Vale la pena precisar que tramitar una idónea reforma a la justicia es un asunto tan complejo como crear una nueva constitución política, dado que ambos actos deben reunir los más estrictos parámetros de tecnicidad, probidad y rigor a fin de preservar la seguridad del sistema jurídico. Una mala reforma al aparato jurisdiccional o una mala proyección de una nueva Carta Política constituyen un peligroso factor de desestabilización institucional tendiente a generar caos y arbitrariedad en el ejercicio de la función pública.
Hace unos días se conoció que el ministro Osuna había instalado una comisión de expertos para analizar el proyecto de reforma a la justicia propuesto por el Gobierno Nacional. Muy bien. Aunque la primera impresión que se colige de ello es que el ministro es plenamente consciente del riesgo inminente que corre de tener que olvidarse del proyecto inicialmente propuesto para proyectar uno nuevo. Ello es casi seguro dado el desenfoque del mismo, pues más que una reforma integral al aparato jurisdiccional, lo que se refleja en el proyecto inicialmente propuesto por el gobierno es un anhelo ambiguo de modificar el sistema penitenciario- carcelario. Aunque es cierto que dicho sistematambién reclama una plena modificación, es imperativo aclarar que la reforma al sistema jurisdiccional no puede confundirse con aquel dada la diferencia entre uno y otro.
Para el caso concreto, nos referiremos a los elementos intrínsecos y extrínsecos necesarios a fin de alcanzar una recta impartición y administración de justicia. Los elementos en mención son condición inexorable de buenos resultados. A continuación, los expondremos de manera clara, concisa y precisa.
Elementos intrínsecos: Son esenciales para lograr una reforma óptima puesto que hacen referencia al aspecto substancial respecto al funcionamiento del sistema. La inobservancia de los mismos evitaría atacar- frontalmente- los problemas susceptibles de solución. Para el caso concreto- que es reformar el aparato jurisdiccional- hemos identificado cinco.
Elementos extrínsecos: hacen referencia a los aspectos externos que deben tenerse en cuenta para que el funcionamiento del sistema jurisdiccional sea eficiente, eficaz y efectivo. Hemos identificado seis.
2. Es imperativo suprimir el Consejo Superior de la Judicatura (CSJ) y distribuir sus funciones entre el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia, pues de poco o nada le ha servido a la rama judicial el CSJ. En un nexo de costo- beneficio han sido mayores sus costos de funcionamiento que sus aportes en beneficio de la administración de justicia.
El CSJ es una de esas entidades del estado colombiano que al ser eliminada generaría una importante liberación de recursos de funcionamiento, los cuales podrían utilizarse en otros temas cruciales como la capacitación a jueces y fiscales de la jurisdicción ordinaria.