La lógica ilógica del siglo

La lógica ilógica del siglo

Argumentos jurídicos, médicos y éticos por los que según un ciudadano no se debería legalizar el aborto en nuestro país

Por: Edwin Alexander Llanos Franco
diciembre 11, 2020
Este es un espacio de expresión libre e independiente que refleja exclusivamente los puntos de vista de los autores y no compromete el pensamiento ni la opinión de Las2orillas.
La lógica ilógica del siglo
Foto: pixabay

El aborto se ha vuelto un tema de gran apogeo en los últimos años, nunca se había visto tantos proyectos que pretenden legalizarlo e incluso que se haga un derecho para las mujeres. Ya por ejemplo en Argentina la Cámara de Diputados le dio el visto bueno y solo falta que el Senado de ese país lo apruebe para que se vuelva ley de la república. Esto, sin duda alguna, genera malestar en unos y ocasión de júbilo en otros, como un gran triunfo que hay que celebrar.

Con el presente artículo nos disponemos a dar algunos argumentos jurídicos, médicos y éticos por los que no se debe legalizar el aborto en nuestro país y por el contrario las sanciones y penalidades contra quienes incurren en este delito.

Como primer argumento, la vida es un derecho fundamental, inalienable e inviolable según el artículo 11 de la constitución política de Colombia y por lo tanto debe ser respetada y protegida. El problema es que para muchos la vida no empieza desde la concepción, sino que es posterior, incluso algunos aseveran que el derecho a la vida empieza desde el momento del nacimiento, como si en los nueve meses que están los bebés en el vientre de la madre no hubiera nada. Para refutar ese error en el que muchos incurren nos basamos en el artículo 4 del Pacto de San José, el cual tiene jerarquía constitucional según la Sentencia C-589/99, la cual reza de la siguiente manera:

No todos los tratados y convenios internacionales hacen parte del bloque de constitucionalidad, pues tal y como la jurisprudencia de esta Corporación lo ha señalado en varias oportunidades, “los tratados internacionales, por el solo hecho de serlo, no forman parte del bloque de constitucionalidad y, por tanto, no ostentan una jerarquía normativa superior a la de las leyes ordinarias”. En efecto, la Corte ha señalado que, salvo remisión expresa de normas superiores, solo constituyen parámetros de control constitucional aquellos tratados y convenios internacionales que reconocen derechos humanos (I) y, que prohíben su limitación en estados de excepción (II). Es por ello, que integran el bloque de constitucionalidad, entre otros, los tratados del derecho internacional humanitario, tales como los Convenios de Ginebra, los Protocolos I y II y ciertas normas del Pacto de San José de Costa Rica.

Así pues, no todos los tratados internacionales son parte del bloque de constitucionalidad, pero claramente la sentencia deja en claro que el Pacto de San José sí hace parte del mismo y por lo tanto ninguna ley o sentencia puede contrariarlo. Siguiendo entonces con el artículo cuarto, numeral un de la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José reza de la siguiente manera: “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.  Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción.  Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”. Como se evidencia, el derecho a la vida es protegido desde el momento de la concepción, no a los tres meses, a los seis ni mucho menos al momento del nacimiento, sino que es desde la concepción.

Pero entonces en este punto muchos se preguntan: ¿cuándo es exactamente el momento de la concepción? Para eso debemos basarnos en lo que dicen los expertos en la materia, es decir, los trabajadores de la salud. Para ello nos basamos en un texto del doctor Ricardo Cruz-Coke, quien dijo de la siguiente manera:

La idea que la concepción es un acto que procrea a un ser es muy antigua y está claramente definida en los Diccionarios de la Academia de la Lengua en el siglo XVIII. En 1868 se definía el vocablo Concepción como: "Unión de los materiales suministrados por ambos sexos en el acto generativo para la procreación de un nuevo ser". El fruto de esta concepción se llama Feto, y su definición en los diccionarios en 1790 y 1803 es: "Lo que la hembra de cualquier animal concibe y tiene en su vientre". En esa época se considera que el verbo Concebir es: "Hacerse preñada la hembra". (Recuperado de: https://scielo.conicyt.cl/pdf/rcp/v51n2/art06.pdf)

Y sigue diciendo de la siguiente manera: “La concepción es un acto, un momento, donde se efectúa un proceso biológico denominado fecundación. La fecundación se define como la fertilización de un óvulo mediante un espermio. Es decir, la unión de un gameto masculino con otro femenino”. Como se evidencia, la vida para la ciencia empieza desde la concepción, desde el momento en el que el espermatozoide fecunda el óvulo.

