El general Marcos Evangelista Pinto Lizarazo, mencionado en el mural de 'Quien dio la orden', presentó una tutela para que el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado rectificara el mural y que este fuera retirado de las redes por todas las personas que lo replicaron pidiendo "protección a sus derechos fundamentales".
El Movice ganó parcialmente en primera instancia, pero un juez de segunda instancia le dio la razón al general Pinto y ordenó la eliminación del mural "de murales, redes sociales y medios de comunicación hablados o escritos". Sin embargo, hoy la Corte Constitucional consideró que las manifestaciones y datos sobre los 'falsos positivos', dada la gravedad y el impacto de estos hechos, son un tema de interés público, por lo que el mural también es de interés público por referirse a un funcionario y dio vía libre al movimiento de víctimas.
La Corte reconoció también el derecho de la ciudadanía a construir memoria sobre hechos de violencia en el marco del conflicto y su importancia para la reconciliación en la sociedad e incluso rechazó la decisión del juez de segunda instancia que había dicho que este tipo de asuntos no pueden ser ventilados o mencionados hasta que no haya condena judicial.
Seguiremos preguntando, indagando y exigiendo que Colombia y el mundo sepan #QuienDioLaOrden pic.twitter.com/isPiTJidDp
— Movice (@Movicecol) November 9, 2021
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