Historiador busca que un municipio de Nariño recupere su nombre original

Historiador busca que un municipio de Nariño recupere su nombre original

Isidoro Medina Patiño respaldándose en la Ley 3 del 23 de febrero de 1869 emprendió esta quijotesca labor

Por: Carlos Eduardo Lagos Campos
diciembre 13, 2017
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Historiador busca que un municipio de Nariño recupere su nombre original

Tras años de investigación, el historiador Isidoro Medina Patiño desempolvó una ley de los anaqueles de la historia. Se trata de la Ley 3 del 23 de febrero de 1869 por medio de la cual el Congreso de los Estados Unidos de Colombia fijó la nomenclatura oficial de los lugares de la unión. En efecto, en dicha norma, la cual no ha sido derogada, se dice que:

El Congreso de los Estados Unidos de Colombia dispone:

Art. 1. Adoptase oficialmente para los asuntos nacionales la nomenclatura que tiene en la actualidad las ciudades, Villas, distritos, aldeas, caseríos y demás lugares de la República. Las poblaciones que sean fundadas en lo sucesivo se designarán con el nombre que por primera vez se les dé en el acto constitutivo de la fundación.

Art. 2. El poder ejecutivo hará publicar un cuadro de las variaciones que con posterioridad a 1852 ha sufrido la nomenclatura de las poblaciones y lugares de la república.

Art. 3. El poder ejecutivo dirigirá un ejemplar auténtico de la presente ley a cada una de las legislaturas o asambleas de los estados, excitándolas a que adopten sus disposiciones en los negocios de su competencia.

Dada en Bogotá a los 16 de febrero de 1869. El presidente del Senado de plenipotenciarios Estanislao Silva, el presidente de la Cámara de Representantes César Conto, el secretario del Senado plenipotenciario Néstor Villar, el secretario de la Cámara de Representantes Nicolás Esguerra. Bogotá, 23 de febrero de 1869 publíquese y ejecútese, Santos Gutiérrez.

Con la tenacidad de un gran luchador, el persistente historiador ha emprendido una quijotesca labor que inició con la reivindicación del nombre originario de Berruecos, población nariñense a la cual fue le fue conculcado su derecho personalísimo a conservar su nombre originario, solo por intereses foráneos y mezquinos. Por eso se ha propuesto culminar su tarea con el rescate de los nombres originarios de diversos municipios y entidades territoriales en todo el país.

Isidoro Medina Patiño es un estudioso, que de tanto esculcar y deambular por la historia del departamento de Nariño, se ha convertido en la memoria histórica de ese pueblo. Allá la manipulación de los acontecimientos históricos ha sido el arma letal para ocultar el valor de aquella cultura pastusa, la cual está relacionada íntimamente con la nación española, olvidada y desconocida por la misma madre patria que sigue en deuda hasta nuestros días por tanta lucha y por tanta lealtad.

Ahora este historiador pretende, fundamentado no solo en la historia sino también en un profundo estudio socio jurídico, demostrar el abuso y la ignorancia histórica de aquellos servidores públicos que por diferentes razones de índole político, económico, de culto o simplemente para rendir homenajes personales y hasta compensaciones económicas cambiaron no solo los nombres de los pueblos, sino también su memoria. Cometiendo así, uno de los mayores genocidios en contra de la historia de Colombia.

El caso concreto de la región conocida a través del tiempo como Berruecos se resume por parte del accionante en los siguientes argumentos:

Con la Constitución de 1863, que adoptó para el país el nombre de Estados Unidos de Colombia, culminó el proceso de ordenamiento territorial. A su vez, la Ley 3 del 23 de febrero de 1869 fijó la nomenclatura oficial de los lugares de la unión.

En 1880 uno de los hombres más cultos de San Juan de Pasto, Alejandro Santander, hizo el siguiente análisis, en relación con la norma citada:

Es conveniente anotar que la ley 186 de 1877 (se refiere a la ley 03 de 1869) estableció la nomenclatura primitiva y toda las poblaciones y linderos arcifinios cuyos nombres hubieren sido variados después de 1853, por actos de las cámaras provinciales, cabildos, o corporaciones municipales. Estableció que solo el legislador puede cambiar esos nombres y que las municipalidades pueden únicamente denominar a las poblaciones de nueva erección.

