¿La pena capital como antídoto contra la corrupción en Colombia?

¿La pena capital como antídoto contra la corrupción en Colombia?

"La pena de muerte fue el mejor método de control para los actos de corrupción y se mantuvo durante 39 años. Fue abolida en 1863"

Por: Fabio Andrés Jara Londoño
febrero 19, 2018
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¿La pena capital como antídoto contra la corrupción en Colombia?

¿Qué es un corrupto? Es un pusilánime parásito que se alimenta de todos nosotros, es un cáncer que devora toda esperanza de progreso, es un cobarde, un ladrón, un mentiroso, un enfermo mental, un genocida, tal vez una víctima de las circunstancias. En todo caso un corrupto es un peligro para todos.

En esos años de 1824, para ser exactos el 12 de enero, el señor general Simón Bolívar, dictador plenipotenciario del Perú y presidente de la antigua Colombia, en uso de su sabiduría, había plenamente identificando que la corrupción es el peor mal que puede sufrir una sociedad. Un corrupto es un genocida que ataca desde las sombras, un cobarde que afecta hasta a los humanos que apenas son embriones. Además, es alguien que frena el progreso y bienestar de la patria, y se roba la salud y la educación.

Bolívar, sabiendo que los corruptos no son más que un puñado de parásitos en las entrañas de la madre patria que se alimentan a bocanadas de lo que nos pertenece a todos, decreta la pena de muerte, haciendo de esta ley un eficiente laxante libertario que permite expulsar de la sociedad a todos los funcionarios públicos que hayan “malversado o tomado para sí” parte de los fondos de la nación. Dando con esta decisión un trato justo, y tal vez la mejor solución para este mal imperdonable, un político corrupto es más peligroso que un atracador, violador, guerrillero o paramilitar, pues él no respeta ni a su propia madre.

El siguiente es el decreto* emitido por el libertador Bolívar desde el Palacio Dictatorial de Lima.

Teniendo presente:

– Que una de las principales causas de los desastres en que se han visto envuelta la República, ha sido la escandalosa dilapidación de sus fondos, por algunos funcionarios que han invertido en ellos;

– Que el único medio de extirpar radicalmente este desorden, es dictar medidas fuertes y extraordinarias, he venido en decretar, y

Decreto:

Artículo 1°–Todo funcionarios público, a quien se le convenciere en juicio sumario de haber malversado o tomado para sí de los fondos públicos de diez pesos arriba, queda sujeto a la pena capital.

Artículo 2°–Los jueces a quienes, según la ley, compete este juicio, que en su caso no procedieren conforme a este decreto, serán condenados a la misma pena.

Artículo 3°–Todo individuo puede acusar a los funcionarios públicos del delito que indica el Artículo 1°.

Artículo 4°–Se fijará este decreto en todas las oficinas de la República, y se tomará razón de él en todos los despachos que se libraren a los funcionarios que de cualquier modo intervengan en el manejo de los fondos públicos.

Imprimase, publíquese y circule.

Palacio Dictatorial de Lima, 12 de enero de 1824.

Por orden de S. E.,

Simón Bolívar.

 

La pena de muerte fue el mejor método de control para los  actos de corrupción y se mantuvo durante 39 años. Fue abolida en 1863 por orden del presidente Juan Crisóstomo Falcón. ¿Se imaginan si esta pena capital volviera a estar vigente en Colombia?

* Decretos del Libertador. Publicaciones de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, Tomo I (1813-1825) pág. 283. Imprenta Nacional, Caracas, 1961.

 

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