, no son solo gritos. Llueven palos y piedras sobre policarbonato. Llueven alegatos, demandas desde el fondo del alma. Alguien por allá enciende un fuego y lo lanza. Vuelan artefactos como cometas, dejan su estela de gas en una parábola de desprecio. Crecen nubes de humo, algarabía y tos y ojos de lágrimas ardientes. Crece también la ira, cócteles de gasolina y odio. Pobres gentes con palos y piedras golpeando a pobres gentes con armas no letales, con armas letales, con armas. Alguien mira desde lo alto, aprieta los labios, da la orden. Ya no son ciudadanos esos vándalos primitivos. Ahora es el crimen, el enemigo. Alguien, bajo un casco oscuro, desenfunda su arma, aprieta el gatillo. La multitud gritando se dispersa, algunos no se han dispersado: su alma se va disipando, fresca y roja recorre como un río las piedras muertas sobre el asfalto, las tiñe de un rojo agrio, el humo y el espíritu se esfuman.
¡Pena de muerte! ¡Pena de muerte! No importa que la Corte constitucional, de iure, diga que “la pena de muerte es incompatible con un Estado que reconoce la dignidad y los derechos de la persona”[13]. No importa si, de facto, esa dignidad no se reconoce, si desde el 28 de abril hasta el 6 de mayo, es decir durante 9 días, por protestar ha habido 37 asesinatos, según unos[14]; según otros, 24[15]. Sin entrar muy a fondo —porque hiela promediar almas perdidas— tenemos una media de 30 muertos, lo que quiere decir que por día asesinaron a 3,33 personas; lo que en un mes, de darse una protesta sostenida (sin considerar el aumento de la violencia con el tiempo, y sin que se declare conmoción interior), resulta en la escandalosa cifra de 100 asesinados. De ese modo, quizá exagerando un poco pero no lejos de la realidad, en 3 años se habría asesinado a más gente que en 17 años de dictadura chilena. Mirando a un hipotético futuro, claro, porque si miramos al pasado, Colombia nada tiene que envidiar en desaparecidos y muertos a la dictadura argentina, brasilera o chilena[16]. Así nos llamamos a nosotros mismos la democracia más antigua de América Latina[17], como si eso de verdad significara aún algo. Quizá lo que signifique sea cargar el sino lapidario de una dictadura de baja intensidad durante más de medio siglo, abierta al voto mentiroso y fraudulento, violenta, carroñera y corrupta. Tal vez el ave que preside nuestro escudo nacional sea el destino que nos han querido imponer, volar sin voluntad a través de los Andes guiados por el mero olor de la muerte.
En esa misma “democracia”, incluso, un alcalde llama a grupos privados de seguridad a recuperar el orden público[18]. Un llamado de ecos pasados, una venia al paramilitarismo. La protesta, ese derecho consignado en la constitución y clave de toda democracia, no vale para quienes dan pena de muerte por ejercerlo. Esa noche entran ocho balas en la alegría de un danzarín que lo único que hizo fue recorrer Pereira y reír, gritar algunas verdades y saltar. Tal vez solo lo quisieron matar por estar feliz de protestar. Tal vez, si ya no se aguantan la dignidad, mucho menos su festival. Balean a otro hombre por pensar. A muchos otros solo por diferir. Nos lo gritó Lucas, “nos están matando en Colombia”[19]. ¿Desde cuándo no aplica esta frase en nuestra historia?
Sí, en Colombia la pena de muerte se abolió de iure en 1910, pero de facto sigue vigente[20], de facto se glorifica[21], de facto se aplica para quienes protesten[22], para quienes osen horadar un silencio sumiso[23]. Las calles en protesta son patíbulos. En Colombia es pena capital pensar diferente. No, no nos comamos ese cuento. Colombia aplica la pena de muerte y todas y todos lo sabemos[24].
[1] https://www.elcolombiano.com/historico/la_pena_de_muerte-LEEC_108737
[2] https://elpais.com/diario/1998/07/22/internacional/901058401_850215.html
[3] https://www.peinedemort.org/zonegeo/COL/Colombie#hist
[4] https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1997/C-144-97.htm
[5] https://www.amnesty.org/es/latest/news/2021/04/death-penalty-in-2020-facts-and-figures/
[6] https://amnistia.cl/datos-y-cifras-la-pena-de-muerte-en-arabia-saudi/
[7] https://www.fidh.org/es/region/asia/iran/pena-de-muerte-en-iran-violado-el-derecho-a-la-defensa
[8] https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3262/8.pdf
[9] https://atalayar.com/content/esclavitud-en-el-mundo-actual-casi-46-millones-de-personas
[10] Rousseau, J. El contrato social o principios de derecho político: https://www.secst.cl/upfiles/documentos/01082016_923am_579f698613e3b.pdf (Rousseau es uno de los pilares de la democracia moderna y una de las fuentes ideológicas y espirituales de la Revolución francesa)
[11] https://www.elpais.com.co/colombia/twitter-elimina-tuit-de-alvaro-uribe-sobre-uso-de-armas-por-parte-de-policias-y-soldados.html
[12] Artículo 37 de la Constitución política de Colombia.
[13] https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1997/C-144-97.htm
[14] https://www.elespectador.com/noticias/judicial/temblores-reporta-aumento-de-detenciones-y-violencia-policial-en-el-paro-nacional/
[15] https://www.nytimes.com/es/2021/05/05/espanol/protestas-policia-colombia.html
[16] https://pacifista.tv/notas/colombia-tiene-mas-desaparecidos-que-todas-las-dictaduras-del-cono-sur/
[17] https://www.colombia.co/pais-colombia/historia/por-que-se-dice-que-colombia-tiene-la-democracia-mas-antigua-de-america-latina/
[18] https://www.youtube.com/watch?v=3T78FCpqagQ
[19] https://www.bluradio.com/mananas-blu/nos-estan-matando-el-grito-de-lucas-villa-la-nueva-victima-de-violencia-en-protestas-en-colombia
[20] https://razonpublica.com/masacres-policiales-la-historia-no-deja-repetirse/
[21] https://www.elespectador.com/noticias/judicial/estamos-haciendo-las-cosas-bien-ustedes-son-heroes-de-negro-los-mensajes-del-general-zapateiro/
[22] https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-56910570
[23] https://www.dw.com/es/asesinatos-de-líderes-sociales-colombia-mata-a-quienes-practican-la-democracia-en-las-regiones/a-56218920
[24] https://www.dw.com/es/más-de-900-líderes-sociales-asesinados-en-colombia-desde-2016/a-57257906