Fiscalía imputó cargos al ex tesorero del Hospital Juan Domínguez Romero de Barranquilla

Fiscalía imputó cargos al ex tesorero del Hospital Juan Domínguez Romero de Barranquilla

Por violación al régimen de inhabilidad y falsedad ideológica, Juan Carlos Barros Caro fue judicializado. Otros integrantes de su familia también lo serán

Por: Elmer Enrique Rudas Menco
noviembre 17, 2016
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Fiscalía imputó cargos al ex tesorero del Hospital Juan Domínguez Romero de Barranquilla
Por violación al régimen de inhabilidad y Falsedad ideológica

La Fiscal 60 delitos contra la administración pública, Marta Liliana Rojas Salazar, ante un Juez de Control de Garantías imputó cargos al ex tesorero del Hospital Juan Domínguez Romero de Soledad, Juan Carlos Barros Caro, por los presuntos delitos de Falsedad ideológica en documento público, prevaricato por acción y violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades en calidad de autor.

HECHOS

La gerente del Hospital Juan Domínguez Romero de Soledad, CARMEN JULIA ROCHA INSIGNARES, siendo conocedora de la Ley 599 del 2000 en su artículo 413  y 128,126 y 209 la Constitución Política, el día 02 de octubre de 2013,expidió la Resolución No 0314 ”POR MEDIO DEL CUAL SE HACE UN ENCARGO”.

La gerente a través de esta resolución la expidió por motivos de salud y de la cual manifiesta que será intervenida quirúrgicamente y encarga al doctor JUAN CARLOS BARROS CARO, quien para el momento de los hechos que habla dicha resolución ocupaba el cargo de tesorero y asumió el cargo de gerente encargado del Hospital Juan Domínguez Romero, lo que demuestra que la gerente CARMEN JULIA ROCHA INSIGNARES, se extralimitó en sus funciones.

Es claro que la Gerente de la Entidad Hospitalaria al expedir la Resolución 0314, tenía pleno conocimiento de los procedimientos señalados por las normas para expedir el acto administrativo de Encargo y no se ajustó a ellos. La función de encargar al Gerente ya sea por ausencia temporal o  definitiva solamente la puede realizar el Gobernador del Departamento del Atlántico, por lo tanto la doctora CARMEN JULIA ROCHA INSIGNARES, expidió una resolución sin encontrarse facultada para ello, actuando fuera del marco constitucional y legal que señala su competencia.

La Resolución No 0314 en su artículo primero señala que se encarga al doctor JUAN CARLOS BARROS CARO, sin desprenderse de sus funciones propias de su cargo como tesorero y asumiendo las de Gerente hasta que la titular regresara al cargo.

Es de anotar y en el curso de la investigación que el único que puede encargar al gerente del Hospital Juan Domínguez Romero de Soledad, en presencia de una falta temporal de la titular es el Gobernador del Atlántico, JOSÉ ANTONIO SEGEBRE y no la misma titular, por lo que el señor Gobernador habría incurrido en el presunto delito de prevaricato por omisión al obviar su responsabilidad administrativa, como reza en el actuar jurídico,,,¨el desconocimiento de la Ley no exime a nadie de responsabilidad¨.

Por su parte la fiscalía en este mismo proceso estudió la conducta punible del señor JUAN CARLOS BARROS CARO, quién como tesorero y gerente encargado, habría estado incurso en una inhabilidad sobreviviente debido a que el antes mencionado actuando como representante legal de la Institución y nombrado por el Gobernador del Atlántico, JOSÉ ANTONIO SEGEBRE, en un primer encargo bajo la norma administrativa mediante Decreto 000428 del 16 de mayo de 2013 designó al señor JUAN CARLOS BARROS CARO, identificado con la cédula de ciudadanía No 72.095.954 de Sabanalarga Atlántico, como Gerente encargado de la  E.S.E Hospital Departamental Juan Domínguez Romero de Soledad.

El señor JUAN CARLOS BARROS CARO, estando como Gerente encargado y representante legal de la entidad nombró a su hermana la señora ALICIA TEREZA BARROS CARO, identificada con la cédula de ciudadanía No 32.660.730 de Barranquilla, el día 31 de mayo de 2013 mediante contrato No 0588, por un valor de UN MILLÓN CUATROCIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($1.411.859).

Es de conocimiento del Centro Hospitalario que el señor JUAN CARLOS  BARROS CARO, tiene un vínculo familiar (hermano) con la señora ALICIA BARROS CARO, encontrándose en el segundo grado de consanguinidad, como lo señalan los artículos 35,37 y 38 del Código Civil.

Es importante señalar que el encargo realizado por el señor Gobernador a través del Decreto 000428 del 16 de mayo de 2013 surgió producto de la misma circunstancia que motivaron la resolución No 0314 de fecha 02 de octubre de 2013 expedida por la Doctora CARMEN JULIA ROCHA CARO y que debió realizar por Decreto el señor Gobernador JOSÉ ANTONIO SEGEBRE.

La Fiscal fue determinante en establecer la conducta del señor JUAN CARLOS BARROS CARO, quien sabiendo la reglamentación y la normatividad haya aceptado el cargo de Gerente encargado siendo el tesorero de la entidad toda vez que el Gerente ejerce la ordenación del gasto y el tesorero el pago de las cuentas de la entidad, lo que es notorio la concentración de poder en una sola persona y más aún utilizó su posición para favorecer a su hermana con el contrato No 0588 del 31 de mayo de 2013.

Por consiguiente la Fiscalía le imputó cargos a Juan Carlos Barros Caro, quien fungió como tesorero del Hospital Juan Domínguez Romero y a su vez gerente encargado para la época de los hechos.

Cabe señalar que el señor Juan Carlos Barros Caro, no se allanó a los cargos imputados ante un Juez de Garantías del Juzgado de Usiacurí por la Fiscal 60 de la Unidad delitos contra la administración pública Marta Liliana Rojas Salazar.

La Fiscalía tiene programada la imputación de cargos a Alicia Tereza Barros Caro, para el próximo 21 de noviembre de 2016 en el Juzgado de Usiacurí.

Posterior a la imputación de cargos de la hermana del señor Juan Carlos Barros Caro, la Fiscal 60 delitos contra la administración pública, Marta Liliana Rojas Salazar estaría programando la audiencia de acusación donde solicitará la medida de aseguramiento contra los indiciados y avanzar en el procesos con la audiencia preparatoria y después el juicio para determinar la responsabilidad penal del señor Juan Carlos Barros Caro y Alicia Tereza Barros Caro.

 

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