¿Es justo modificar la Constitución para acomodar a los viciosos?

¿Es justo modificar la Constitución para acomodar a los viciosos?

La norma de normas de un país democrático no puede ser instrumento de postura de un ciudadano investido de Congresista

Por: José Eliécer Cardona Saavedra
julio 25, 2023
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¿Es justo modificar la Constitución para acomodar a los viciosos?

La norma de normas de un país democrático no puede ser instrumento de postura de un ciudadano investido de Congresista, que convenciendo a un grupo mayor de diez de sus colegas, proponga reformar la Carta Magna, de manera reiterada (ya se ha presentado tres veces), con el solo fin de incluir una adicción nacional minoritaria y dañina, de ciudadanos afectados por consumo a cannabis recreativa, cuyo argumento central es legalizar la comercialización para mayores de edad.

Esa obsesión de insistir en presentar tal enmienda constitucional, que modifica los artículos 49, 287 y 317 superiores, se interpreta como una actitud populista, porque en nada beneficia al país, aunque en sus argumentos para soportarla manifieste que es para beneficiar económicamente a las regiones y resolver un problema de seguridad al consumidor, esgrimiendo un pobre y “cacareado” argumento, reiterado en todas las discusiones de los ocho debates, evitando recurrir a las "ollas", para adquirir este adictivo elemento psicotrópico. Además de recurrir con ejemplos de tolerancia al consumo y comercialización por parte de países foráneos a nuestra cultura, como si nuestras tradiciones tuvieran que acomodarse por fuerza de ley a esos novedosos estilos de vida, que muchas veces son producto de la presión ejercida por movimientos minoritarios agitados por personajes de extrañas conductas renovadoras.

Este Acto Legislativo crea una excepción al art. 49, para el consumo y porte de sustancias psicoactivas y psicotrópicas, adicionando, hábilmente, como gancho el artículo 287 en el sentido de establecer tributos a los entes territoriales por el cultivo, procesamiento, distribución y venta de cannabis, lo mismo que el art. 317 regulando, por medio de ley, los impuestos producto del comercio de esta droga depresora.

Adicionalmente, con desafortunadas intervenciones de corporados, que debieran ser ejemplo para muchos jóvenes y sociedad en general, pero al contrario, intervienen con discursos que en nada construyen o aportan a un debate a la altura de una reforma a la Carta Política de Colombia, con tradición moral, con una inmensa mayoría de rechazo al consumo de marihuana, porque muchas familias han sido víctimas de adicción en alguno de sus miembros con fatales consecuencias. Pues "En medio de la sesión plenaria de la Cámara de Representantes, el congresista Daniel Carvalho admitió algo inesperado, 'que desde hace 25 años' fuma marihuana y, contrario a lo que piensan algunos sectores, defendió el consumo de la hierba”

Los autores del proyecto, liderado por el Representante a la Cámara Carlos Lozada Vargas en uno de sus apartes de la exposición de motivos expresa, erróneamente: “con este acto legislativo se promoverán estrategias que beneficien el campo y se implementarán otras para combatir el tráfico ilegal de esta sustancia, apostando a la salud pública y al crecimiento social…” Y más adelante reconoce que “produce efectos nocivos contra la salud y la sociedad”

Preguntándonos: ¿En que beneficia al campo, acaso esta yerba lo hace más fértil o supera nuestra producción de café?; ¿De qué manera implementa otras formas para combatir el tráfico ilegal, si las herramientas jurídicas existentes son insuficientes para su control, y que diremos dando libertad a su cultivo?; ¿Cuál es su apuesta a la salud pública, si es una sustancia que el propósito de su uso recreativo es producir efectos psicotrópicos con alta concentración de THC, buscado por las personas consumidoras, con efectos embriagadores de delta-9-tetrahidrocannabinol, que altera la mente y genera adicción con efectos de distorsión de las percepciones, es decir el lenguaje coloquial “soya” al usuario?; ¿Qué crecimiento social puede generar un producto utilizado por delincuentes como distractor del miedo para cometer el atraco, el sicariato, el acto criminal, etc., además que convierte a la persona en un compulsivo consumidor, porque la adicción genera ansiedad, llevándolo a perderse en el vicio?

Adisionalmente, y de manera perversa añade: “ según detractores de la legalización del consumo de cannabis por parte de adultos, existe riesgo de que esta política incentive a los consumidores jóvenes a consumir más, o incluso, que los jóvenes no consumidores se vuelvan consumidores. Sin embargo, una política de regulación debe incluir medidas sobre prevención de consumo de cannabis y otras drogas”. Otorgando más adelante la razón al decir que “ En efecto, estudios demuestran que programas de prevención familiar, en los que se capacita a los padres, hijos y la familia colectivamente, son eficaces en relación con la reducción del consumo de cannabis a lo largo de la vida y en el último año en los adolescentes”. Si ya hoy las tenemos establecidos en el país, para que redundar con iguales normas ?

Finalmente podemos decir que esta propuesta congresional en lugar de beneficiar a nuestra economía y sociedad en general, está es prestándole un fabuloso servicio al narcotráfico, porque así como no hemos podido controlar el contrabando que se puede hacer a través de cuidado fronterizo, las grandes mafias utilizan el microtráfico como herramienta interna para su distribución y comercio clandestino, enquistadas y en crecimiento, hace mucho tiempo en nuestro territorio, sin que hayamos podido disuadirlas, resultando más grave el remedio que la enfermedad. Reiterando que en el fondo estimula su consumo, por lo deliberado y simplista de su contenido, puesto que quien garantiza que su venta se pueda controlar exclusivamente para los adultos?, si lo primero que se dispara es el comercio subterráneo, sin discriminar edades, generando la mayor gravedad para nuestra niñez y juventud, principalmente por sus efectos adictivos al experimentar en el consumidor euforia placentera, sensación de relajación, risa, alteración de la percepción del tiempo, es decir , empleando el lenguaje callejero “produce una auténtica traba”. Y si es por la legalización de esta especie con criterio recreativo, ya está regulada, parcialmente, el consumo personal, y el cultivo hasta 20 plantas, por ley 30, sin confundir la medicinal regulada por la ley 1787 de 2016.

Con un agravante, complementario, como puede ser el distanciamiento con países amigos que son elemento necesario para nuestras finanzas, porque este proyecto, implícitamente pretende legalizar definitivamente el cultivo de esta droga prohibida por sus leyes y considerada un mal social para su población.

Por: José Eliécer Cardona Saavedra

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