Sin el cumplimiento de esta ley, la historia y la geografía se convertirían en un caos, resultando de ello una confusión para la posteridad. Así es que son ilegales los cambios de nombres originarios con otros que no tienen antecedentes ningunos.”

De acuerdo al juicioso estudio del investigador, la norma en que sustenta su acción jurídica no ha sido derogada, ni subrogada, por ninguna otra norma que se tenga conocimiento; en consecuencia no se presentaría el fenómeno jurídico conocido como el “conflicto de leyes en el tiempo”.

Para el caso concreto del municipio de Arboleda (Nariño) se ha establecido por medio de registros históricos que su nombre original era el de Berruecos. Para demostrarlo transcribió varias piezas históricas y documentales que develan esa realidad y cuyo acervo probatorio exige sea tenido en cuenta para dar cumplimiento a la ley:

En la lectura del diario de Santisteban, un científico panameño que realizó el recorrido que tiempo después haría Humboldt pero en sentido inverso, se narra en forma amena y placentera de manera cronológica su viaje. El autor David J. Robinson con apoyo del banco de la República, el archivo nacional, la comisión Fulbright, el programa del plan de la Universidad de Siracusa, los departamentos de manuscritos de la biblioteca de Nueva York y París, el Archivo General de Indias y la fundación John Humboldt dan cuenta de la existencia del nombre de Berruecos. Desde esa época así: el aporte de Miguel de Santisteban en el desarrollo y evolución en la historia del nuevo reino en el siglo VXIII desempeñó un papel importante, toda vez que siempre se mostró interesado en observar los detalles de la vida de los habitantes, sus costumbres, la naturaleza, la estructura étnica y social de la población, introdujo la maquinaria traída de España para la producción de “moneda circular”, preocupaciones que mantuvo hasta 1776, año de su muerte.

Los viajes e investigaciones de Santisteban se pueden dividir en dos épocas: la primera coma extenso viaje de Lima a Caracas (1740-1741), génesis del diario, materia de la presente publicación; y la segunda, las investigaciones hechas por él entre 1751 y 1762 en relación con quina y otros recursos naturales en el reino de Nueva Granada.

En dicha obra existen varias alusiones a la producción de la quina y a Berruecos, las cuales se pueden encontrar en las páginas 29, 63 y 81.
De otra parte en el libro la Ruta de Humboldt tomo II, se encuentra un aparte, que describe claramente la existencia de Berruecoa, en los siguientes términos: “pasamos la noche en chillanquer, en casa de un caballero cuya familia toda caminaba descalza, según antiguas costumbres, a pesar de que él trabajaba, descuidadamente con un Catalán ignorante, en una mina de oro, en berruecos, cerca de Juanambú, en la cual en otros tiempos, y porque la veta corre de oriente a occidente, debía producirse unos 6.000 pesos, pero que en ese momento lo tenía al borde de la mendicidad; simpleza, costumbres españolas en este país. En efecto, la raza Blanca más distinguida, cuando son gente de campo siempre van descalzos, a pesar del frío”.

Existe todo un estudio sobre los nombres originales de los territorios y sitios y accidentes geográficos de Colombia producido por el Instituto Agustín Codazzi, razón por la cual no entiende por qué se permiten estos atropellos a la historia...

El acta de fundación de la población de Berruecos registra la siguiente información:

En la antigua estancia de berruecos se establece la fundación de la población del mismo nombre y en el mismo lugar bajo acta notarial perteneciente a la jurisdicción de la provincia de pasto a veinte i cinco días de noviembre de mil ochocientos cincuenta y nueve en obedecimiento y lo dispuesto por la Constitución de la Nueva Granada se atendió la solicitud de fundación de un poblado de habitantes y propietario padre Jaime Montero a quién para llenar los requisitos de legalidad se le recibe el supuesto juramento como indicado fundador que lo reconoce sus vecinos y pobladores.

El presbítero Jaime Montero seguirá al frente de la capilla que con merecimiento le reconoce el obispo de clarado i pasto Jose Elias puyana como tarea religiosa para bien de la feligresía encomendada y con la autorización para construir la nueva capilla.

El ilustrísimo Cabildo de San Juan de pasto en sesión solemne aplaudió el acto i ante ellos firmó por parte de los asistentes para su aprobación y constancia y se nombró a la persona que en reemplazo del gobernador de la ciudad de pasto Vicente Cárdenas haga los nuevos mojones del pueblo fundado y el nombramiento de administradores que fije la ley testigos Manuel Martínez Otoniel urbano Jaime Montero presbítero Antonio Moncayo secretario público.

