Claudia Constanza Rivero Betancur, gerente general y la junta directiva de la EPS del distrito de Bogotá, Capital Salud, tendrán que pagar una “multa de 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes, que deberá consignar de su propio peculio (de su propio bolsillo) …” y “arresto por el término de un día…”, según un fallo del juzgado 25 civil municipal de Bogotá del 28 de enero de 2019.
El fallo se produce tras el desacato de una tutela formulada por Johan Mateo Hernández Ahumada (menor de edad) representado por su mamá Nataly Ahumada, quien debió recibir atención médica que la EPS, según el fallo, no le prestó.
“La señora Claudia Constanza Rivero Betancurt, en su calidad de gerente General y los señores Juan Andrés Gómez Navarro, María Victoria Angulo González, Luis Francois Kleyn López, José Mauricio Melo Cárdenas y Francisco Bernate Ochoa, como miembros de la Junta Directiva de Capital Salud EPS S.A.S.; aún cuando han sido enterados en forma idónea del contenido del fallo de tutela, así como de los distintos proveídos dictados en el transcurso de este trámite, han obrado con desidia frente a lo dispuesto en la parte resolutiva de la sentencia de tutela emitida por el juzgado 17 Civil del circuito de Bogotá”, afirma el fallo.
“El caso se remonta a agosto de 2012, cuando el Juzgado 17 civil del circuito de Bogotá, ordenó a la entonces EPS Solsalud a que en un término de 48 horas, suministrara el medicamento levirazetan, cita con neuropediatría y transporte para hacerse las terapias para rehabilitación e ir a citas médicas, al menor Hernández Ahumada y a su acompañante, así como la suministro de de medicamentos y procedimientos. Pasados seis años en que esto venía dándose, el 19 de octubre del año pasado, la mamá del paciente acudió a los estrados judiciales y solicitó un incidente de desacato contra Capital Salud, tras revelar que esta EPS, a la que fue trasladada tras la liquidación de Solsalud, le retiró a su hijo varios de los servicios que habían sido ordenados a favor del menor.”, según lo afirma el medio de comunicación OpiniónySalud.com (ver nota)
Es realmente inaudito que una EPS no le otorgue los medicamentos a un niño y lo peor aún es que siendo conscientes de ello no hagan algo para subsanarlo. La justicia en este país sirve, pero es un sistema congestionado por culpa de la “desidia” de las EPS como Capital Salud y sus cabezas.
Este es el fallo completo: