La conciencia del absurdo: una mirada íntima a los contratos por prestación de servicios

La conciencia del absurdo: una mirada íntima a los contratos por prestación de servicios

La Ley 80 da inicio a la trasgresión de los derechos laborales de los contratistas, especialmente los de prestaciones sociales y a la igualdad de oportunidades

Por: Jacopo
septiembre 27, 2024
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La conciencia del absurdo: una mirada íntima a los contratos por prestación de servicios

Me despierto a la madrugada, la alarma no demorará en empezar a sonar y sé que deberé levantarme sin titubear, a pesar de haberme acostado tarde ejerciendo las tareas del hogar. Mis ojos aún pestañean e intentan enfocar cualquier cosa, reviso la hora y efectivamente faltan diez minutos para empezar el ritual. No quiero levantarme, sin embargo, lo hago de la manera más tranquila posible, camino lentamente y enciendo la luz del baño, intentando no importunar el dormir de mi esposa y mi hijo.

Me alisto lejos de las habitaciones, tomo mi medicamento y salgo en el mayor silencio. Afuera, antes de las 5:00 a.m. siempre hace frío. En el bus reviso a qué Colegio me dirijo y el taller que realizaré.

A esa misma hora, Andrea ha salido hacia Sumapaz, Camilo se dirige a Usme desde Bosa y Juliana sale de Fontibón hacia un colegio cercano. Somos un poco más de 250 personas que diariamente acompañamos a los más de 400 colegios de Bogotá en la reflexión sobre cómo incorporar las tecnologías en el aula, fortalecer los procesos lectoescritores o trabajar sobre memoria y verdad.

Al llegar al colegio, como apresuradamente una manzana y me dirijo al salón donde me está esperando el equipo docente para dialogar sobre reconciliación. Por su parte, Andrea realiza una reflexión sobre las relaciones de poder en la escuela; Camilo desarrolla una actividad sobre escritura creativa; y Juliana dirige una actividad sobre conservación ambiental. Todos sabemos que, al finalizar, tendremos que desarrollar las múltiples tareas asignadas o visitar a otras dos instituciones, siempre con la angustia de no llegar a tiempo y con la esperanza de encontrar momentos para el descanso, el alimento o el ocio.

Al finalizar la tarde, luego de tres encuentros con docentes, me dirijo a casa. Decido caminar un poco, tratando de poner en calma mente y cuerpo. Antes de subirme al bus, compro una botella de agua para acompañar el almuerzo que devoraré en el interior del vehículo. Como con premura, dado que atenderé una reunión virtual programada previamente.

Al llegar a casa, hablo brevemente con mi hijo. Reviso mi celular, resuelvo una duda sobre un taller y decido acostarme, pensando en que tengo tres actas pendientes por hacer y que al día siguiente se sumarán dos más. En muchas ocasiones las labores diarias se nos convierten en un perpetuo castigo, como a Sísifo.

A fin de mes, como todo contratista, tendré que realizar un informe tedioso e indigno, dado que deberé demostrar detalladamente que hice todo lo que por contrato estoy obligado a realizar, como sino bastaran las extenuantes jornadas de trabajo, las resistencias de las comunidades, los aciertos compartidos y el cansancio.

Tardo tres días consecutivos en finalizar el informe con las evidencias necesarias y pasarán seis días más para la aprobación de mi supervisora, el equipo administrativo y la versión digital cargada en SECOP II. Pasados otros cinco días, Hacienda me consignará los honorarios, efectuando cuatro descuentos tributarios. Sumando la seguridad social, aproximadamente el 15% del salario lo entrego a otras instituciones antes de cancelar mis obligaciones personales.

Los inicios de los contratos por prestación de servicios en Colombia datan de 1930, con el artículo 5 de la Ley 3: Queda facultado el Poder Ejecutivo para contratar expertos o consejeros técnicos, cuando … algún ramo especial de la Administración Pública lo juzgue conveniente. No obstante, es hasta el decreto 150 de 1976 cuando se introduce el concepto como tal.

Posteriormente se amplían sus alcances con el decreto 222 de 1983 y culmina su consolidación con la Ley 80 de 1993, la cual, en el numeral 3 - artículo 32, define que este tipo de contratos sólo pueden celebrarse con personas naturales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad contratante y no generan relación laboral ni prestaciones sociales (Bernal, 2021).

Es con la Ley 80 que se da inicio a la trasgresión de los derechos laborales de los contratistas, especialmente los relacionados a prestaciones sociales y a la igualdad de oportunidades. Lo inusual de esta realidad es que es el mismo Estado quien infringe la garantía de estos derechos, aprovechando el margen interpretativo del numeral enunciado previamente.

Pero, lo más lamentable es que el Congreso, a diciembre de 2021, había hundido dos proyectos de Ley que procuraban mejorar las condiciones de los contratistas, uno de 2017 y otro de 2020. Para septiembre de 2021, más de 430.000 personas en Colombia enfrentaban esta situación de deslaboralización.

Es honesto decir que la situación de quienes contratamos con entidades estatales es favorable respecto a quienes lo hacen con empresas privadas que desconocen el valor de la experiencia, precarizando aún más sus derechos. Termina uno ante la disyuntiva de callar ante la deslaborización ocasionada por el mismo Estado con tal de tener oportunidad de un nuevo contrato o agradecer a su opresor. Al final, no se sabe si responsabilizar al Congreso por impedir la transformación de estos contratos, a los partidos políticos que dinamizaron la apertura económica y dieron entrada al neoliberalismo, a los gremios económicos que hablan desde la rentabilidad y la eficiencia, a los profesionales que diseñan los contratos o a uno mismo por aceptar estas condiciones.

El fin de año se acerca y con él se da inicio a una nueva administración. Mi continuidad depende de las apuestas políticas del nuevo mandatario. Aprovecho la oscuridad de la habitación para fingir el sueño y la tranquilidad, pienso en mi hijo, en mi esposa, en la posibilidad de cumplir las promesas rotas y en volver a escribir, porque tendré tiempo. Un perro ladra a lo lejos, escucho unos tacones en la acera y a un hombre riendo, vuelven los miedos de la infancia y los del hombre adulto que aún no sabe enfrentar la incertidumbre.

Referencias:

Bernal, E. (2021). El abuso del contrato de prestación de servicios en Colombia como una forma de huir del derecho del trabajo [Tesis de maestría]. Bogotá, CO: Universidad Nacional de Colombia. Recuperado de: https://bit.ly/4bVGxts

Castrillón, D. (2022). Reflexiones acerca del contrato de prestación de servicios en la Administración pública colombiana y de su indebida utilización: ¿un problema sin solución? Revista digital de Derecho Administrativo, 27, 225-258. Recuperado de: https://bit.ly/3P8N6yZ

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