La abogada María Lucía Posada, socia de la firma Posse Herrera Ruíz, con el apoyo del jurista Manuel Enrique Cifuentes, interpuso un recurso de nulidad a la sentencia T-733 de 2017 en la que la Corte Constitucional obligaba a Cerro Matoso a reconocer una indemnización de USD 400 millones a 8 grupos indígenas del Alto San Jorge en el departamento de Córdoba como reparación a sus afectaciones de salud.
La abogada alegó violación al debido proceso y falta de pruebas que demostraran que las afectaciones en la salud de las comunidades fueran producto de la extracción de níquel. La sala plena de la Corte Constitucional (5-2 y 2 impedimentos) le otorgó la razón parcialmente, desconociendo el acopio de testimonios documentados de las enfermedades derivadas de la actividad de la minera que sustentaba la demanda del abogado Abelardo De la Espriella y que habían sido la base del fallo de tutela del pasado diciembre en favor de las 3000 personas afectadas.
El fallo solo se cayó en el punto de la indemnización. La multinacional minera tendrá que realizar un proceso de consulta previa con las comunidades y renovar su licencia ambiental para poder continuar operando en la zona, dos escollos grandes para poder continuar de la misma manera en que ha venido haciéndolo durante 36 años. La firma Posse Herrera Ruíz se anotó un inesperado triunfo jurídico