Es bien sabido que el realismo mágico de García Márquez no salió de su imaginación sino de exageraciones basadas en realidades curiosas de nuestro país.
Pero hoy con lo que está sucediendo en las instancias judiciales y políticas podríamos decir que Macondo es más macondo que nunca. Lo curioso es que sea en el ‘santanderismo’ que nos caracteriza —el de buscar siempre una respuesta en el mundo jurídico— donde se producen estos hechos ‘macondianos’.
Por supuesto se despliega mucho el caso de tener al Fiscal Anticorrupción enjuiciado por corrupción, reconociendo que forma parte de un cartel dedicado a ella; o el de los presidentes de las altas cortes enjuiciados por traficar vendiendo sus sentencias.
No sorprende ya que en vez del conocido aforismo de que ‘los jueces hablan a través de sentencias’ sea la Corte Constitucional la que ahora se expresa a través de ‘Comunicados de Prensa’ para que sin que sin cambiar las condiciones jurídicas —puesto que la sentencia aún no existe— se produzcan efectos políticos, como en el caso del respaldo a la espuria ‘Dirección Liberal’ para que realizara su también espurio ‘Congreso’ o el ‘blindaje’ al acuerdo con las Farc.
Hicimos una reforma constitucional para que desapareciera el principio de que los cambios en la Constitución requieran procedimientos más sólidos que las simples leyes. Es lo que hoy llamamos fast track, consistente en que basta presentar un proyecto de Reforma Constitucional como si fuera parte de los acuerdos de La Habana, para que con un trámite similar o incluso menos riguroso que el de las leyes ordinarias, se convierta en parte de nuestra Carta Fundamental. Aún más macondiano es que dicho ‘Acto legislativo’ nació por la vía del mecanismo que él mismo iba a crear.
Con este mecanismo —que supuestamente se limita a las reformas necesarias para implementar lo acordado en el Colón (que por lo demás aún llamamos ‘de La Habana’) — se han sacado toda clase de reformas constitucionales que van desde absurdos como prohibir durante 12 años el ejercicio del poder soberano de reforma (no solo por parte del Constituyente delegado en los términos reglados en la Constitución, sino incluso directamente del constituyente primario), hasta maniobras que responden a intereses tan electorales y coyunturales como la fusión de partidos para evitar su desaparición.
Ahora se le adiciona la actual interpretación según la cual la vigencia de seis meses que en el texto se estableció para ese fast track se debe aplicar descontando el mes de vacaciones del Congreso, y solo falta que se asuma que solo cuentan sus días de sesiones plenarias o sea en base a dos días por semana hasta completar los 180 que representan seis meses.
En Macondo-Colombia inventamos que lo que se niega en un referéndum
por medio del voto directo puede ser aprobado en las Cámaras porque
la Corte Constitucional las declara como la esencia de la democracia participativa
La ciencia política usa como definición misma de la diferencia entre la democracia participativa y la democracia representativa que en la primera es del voto directo de los electores de donde nacen las decisiones, mientras la delegación en los voceros en un Congreso es lo que caracteriza la segunda. En Macondo-Colombia inventamos que lo que se niega en un referéndum por medio del voto directo puede ser aprobado en las Cámaras porque a estas la Corte Constitucional las declara como la esencia de la democracia participativa.
En los partidos —caso del Partido Liberal— la Corte Constitucional determina que las acciones probadas como violatorias de la Moralidad Administrativa, que desconocen los principios democráticos, que son contrarias a la Constitución y las Leyes, y que afectan el interés colectivo no pueden ser sancionadas porque los partidos son de naturaleza privada y no es pertinente el control de los órganos judiciales para impedir esto.
De ahí deriva inmediatamente que el Partido Liberal que ha identificado su ideología con la tolerancia y la apertura a diferentes pensamientos (sigue la máxima de Voltaire de ‘detesto sus ideas pero daría mi vida por defender su derecho a expresarlas’), ahora excluye la objeción de conciencia con la renuncia a defender las propias creencias y exige a quienes esperan un aval para representarlo que suscriban un manifiesto en el cual se comprometen a someterse incondicionalmente a seguir la voluntad del Director Único y a acatar sin debate ni cuestionamiento alguno un eventual acuerdo del cual no existe texto alguno ni se conoce cuál será su contenido.
Y no menos Macondo es seguir emitiendo leyes y acuerdos que suponen desarrollar el ‘posconflicto’ sin tocar el tema de cuánto cuestan y de dónde saldrán los recursos para su implementación.