Ayer, 02 de marzo de 2021, el Establecimiento Público Ambiental de Cartagena (EPA-Cartagena) publicó en sus redes sociales un video (haga clic aquí) como parte de un procedimiento de suspensión de una construcción que se llevaba a cabo a orillas del canal La Providencia. En el video se observa que quien construye había excavado dentro del lecho del canal para fundir unas zapatas (cimentaciones). Esto no solo es un exabrupto (perturbador), sino que denota la degradación social de la ciudad y su continuo irrespeto a las leyes, lo cual no es más que una de las tantas consecuencias de la crisis administrativa en la que está la ciudad desde hace décadas en la planificación del territorio, el manejo de la escorrentía y en materia ambiental con respecto al cuidado de los ecosistemas asociados a los canales.
Esta situación en el barrio La Providencia no es nueva. De hecho, en el 2017, el periodista Rubén Darío Álvarez de El Universal reportó que:
Desde hace varios años, los activistas cívicos vienen luchando para que los constructores desaforados no desaparezcan un humedal que le servía al barrio para no inundarse en las épocas de invierno, pero el cuerpo de agua lo han ido aterrando paulatinamente, lo mismo que un canal natural que conducía las aguas pluviales hacia esa zona. El caso se puso en manos de la Procuraduría General de la Nación, pero, mientras tanto, las edificaciones han ido creciendo imparables, provocando que las pocas calles del barrio se inunden siempre que cae el más breve de los aguaceros.
¿Alguien sabe en qué va el caso?
En el casco urbano de Cartagena hay innumerables casos: el caño Juan Angola, las orillas de la ciénaga de la Virgen, el canal Emiliano Alcalá, el canal Blas de Lezo, el canal Villa Rubia, los conjuntos residenciales Torres de la Victoria y Portal de San Fernando 3 que fueron construidos encima de box-culverts, el canal del sector Zarabanda (Olaya Herrera), el canal Policarpa, el arroyo Matute (barrio las Palmeras y Villa Rosita, entre otros), el canal El Campestre-Santa Clara. En la zona rural, está el caso del barrio El Reino de Pambelé en el corregimiento de Bayunca sobre la vía Pontezuela-Bayunca. Este asentamiento existe desde el año 2019 y está ubicado en inmediaciones del arroyo Matagente. En las Figuras 1 y 2, puede verse el área antes y después de la invasión. En un año, se ocuparon casi 10 hectáreas de un área natural de inundación del arroyo. Como notarán, no es coincidencia que, desde su existencia (2019), se hayan reportado inundaciones todos los años en la época de lluvia (sep-nov). Y el problema no es solo la inundación inducida, sino que también se cambió la cobertura del suelo, lo que produce más escorrentía aguas abajo.
Con el tiempo, esta invasión será legalizada y, como siempre, nada pasará. Esta disfuncionalidad seguirá repitiéndose a menos que haya una reestructuración de las distintas agencias distritales en todo el país. Actualmente, los trámites para urbanizar se hacen en las correspondientes curadurías de cada localidad (ver trámites aquí). Dentro de la documentación adicional a presentar, piden que:
Cuando el predio esté ubicado en zonas de amenaza y/o riesgo alto y medio de origen geotécnico o hidrológico, se deberán adjuntar a las solicitudes de licencias de nuevas urbanizaciones los estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa e inundaciones, que permitan determinar la viabilidad del futuro desarrollo, siempre y cuando se garantice la mitigación de la amenaza y/o riesgo. En estos estudios deberá incluirse el diseño de las medidas de mitigación.
Pregunto: ¿cuántas de las solicitudes que reposan en las curadurías presentan un estudio detallado de amenaza y riesgo por inundación y las medidas de mitigación?
Lo cierto es que:
1. Ese requerimiento es limitado porque no especifica qué debe incluir el estudio. No hay unos lineamientos claros que establezcan las metodologías para el análisis hidrológico-hidráulico y sus correspondientes entregables.
2. A juzgar por los típicos estudios que se presentan en las curadurías, por lo menos en las de Cartagena, la mayoría de los consultores que hacen los estudios tienen poca idea de lo que hay que hacer.
3. En las curadurías no hay personal capacitado para revisar esos estudios.
4. Como sucede en muchas partes del mundo, esto no es competencia directa de las curadurías (o de las secretarías de planeación), sino que es menester de las agencias ambientales, quienes se encargan de evaluar este aspecto y emitir aprobaciones.
Para el caso de Cartagena, actualmente, los entes ambientales (el EPA-Cartagena en la parte urbana y Cardique en la parte rural) solo participan cuando las construcciones van a intervenir un cuerpo de agua, para lo que hay que solicitar un permiso de ocupación de cauces (haga clic aquí). ¿Cómo saben los entes ambientales que las construcciones ocuparán un cauce? La respuesta es que no tienen manera de saberlo debido tanto a la falta de idoneidad de la curaduría para evaluar y remitir los casos a los entes ambientales como a la nula comunicación entre las dos entidades. De hecho, la mayoría de las denuncias a las que responde el EPA-Cartagena, el Ecobloque y Cardique las pone la ciudadanía. Esto último evidencia, a su vez, la falta de control y vigilancia de estas entidades.
Se preguntarán muchos: ¿y por qué tienen que ser los entes ambientales los encargados de esta labor?
La mayoría de estos canales invadidos (muchos revestidos en concreto) en otrora fueron cuerpos de agua naturales con sus correspondientes áreas naturales de inundación (floodplain), y algunos estaban conectados a humedales naturales que prestaban servicios ecosistémicos como servir de hábitat de varias especies y actuar como área de retención e infiltración de la escorrentía para el control natural de las inundaciones. Adicionalmente, más escorrentía significa más contaminantes y sedimentos llegando a los principales cuerpos de agua receptores de la ciudad (ciénaga de La Virgen, bahía de Cartagena, sistema interno de caños y lagunas/lagos), lo que afecta la calidad de estos y sus ecosistemas.
La tarea es entonces quitarle, vía legislativa, esa responsabilidad a las curadurías y pasársela a los entes ambientales para que todo quede en una sola entidad. Los entes ambientales aprobarán los estudios y emitirán un documento a la curaduría. Con este traspaso de responsabilidades aparecen varios retos:
1. Cambiar el enfoque de solo “permisos de ocupación de cauces” a exigir planes de manejo de escorrentía a todas las construcciones (residenciales, comerciales e industriales) para controlar el aumento de la escorrentía.
2. Los costos de implementar las estructuras hidráulicas (incluyendo SUDS) para no permitir el aumento de la escorrentía debe recaer sobre el constructor quien está modificando el régimen hidrológico-hidráulico de la zona.
3. Diseñar una guía unificada donde se establezcan todas las metodologías de análisis y entregables para los estudios hidrológico-hidráulicos. Con esto, se evitarán, también, trabajos deficientes hechos por empresas consultoras en estos temas que, en muchos casos, no resuelven los problemas, sino que los empeoran. Los constructores solo creen ciegamente en lo que contratan.
4. En un país como Colombia, siempre existirá el riesgo de la corrupción. Hay tres modalidades típicas de varios funcionarios: (1) recibir coimas para aprobar estudios deficientes; (2) ellos mismos realizan los estudios por debajo de cuerda (por lo cual no solo cobran, sino que casi siempre están defectuosos); y (3) recomiendan a un tercero que haga el estudio, quien les da una comisión por la recomendación. En los tres casos siempre está el “plus” de que ellos son los que aprueban los estudios. Como quien dice: satisfacción garantizada.
5. Por esto, es que hay que invertir en la contratación de personal técnico de planta probo y realmente capacitado y con experiencia en estos temas. Asimismo, invertir en seguimiento y control, de lo contrario todo el esfuerzo será en vano.
6. Invertir en un plan de “mapeo” detallado de zonas propensas a la inundación, no el que actualmente existe, el cual tiene de todo menos de detallado. Esto ayudaría a las curadurías y a los entes ambientales a establecer mejores regulaciones y restricciones para los procesos urbanísticos de la ciudad (p. ej.: zonas donde no puede construirse por riesgo inminente de inundación, zonas ambientalmente sensibles, zonas naturales de inundación, elevaciones mínimas del suelo subyacente de las edificaciones en zonas con riesgo medio de inundación. Figura 3).
La alcaldía y el concejo deben pensar en esto como una inversión, ya que serán muchos los millones de pesos que se ahorrarán. El costo de no hacerlo será altísimo para el distrito, ya que le tocará seguir invirtiendo por siempre en el agrandamiento de los canales y gastar dinero para socorrer las emergencias por inundación todos los años, especialmente con el aumento de la frecuencia de las lluvias en Cartagena (y la situación seguirá empeorando debido al cambio climático).