Incierto plan b para la enajenación de Electricaribe

Incierto plan b para la enajenación de Electricaribe

En un galimatías se está convirtiendo la venta de la empresa que presta los servicios de distribución y comercialización a diez millones de habitantes de la Costa Atlántica

Por: Norman Alarcón Rodas
noviembre 05, 2019
Este es un espacio de expresión libre e independiente que refleja exclusivamente los puntos de vista de los autores y no compromete el pensamiento ni la opinión de Las2orillas.
Incierto plan b para la enajenación de Electricaribe

La empresa cumple este 15 de noviembre tres años de haber sido intervenida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en razón de que su propietaria mayoritaria, Gas Natural Fenosa (hoy Naturgy), estaba incumpliendo el pago de la compra de energía a los generadores, incurriendo en “limitación de suministro” y poniendo a toda la región en riesgo de un apagón en diciembre de 2016.

Primero fue el gobierno de Santos el que falló en el intento de enajenarla con un plan fraguado por la Financiera de Desarrollo Nacional, entidad controlada por el Banco Mundial, el Banco Sumitomo de Japón y la Corporación Andina de Fomento. Luego el gobierno de Iván Duque introdujo varios elementos nuevos incorporados al Plan Nacional de Desarrollo (PND): tres tarifazos, asunción del pasivo pensional de 1.5 billones de pesos por el Estado (un verdadero regalo para los desfalcadores españoles) y segmentación de la empresa. Para tal efecto, la Agente Especial para Electricaribe, Ángela Patricia Rojas, expidió el Reglamento de venta el 3 de abril de 2019, en el que están contempladas las reglas de juego para el negocio. Sin embargo, el 22 de octubre pasado, a mes y medio de la primera subasta, la misma funcionaria dio a conocer la Adenda Integral al Reglamento de Presentación de Ofertas Vinculantes y Enajenación de Acciones, introduciendo al menos tres cambios de importante calado, veamos.

Primero. Si se produce la venta de uno de los segmentos por separado (CaribeMar o CaribeSol), hay que constituir entonces un Centro de Servicios Compartidos y todos los trabajadores irían a ese CSC por efecto de la sustitución patronal (páginas 22 y 24).

Segundo. En el capítulo de Reconocimientos y vompromisos de los compradores se agregan dos prohibiciones a estos en los tres primeros años de la nueva empresa, a saber: reducir de cualquier manera el capital social de las nuevas empresas mediante reducción de capital y decretar o pagar dividendos o anticipos de dividendos (página 26).

Tercero. Si se declara desierta la venta de Electricaribe, la nueva Adenda Integral de Reglamento prescribe que “el Agente Especial propenderá por una solución ágil para garantizar la continuidad de la prestación del servicio por Electricaribe” y “tomará las medidas que considere convenientes para dar un uso a los activos que asegure la continuidad del servicio en la Costa Caribe conforme a lo establecido en el artículo 365 de la Constitución Política” (página 74).

Con este plan b aumenta la incertidumbre sobre la suerte de la prestación del servicio eléctrico en esta estratégica región de Colombia. Aparece un Centro de Servicios Compartidos con el cual quedan ligadas empresas de distinta naturaleza, pero sobre todo si se declara desierta la enajenación, queda un manto de duda de lo que sobrevendría. Cómo así que la Agente Especial “propenderá por una solución ágil” en un asunto tan complejo y que “tomará las medidas que considere convenientes”. ¿Dónde queda entonces la política pública? ¿Estará la Agente Especial por encima del Ministerio de Minas y de la Superservicios? Toda una chambonada.

Importantes sectores sociales, sindicales, investigadores y congresistas han propuesto que la salida más congruente con los intereses regionales y nacionales, sin cobrar la crisis vía tarifazos a los usuarios residenciales y del sector productivo que no son responsables, es que la Nueva Empresa sea de naturaleza pública para acometer las grandes inversiones de casi diez billones de pesos en diez años, utilizando entre otras las regalías mineras, como se contempla en el parágrafo uno del artículo 318 del PND. La Región Caribe se deberá unir a esta solución integral de carácter estructural. Cualquier otro camino es contraproducente.

Sigue a Las2orillas.co en Google News
-.
0
Nota Ciudadana
Los

Los "consumos no facturados": la misteriosa práctica con la que Vanti le puede sacar plata "legalmente"

Nota Ciudadana
Consideraciones sobre la vivienda

Consideraciones sobre la vivienda

Los comentarios son realizados por los usuarios del portal y no representan la opinión ni el pensamiento de Las2Orillas.CO
Lo invitamos a leer y a debatir de forma respetuosa.
-
comments powered by Disqus
--Publicidad--