La historia es protagonizada por la concejal electa del partido de la U, Meredith Mojica Esquivel, quien dentro del año anterior a su elección había suscrito un contrato de suministro con la ESE, Hospital San Juan Bosco de Bosconia por $22 millones de pesos. Dicha irregularidad fue demandada mediante apoderado judicial ante el Tribunal Administrativo del Cesar por el señor Caleb Pérez, quien ocupó la tercera votación en la respectiva lista.
El auto admisorio del referido medio de control denominado ACCIÓN DE NULIDAD ELECTORAL, emitido por el Tribunal Administrativo del Cesar que además de ADMITIR la demanda DECRETÓ la Suspensión Provisional del acto administrativo demandado. Esto es el Formato E27 (credencial de concejal)
El pasado 2 de Enero de 2016 en sesión inicial y de posesion del Concejo Municipal de Bosconia, el presidente ad -hoc tomó juramentó y posesionó en el cargo a la suspendida concejal, sobre quien recaía la medida de suspensión decretada por el Tribunal Adminitrativo acto que fue ratificado por la presidenta electa de la corporación para el periodo 2016, quien en actuación seguida eligió mesa directiva e integró comisiones con el voto de la concejal posesionada en indebida forma.
Lo grave acá es que los concejales en su calidad de servidores públicos por mandato de la Constitución y la Ley están llamados es a respetar y acatar las desiciones y órdenes judiciales, pues de lo contrario estarían irrumpiendo el orden del Estado Social de Derecho, la administración de justicia. Con esta actuación los corpordos actuaron de manera ilegal pues por su proceder se desconoció orden judicial del Tribunal Administrativo, que fue debidamente notificada tanto a la demandada como al Concejo Municipal, actos para los cual el Tribunal comisionó al juzgado promiscuo municipal de Bosconia el cual, el día 2 de Diciembre de 2015 notificó de manera personal a la concejal y envió oficio JR190 al concejo municipal para efectos de que tuviera conocimiento de la situación.
@rafaustaris