Con posterioridad y mediante ordenanza No 38 de abril 16 de 1873 sobre régimen municipal el pueblo soberano del Cauca y en su nombre la legislatura del Estado decreta:

Artículo 1º. Erigirse en Distrito municipal a la región de berruecos de la actual provincia de pasto y cuya población será el pueblo del mismo nombre.

A partir de la fecha este municipio tendrá el nombre de Arboleda en memoria del ilustre general Julio Arboleda propuesto a la legislatura del estado por el diputado Héctor Quintero Guerrero y con el respaldo de Don Miguel Delgado.

Artículo 2º. Se reconoce a la región de Berruecos su Rango de capital i se crea el municipio i su existencia comprende desde la parte más elevada del Cerro chimayoy sigue por la Cordillera hasta las 8 zonas de agua por la cuchilla de la cabuya hasta la horqueta del Salado; después en línea Norte al origen de la quebrada la chorrera y por esta leguas abajo hasta su desembocadura en la del cabuyal; esta aguas arriba hasta la desembocadura de la quebrada piedras de afilar y por esta hasta su nacimiento; luego una recta imaginaria al punto llamado Volador grande qué queda en el Antiguo camino nacional y sigue por este hasta...

Mediante decreto presidencial número 2666 de diciembre 31 de 1971 por el cual se declara la región de Berruecos como monumento nacional y reserva arqueológica, el Ministerio de Educación considerando que el consejo de monumentos nacionales ha dictado la Resolución número 5 de 1971 que a la letra dice:

El consejo de monumentos nacionales en uso de sus facultades legales y considerando que el artículo 6 de la ley 163 de 1989 lo autoriza Para proponer la calificación y declaración de sectores de ciudades con monumentos nacionales.

Que del estudio presentado por el doctor Gonzalo Correal Urrego, director del Instituto Colombiano de Antropología se desprende la necesidad de declarar monumento nacional y reserva arqueológica la región de Berruecos (Arboleda) departamento de Nariño resuelve:

Artículo primero: Proponer la declaración de monumento nacional y reserva geológica la región de Berruecos comprendida dentro de los siguientes Linderos...

Artículo segundo: Las construcciones refacciones y reparaciones de todas las edificaciones existentes o futuras dentro del sector mencionado deben estar en un todo conformadas a las pautas establecidas en el mencionado estudio del doctor Gonzalo Correal Urrego, acogido por este consejo.

Artículo tercero: La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición dado en Bogotá a los dieciocho días del mes de octubre de 1971 el presidente Jorge Rojas el secretario María Rosalba Gómez de Martínez.

De igual manera, el Ministro de Educación Luis Carlos Galán Sarmiento decreta: "la declaración de zona histórica como monumento nacional y reserva arqueológica toda la región de Berruecos delimitada en la forma indicada en la resolución número 5 de 1971 del Consejo de monumentos nacionales antes transcrita".

Fue en Berruecos donde se firmó el primer tratado de paz entre Simón Bolívar por Colombia y el General José María Obando (más tarde Pte. también de Colombia) por Pasto como nación, conocido como el Tratado de La Cañada del Juanambú, el cual fue suscrito el 5 de marzo 1829.

Con su pluma Isidoro Medina ha escrito más de once obras de diferentes géneros al tiempo que como músico ha grabado más de 190 canciones. En su libro Berruecos: secretos militares relata aspectos relevantes de la que fue la ruta obligada de las “gestas libertadoras” No en vano fue en esta región de Barruecos donde acaeció el hombre consentido del “Libertador”, el mariscal venezolano Antonio José Francisco de Sucre y Alcalá; hombre de quien Nariño tiene ingratos recuerdos, pues fue el autor del genocidio conocido como la Navidad negra, donde soldados al mando de este general asesinaron y violaron a mujeres y niños como represalia a las fulminantes derrotas que la valiente casta nariñense les había propinado.

