El mundo se dio cuenta de que los siniestros viales eran una pandemia que azotaba a la humanidad, por eso emprendió su lucha contra ese tipo de violencia convocando a todos los sectores sociales.
Uno de los escenarios y campañas que más han causado revuelo es el decenio de la seguridad vial convocada por la ONU, el cual dinamiza una estrategia valida en todos los continentes promoviendo la ejecución de acciones concretas para reducir los hechos lamentables y victimas de tránsito.
Colombia ha dado un paso adelante con la aprobación en el 2011 de la Ley 1503, la cual en su artículo 12 menciona que todas las empresas que tengan conductores o que usen, alquilen, administren, ensamblen, comercialicen más de 10 vehículos deben elaborar e implementar un plan estratégico de seguridad vial.
El Ministerio de Transporte ha hecho bien su tarea, expidió la resolución ministerial 1565 de 2014, ofreciendo una guía metodológica para elaborar el PESV. También, en el año 2016 aportó la resolución 1231, por medio de la cual le entregaba a los organismos de tránsito y otras autoridades interesadas la guía metodológica para revisar y hacer las observaciones de los PESV.
Como estamos en Colombia y los colombianos hacemos de todo, los profesionales del sistema de gestión seguridad y salud en el trabajo (SGSST) se mimetizaron y se convirtieron en expertos de seguridad vial y ampliaron el tablero del ajedrez. Empezaron a pasar cotizaciones a todas las empresas para elaborar planes estratégicos, donde se encuentran precios que danzan entre los diez millones. Muchas empresas desesperadas invirtieron cifras desbordadas con el ánimo de cumplir con las nuevas normativas y estar al día con los programas mundiales, especialmente con el plan nacional de seguridad vial de Colombia que aterriza las lineas básicas para motivar el verdadero cambio en temas de movilidad, cultura vial y derrotar las cifras de la violencia vial en el país.
Pero la realidad es que tenemos planes estratégicos muy bonitos, pero las empresas siguen mandando sus vehículos sin el cumplimiento de las normas y los conductores siguen en las vías en la guerra del centavo poniendo en riesgo toda manifestación de vida.
El tema es un proceso largo, algo tedioso, porque del año 2011, saltamos al año 2014 y la última norma seria y contundente fue expedida por el Ministerio en el año 2016, o sea tenemos cada tres años, en promedio, una manifestación del Estado frente al tema. El año 2017 no era la excepción y la Superintendencia envió a las empresas la circular externa 068 del 16 de noviembre de 2017 de la oficina de la superintendente delegada de tránsito y transporte automotor. El acto administrativo fue dirigido a las empresas obligadas a presentar el PESV, pero esta circular levantó una polvareda y un cruce de interpretaciones en todo el país.
Lo primero es que los profesionales del SGSST, que hoy posan de expertos de seguridad vial, dieron un salto a la palestra transfigurándose y posando ahora como expertos abogados y exegetas experimentados. Les dieron sus explicaciones a los empresarios desviando el objetivo de la circular de la Auperintendencia y es que muchos empresarios me llamaron a comentar que les estaban diciendo cosas como:
- Mentira 1. Que la Superintendencia de ahora en adelante iba a recibir todos los planes estratégicos de seguridad vial (cosa que no dice por ninguna parte en la circular 068 de 2017.)
- Mentira 2. Que todas las empresas de transporte, inclusive las empresas que son municipales, ahora deben presentar el PESV a la Superintendencia de Puertos (o sea, que una circular de la Superintendencia cambiaría una resolución del Ministerio de Transporte, esto es un apunte infantil de un experto en salud ocupacional, pisando terrenos del derecho. Les recomiendo con mucha fraternidad dejar el derecho para los abogados y que se dediquen a su SGSST).
Lo que la Superintendencia hizo por medio de una circular externa fue comunicar a todas las empresas que entregaron a tiempo el PESV en su dependencia que esta entidad impulsó una estrategia de revisión de todos los documentos recibidos. Además, menciona que le serán notificadas las observaciones a todos los que enviaron el PESV, pues si su empresa es del orden nacional o intermunicipal y está obligada por la resolución 1565 de 2014 a radicar el plan en la Superintendencia y todavía no lo ha hecho, ¿cómo y sobre qué la autoridad va a realizar las observaciones?
El mismo documento le informa que si recibe la notificación de que fue rechazado, en esta misma comunicación se le entregarán las observaciones para que haga las respectivas correcciones, es algo muy sencillo, muy fácil que su coordinador del plan estratégico realizará, no puede ser algo traumático.
Así pues, mis empresarios de Colombia no se dejen alarmar, continuemos nuestro trabajo implementando los planes estratégicos con nuestros empleados, cerrando las puertas a los hábitos de riesgo, a las infracciones de tránsito y a los siniestros viales.
Pienso que muy por el contrario la Superintendencia se ha acercado al empresario y quiere entablar una conversación permanente sobre el tema, remitió sus correos electrónicos y varios teléfonos de contacto para que resuelvan sus inquietudes.
La seguridad vial es compromiso de todos.