Por incumplir las normas que regulan las condiciones objetivas de la publicidad al transmitir un mensaje que no correspondía con la realidad, la Superintendencia de Industria y Comercio fijó una multa de $136.278.900 que deberá pagar la modelo colombiana Elizabeth Loaiza.
La entidad de control demostró que Loaiza emitió una publicidad en la red social Instagram el producto “ProMed Covid 19 Rapid Test” asegurando falsamente que este contaba con registro sanitario en Colombia y que su venta solo se realizaría a Gobernaciones, Alcaldías, hospitales y clínicas.
La SIC adelantó una investigación con la que comprobó que la comercialización del producto no se restringía a ventas institucionales como se afirmó en la publicidad. Junto con el Invima, las instituciones aseguraron, cada una por su lado, que la persona encargada de atender la línea telefónica no advirtió ni exigió documentación alguna que acreditara al comprador como representante de alguna autoridad o institución de salud, tal como aseguraba Loaiza en sus publicaciones. Por el contrario, el operador comercial se limitó a expresar la restricción al número mínimo de unidades a adquirir, dejando abierta la posibilidad de vender número inferior a las señaladas en la publicidad que eran supuestamente a partir de 5 mil unidades.
Finalmente, frente a la afirmación de que el producto “ProMed Covid 19 Rapid Test” contaba con los requisitos sanitarios, específicamente con el registro Invima, se demostró de manera irrefutable que para la fecha del anuncio publicitario, la comercialización de dichas pruebas para la detección rápida del coronavirus covid-19 incumplía la normatividad sanitaria.
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