Mediante auto No 065 del 24 de febrero de 2017 de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley 734 de 2002, el señor Personero Distrital de barranquilla calificó el mérito del sumario y en consecuencia ordenó pliego de cargos contra la doctora Jackeline Reina Sénior.
La querella fue presentada el 17 de diciembre de 2014 ante la Personería Distrital de Barranquilla, contra la señora Jackeline Reina Senior que siendo la directora del Departamento Técnico Administrativo de Medio Ambiente de Barranquilla, vinculó a un Plan Exequial como titular para beneficiar a su esposo o compañero permanente Carlos Cabrera Rodríguez, siendo concejal de Soledad, desde el 2012 lo que genera un conflicto de intereses a nivel disciplinarios y violación al Régimen de inhabilidad e incompatibilidad contemplados en la Ley 734 de 2002 en su artículo 22.
Artículo 22:Garantía de la función pública. El sujeto disciplinable, para salvaguardar la moralidad pública, transparencia, objetividad, legalidad, honradez, lealtad, igualdad, imparcialidad, celeridad, publicidad, economía, neutralidad, eficacia y eficiencia que debe observar en el desempeño de su empleo, cargo o función, ejercerá los derechos, cumplirá los deberes, respetará las prohibiciones y estará sometido al régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflictos de intereses, establecidos en la Constitución Política y en las leyes.
Artículo 48 numeral 17. Actuar u omitir, a pesar de la existencia de causales de incompatibilidad, inhabilidad y conflicto de intereses, de acuerdo con las previsiones constitucionales y legales y otros contemplados en la Ley y la Constitución Política.
Al concejal de Soledad para la época de los hechos Carlos Cabrera Rodríguez, fue vinculado como funcionario del Damab para beneficiarlo de un Plan Exequial pagado con recursos del Departamento Técnico Administrativo de Medio Ambiente de Barranquilla (DAMAB)
El concejal Carlos Cabrera si registra como afiliado en Jardines la Eternidad por parte del Damab.
Las investigaciones realizadas determinaron que el Concejal de Soledad, Carlos Cabrera Rodríguez, para la época de los hechos si estaba afiliado al Damab en Jardines la Eternidad, en la modalidad colectiva con fecha de afiliación 15 de noviembre de 2012 y fecha de vigencia 01 de diciembre de 2012,identificado con la cédula de ciudadanía No 8.759.524 y fecha de nacimiento 03 de marzo de 1961 y registra domiciliado en Barranquilla.
En este plan Exequial aparece como beneficiaria su señora madre de nombre Isabel Rodríguez ,de 84 años de edad, domiciliada en Soledad.
El documento está autorizado por el Damab y declarado como aceptado por el Concejal de Soledad, Carlos Antonio Cabrera Rodríguez ,como firma del afiliado o titular y registra como dependencia la subdirección administrativa del Damab.
Por su parte la señora Jackeline Reina Sénior, registra afiliada desde el 15 de noviembre de 2012 y fecha de vigencia 01 diciembre de 2012 con domicilio calle 17 No 21-45 Soledad Atlántico, con cédula de ciudadanía No 32.676.259 y con fecha de nacimiento 21 de diciembre de 1963.
Aparecen como beneficiarios de la señora Jackeline Reina sus hijos:
*Hugo Hernández Reina, edad 20 años con residencia en Soledad.
*María José Cabrera Reina, edad 13 años, reside en Soledad
* Andrés Cabrera Reina, edad 9 años, residente en Soledad
Padre: Enrique Reina Sanjuán, edad 71 años, residente en Soledad
Madre: Arinda Sénior de Reina, edad 71 años, residente en Soledad
Autorizado el plan por el Damab y firma como titular la señora Jackeline Reina Sénior.
Con esta informaciones y las pruebas aportadas al proceso se pudo demostrar que la señora Jackeline Reina Sénior, utilizó su poder en la entidad siendo la esposa o compañera permanente del Concejal de Soledad, Carlos Cabrera Rodríguez, para hacerlo pasar como funcionario del Damab con el consentimiento del señor Concejal quien debió ser conocedor de la Ley 734 de 2002 Código Único Disciplinarios, constituyéndose esto en una falta gravísima a título de dolo por ser Concejal de Soledad y estar revestido de una investidura de servidor público y beneficiarse con recursos del Damab.
El número de contrato de servicios funerarios No BQ0260000430302893 registra al señor Carlos Cabrera encabezando la lista de beneficiarios del mencionado plan exequial con el Grupo Recordar de la empresa Jardines la Eternidad.
A consecuencia de los hechos investigados disciplinariamente la Personería Distrital de Barranquilla, decidió formular pliego de cargos contra la ex directora del Departamento Técnico Administrativo de Medio Ambiente de Barranquilla, hoy en liquidación después de la gestión deplorable la señora Jackeline Reina Sénior al frente de esta institución.
Cabe destacar que la señora Jackeline Reina Sénior, cínicamente se desempeña como funcionaria en la Fiscalía General de la Nación, seccional Guajira, de la cual debería renunciar o ser deslindada del cargo o contrato que ostenta esta señora en la Fiscalía General de la Nación por faltar a la moralidad pública de un ente tan importante como el Damab y por ende a la institución que representa como es la Fiscalía General de la Nación.
De acuerdo a la sanción que imponga la Personería Distrital de Barranquilla, sería el acabose de la vida política y pública de la señora Jackeline Reina Sénior, es decir se avecina su muerte política.