La Corte Suprema de Justicia y la protección de la protesta pacífica

La Corte Suprema de Justicia y la protección de la protesta pacífica

"Se necesita erradicar la ocurrencia de situaciones como la pérdida de la vida de Dilan Cruz y tantos otros a manos de los cuerpos destinados a su protección"

Por: José Ignacio Correa M.
septiembre 24, 2020
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La Corte Suprema de Justicia y la protección de la protesta pacífica
Foto: Las2orillas / Leonel Cordero

Con la decisión de la Corte Suprema de Justicia, retorna el recuerdo de Dilan Cruz y, con él, la utopía de una sociedad que ofrezca alternativas dignas para la vida de todos los ciudadanos y no exclusivamente de un puñado de privilegiados, el imaginario humanista de un Estado en el que sea posible el ejercicio del derecho a la protesta social, sin el riesgo de ser agredidos o señalados o muertos.

Si bien la normatividad interna de nuestro país reconoce y valida el derecho a la movilización y la manifestación pública y pacífica (Art. 37 de la Constitución), y los gobernantes se solazan recordándolo a los cuatro vientos, su caracterización e implementación parecieran no serlo a cabalidad, a un punto tal que los alcances de su ejercicio se tornan difusos y fácilmente vulnerables.

Aunque, con una mirada general, pudiera plantearse que en los estallidos de protesta social confluyen normas diversas que la especifican y validan (Arts. 1, 2, 20, 23, 37, 38, 40 y 56), igualmente, se encumbran otras normas y disposiciones que la delimitan y le restan eficacia a la movilización y la protesta, que en términos concretos están en estrecha relación con algunos apartes del Código Nacional de Policía… (desde noviembre de 2019, rebautizado como: Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana) y la lectura que de ellos se hace por parte de quienes dirigen los destinos del país.

Lo expuesto, adobado con los rezagos ideológicos de la clase dirigente, incluida la configuración de un enemigo interno, que se concibe con el aporte de múltiples procedencias: injerencia de la política norteamericana y lucha contra el narcotráfico, las guerrillas, los ejércitos paramilitares y las bandas delincuenciales en que han devenido los dos últimos, ha alentado y defendido el accionar desmedido de un cuerpo de policía que perdió su carácter civil durante la dictadura de Rojas Pinilla y pasó a conformar el, por entonces, denominado Ministerio de guerra.

En este orden de ideas, la decisión de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia en la que se determina que existe una “violación sistemática” del derecho a la protesta, junto con excesos de la Policía que busca “justificar detenciones ilegales arbitrarias” y la orden perentoria de “abstenerse de incurrir” en acciones que vulneren tal derecho, viene a constituirse en un llamado a la revisión juiciosa de la institución en entredicho y a la adecuación de sus procedimientos dentro de los límites que le marcan el respeto por los derechos humanos y la normatividad nacional y multinacional que Colombia ha firmado libremente.

No serán de buen recibo las negativas a acoger lo dispuesto por el alto tribunal y, menos, continuar fomentando el desconocimiento de las decisiones judiciales que no son de conveniencia para el gobierno nacional y el partido que lo sustenta. Se requieren cambios efectivos en la mirada de la protesta social y en el tratamiento que se la da a la misma por parte de las instancias encargadas de salvaguardar el orden y la seguridad de los colombianos. Pero, ante todo, se requiere prestarles atención a las demandas sociales insatisfechas y ofrecer alternativas de solución a los múltiples factores de descontento que hoy hacen parte del tinglado nacional, antes de que la acumulación de reclamos insatisfechos supere las posibilidades de acción de los encargados de gestionarlas.

Se requiere, en últimas, de propiciar un espacio de encuentro de la diferencia, de valoración de la protesta social, de respeto por la integridad del ciudadano que participa de ella y así, con la adopción de las determinaciones de la Corte, erradicar la ocurrencia de situaciones como la pérdida de la vida de Dilan Cruz y tantos otros a manos de los cuerpos destinados precisamente a su protección.

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