Se ha vuelto habitual ver a buenos samaritanos sacar sus celulares y con una actitud desafiante y armados de vago conocimiento “pelear”, “exigir”, “recordar” y hasta “amenazar” a los agentes de tránsito por los supuestos derechos vulnerados a “otros”, que ni tienen la menor idea que los están inmovilizando o que al llegar al sitio saben que parte de la infracción está bien aplicada y prefieren callar.
Y dicho video es subido a redes sociales, siendo viralizado en la misma medida por la ignorancia de quienes han pasado por algo similar o creen que el héroe de momento tiene la razón en su argumentación.
Cabe aclarar, que soy de esos buenos samaritanos que lo hace, pero antes de increpar a un agente con celular en mano y exigiendo respeto al “debido proceso” me tomo la tarea de consultarte al infractor si está dispuesto a seguir toda la paupérrima y desgastante tramitología que implica exigir sus derechos por omitir alguno de sus deberes como ciudadano y en especial como conductor.
Al final con molestia y resignación prefieren aceptar que dieron “papaya” y terminan rogando, insinuando o promoviendo un soborno que se eleva en la medida que más héroes con cámara en mano estén presentes. Acto con el que tampoco estoy de acuerdo, ya que no puedo ser de esos que odia la corrupción de un país. pero la promuevo en pequeñas proporciones.
Todos los que nos ufanamos de llevar una licencia de tránsito y por ende haber curso mínimo la secundaria, tenemos la capacidad de exigir un trato digno y respetuoso por el simple hecho de tener la habilidad de leer nuestra Constitución Política y el Código Nacional de Tránsito de nuestro país.
Estos libros que nos dan las pautas y argumentos procedimentales y “legales” para mediar en una situación en vía o si este llega más allá, buscar una reparación moral y económica por la vulneración de nuestros derechos.
Los invito a trabajar en fortalecer su intelectualidad y que esta les permita ser héroes pero con argumentos y sensatez, y así poder solicitar lo que menciona un nuestro CNT.
“Articulo 130. Gradualidad: Las sanciones por infracciones a las normas de tránsito se aplicarán teniendo en cuenta la gravedad de la infracción. Para este efecto se tendrá en consideración el grado de peligro tanto para los peatones como para los automovilistas. En caso de fuga se duplicará la multa”.
Y además poder exigir con mucho respeto lo que esta en nuestra Constitución Política Nacional.
“Artículo 29. El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio. En materia penal, la ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior, se aplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable. Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por él, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento; a un debido proceso público sin dilaciones injustificadas; a presentar pruebas y a controvertir las que se alleguen en su contra; a impugnar la sentencia condenatoria, y a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho. Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso”.
Buen día héroes del asfalto…