Pero para no basarnos en una sola fuente para que no se genere incredibilidad en lo que dice el doctor Cruz-Coke, también la oficina del alto comisionado de los derechos humanos de las Naciones Unidas dijo:

Recomendamos que se reconozca el derecho a la vida de los niños por nacer desde la fecundación como un valor tradicional de la República Argentina y de otros tantos países del mundo que se debe respetar y no avasallar propulsando la violencia contra los no nacidos (ya que estos no son seres inanimados ni parte del cuerpo de la mujer, sino que son seres humanos vivos como está demostrado científicamente más abajo). (Recuperado de: https://www.ohchr.org/Documents/Issues/HRValues/AccionSolidaria.pdf)

Siguiendo con la recomendación del alto comisionado dice:

Desde el punto de vista médico: “la vida humana comienza en el momento de la fecundación que se produce cuando un espermatozoide (célula germinal del varón con 23 cromosomas) penetra dentro del óvulo (célula germinal de la mujer con 23 cromosomas). Este modifica al ser fecundado y reconstituye el número completo de cromosomas, siendo 46 cromosomas mezclados para formar una nueva célula con diferente información genética que define a una persona como única e irrepetible y quien se mantendrá toda la vida. Esta nueva célula llamada cigoto, contiene identidad genética propia, determinada por la combinación de los genes de sus padres. Todas sus células tienen la misma información genética, se multiplican y diferencian por el ambiente en el cual se desarrollan, formando todos los órganos y partes del individuo. Esto es la prueba de que el embrión es una nueva vida, única, irrepetible, que crecerá hasta la adultez” (Kuphal, Pedro A. compilador, Vivir ¡¿Sí?! Aproximación multidisciplinaria al aborto, artículo de la médica Correa Llano, María Genoveva, ¿Cuándo comienza la vida?, Editorial Sembrar valores, pág. 23).

Como se evidencia nuevamente, para la ciencia la vida empieza desde el primer momento en el que el espermatozoide entra en contacto con el óvulo, entonces no es concebible que se pretenda legalizar el asesinato de una persona, porque ya vimos que la ciencia médica y la ciencia jurídica dicen que es una persona, un cuerpo diferente al de la madre. Pero también es carente de raciocinio que haya esas tres exenciones para admitir un aborto, pues es como si alguien quisiera matar una persona que va caminando por la calle porque nos resulta molesto o si quisiéramos asesinar al vecino porque hace ruido o tira la basura a nuestra acera, pues esas tres exenciones dictadas por la Corte en la Sentencia C-355/06 son señal de que un bebé que es producto de una violación, que viene con alguna diferencia física o que pone en peligro la vida de la madre, es un estorbo, la misma situación como en la que alguien mataría a otro porque le resulta molesto.

Pero lo que más indignación causa es que quienes se hacen llamar católicos sean los que promuevan la legalización de ese asesinato, y que sean tan descarados de pedir al papa que no se enoje por quererlo hacer, como lo dijo de la manera más cínica y descarada el presidente de Argentina Alberto Fernández. Cabe recordar que el aborto es causal de excomunión Latae Sententiae, según el Canon 1398 del Código de Derecho Canónico, y que en la misma sanción incurren los que apoyan, ayudan y promueven esa práctica alejada de la ética y la moral.

Pedimos a quienes tienen las riendas de nuestro país para que sean verdaderos defensores de la vida, pero que tengan en cuenta que la vida no es selectiva, es decir, ninguna vida vale más que las otras, por lo que es ilógico que se diga que la vida es un derecho inviolable, pero que a la vez no sea para todos, porque los astrobiólogos afirman que la presencia de células en el espacio y en lugares extremos de la tierra significa que hay vida, pero que el bebé que se gesta en el vientre de la madre no lo es, es la lógica ilógica de este siglo.

Sigue a Las2orillas.co en Google News
-.
0
Nota Ciudadana
¿Buscando restaurante de cocina abierta con sabores ancestrales? 'Cascajal' revela sus misterios

¿Buscando restaurante de cocina abierta con sabores ancestrales? 'Cascajal' revela sus misterios

Nota Ciudadana
Caricatura: Las extrañas aventuras de Polo Polo

Caricatura: Las extrañas aventuras de Polo Polo

Los comentarios son realizados por los usuarios del portal y no representan la opinión ni el pensamiento de Las2Orillas.CO
Lo invitamos a leer y a debatir de forma respetuosa.
-
comments powered by Disqus
--Publicidad--