Lo que fue calificado como un error de la fiscalía en la legalización de la captura obligó al juez que atendía el caso del alcalde y el ex alcalde de Santa Marta, a dos contratistas y a dos funcionarios de esa administración a ponerlos en libertad.
Los cinco implicados, Carlos Caicedo, Rafael Martínez, ex alcalde y alcalde respectivamente de Santa Marta, los contratistas Carlos Fabián Slebi y Jesús Enrique Navarro Brito; y los funcionarios de la administración municipal Edgar Charris Salcedo y Gregorio Antonio Domínguez quedaron vinculados al proceso y deberán atender una nueva audiencia en enero.
¿Qué pasó?
El sistema Penal acusatorio obliga a que la fiscalía presente todos los elementos que necesita el juez para tomar la decisión de enviar a prisión o no a un sindicado.
El juez octavo de control de garantías Gabriel Modesto Ospino Guzmán otorgó la libertad de los seis sindicados al considerar que Salustiano Fortich Molina, Fiscal 41, no corrió traslado oportuno de los elementos materiales probatorios.
Este error de la fiscalía fue evidenciado por el abogado defensor Iván Cancino quien logró, en cuestión de horas, promover esa situación que le impedía a él como abogado tener el panorama general de la acusación de la fiscalía para su defensa.
El código penal contempla que esta situación se convierte en un impedimento para adelantar la audiencia y se traduce en una causal suficiente para invalidar la captura.
En consulta hecha a abogados penalistas se aclara que esto no significa que no se haya cometido un ilícito. Significa simplemente que las formalidades de una captura y el inicio del proceso no cumplían con lo que el fiscal solicitaba, enviar a presión a los implicados mientras se adelantaba el proceso.
El caso
Los cuatro funcionarios y los dos contratistas fueron capturados por el CTI de la fiscalía la semana anterior para que respondan por la contratación de cinco centros de salud que fueron derribados y de los cuales sólo uno fue concluido, los cuatro restantes están inconclusos y abandonados en zonas marginadas de Santa Marta.
Como implicados en este caso deberán enfrentar las audiencias de formulación de acusación y preparatoria; y posteriormente el inicio del juicio oral que fue citada para el mes de enero del próximo año.
Los argumentos de Cancino
Aunque el fiscal Fortich le insistía al juez que el error del traslado de pruebas era subsanable, el juez Ospino desestimó ese argumento.
El despacho del Fiscal Néstor Humberto Martínez emitió un trino en su cuenta de Twitter minutos después de que el juez tomara la decisión de dejar en libertad a los sindicados.
Incluso la propia Procuraduría, que actúa en la audiencia como garante de los derechos de los sindicados, solicitó al momento de la decisión del juez Ospino que se anulara la decisión del juez y se iniciara de nuevo la audiencia en un claro apoyo a los argumentos de la fiscalía.
Cancino insistió en la libertad de los seis imputados y pidió la imposición de una medida restrictiva distinta al envío a presión mientras se adelanta el proceso.
Al final se impuso lo planteado por Cancino al argumentar que el no traslado oportuno de los elementos materiales probatorios violó el debido proceso