Este episodio de la historia ha sido descrito por diferentes autores de la siguiente forma: “El 4 de junio de 1830, día viernes, muy temprano por la mañana, Antonio José de Sucre toma el camino de su cita final. En el sendero estrecho a Cabuyal, en las montañas de Berruecos, cuatro asesinos contactados por José María Obando lo esperaban. Ellos eran: Apolinar Morillo, venezolano, Andrés Rodríguez y Juan Cruz, peruanos, y Juan Gregorio Rodríguez, de Tolima, Colombia. Cuando pasa la comitiva, una voz grita: '¡General Sucre!'. El joven General, de apenas 35 años de edad, voltea y en el acto suenan los disparos. Sólo pudo oírsele decir: '¡Ay balazo!' Y cayó muerto el novel General cumanés, víctima de las intrigas y las ambiciones”.

De las anteriores piezas históricas Isidoro Medina concluye sin lugar a dudas qué el Municipio que hoy en día se denomina Arboleda, conserva como tradición histórica y cultural la nomenclatura de Berruecos, nombre original conservado a través de la tradición oral de sus aborígenes; así se deja entrever no solo del acta notarial de fundación suscrita el 25 de noviembre de 1859, documento anterior a la expedición de la ley 3 del 23 de febrero de 1869, el decreto de 18 de octubre de 1971 expedido por el Ministerio de Educación "por la cual se declara monumento nacional y reserva arqueológica toda la región de Berruecos" y a los usos y costumbres de esta hermosa región de nuestra amada Nación.

Solo con posterioridad a dicha ley mediante ordenanza 38 de abril 16 de 1873 se cambia el nombre de Berruecos por el de Arboleda en mención a un general Julio Arboleda del que solo se dice era un poeta; cuando de lo que se tiene referencia es que se trataba de miserable explotador de las negritudes, que nunca quiso a esta hermosa región.

Todo ello lo lleva a concluir que la denominación de Arboleda no obedece a aspectos toponímicos de la región ni a su historia, ni a su tradición oral, ni a sus usos y costumbres.

Por el contrario, los aspectos históricos, su tradición oral, sus usos y costumbres, según el historiador, no hacen más que ratificar la tradición histórica de la nomenclatura de Berruecos, no solo como municipio, sino también como una región del departamento de Nariño; esto se hace evidente de la simple lectura del decreto de 18 de octubre de 1971 expedido por el Ministerio de Educación, donde se está declarando monumento nacional y reserva arqueológica toda la región de Berruecos que no a la de Arboleda. Denominación que a su juicio fue asumida por los intereses particulares en favor de alguien pasajero en dicha región, violando el derecho personalísimo al nombre que tienen no solo las personas naturales sino también por extensión los entes territoriales.

Dicho cambio de “nomenclatura” viola de contera la norma en comento; tal como lo advirtió el ilustrísimo abogado e historiador Dr. Alejandro Santander, el espíritu de ley 3 de 1869 es conservar los nombres originarios para evitar ser cambiados por otros que no tienen antecedentes ningunos. De igual manera que como consecuencia de ello solo el legislador puede cambiar esos nombres y que las municipalidades pueden únicamente denominar a las poblaciones de nueva erección.

A través de su fundación denominada “Berruecos Balcón de la Independencia” en honor a esta importante región del sur occidente Colombiano, con esta entidad privada busca rescatar y conservar la memoria histórica no solo de esta región sino del país. La fundación posee todo un archivo histórico inédito para mostrar también la verdadera historia del ejército colombiano, desde la independencia hasta nuestros días para evitar de una vez por todas la manipulación histórica de nuestros ejércitos y de nuestros pueblos.

“Ahora más que nunca se necesita blindar la verdad utilizando los documentos como fuentes de confianza. Estamos trabajando en la batalla del Juanambú como ejemplo de mostrar la realidad histórica en forma presencial y virtual” afirmó.

Dentro de este contexto es que Medina Patiño exigió al Instituto Geográfico Agustín Codazzi, a la Gobernación del departamento de Nariño y a la alcaldía del mal llamado municipio de Arboleda que “se dé cumplimiento a lo dispuesto en la ley 3 del 23 de febrero de 1869 emanada del congreso de los Estados Unidos de Colombia y como consecuencia de ello se disponga el cambio de nomenclatura del municipio de Arboleda por su nombre original; esto es que en adelante dicho municipio retomara el nombre de Berruecos el cual fue dado en el acto constitutivo de la fundación”.

Desde esta tribuna el inquieto historiador aprovechó la oportunidad para pedirle al señor le permita mostrarle su proyecto de paz.

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