Elecciones: no por inesperadas son irregulares y, menos aún, fraudulentas

Elecciones: no por inesperadas son irregulares y, menos aún, fraudulentas

Pastrana fue mucho más agresivo al señalar en su cuenta de Twitter que: “Las cifras
oficiales del registrador apestan a fraude a favor del Pacto Histórico”

Por: RICARDO MEZAMELL
marzo 25, 2022
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Elecciones: no por inesperadas son irregulares y, menos aún, fraudulentas
Foto: Archivo

Cuando el resultado del preconteo para el Senado de la República 2022-2026, consignado por los jurados de votación el pasado domingo 13 de marzo en las actas de escrutinio de mesa (F-14), “sin carácter obligatorio y vinculante”, como lo señalan las normas electorales, arrojó la cantidad de 1.928.762 votos por el partido Centro Democrático, y 2.213.183 por el Partido Conservador, sus máximos dirigentes no consideraron su respectiva votación como producto de una irregularidad, mucho menos de un fraude a favor de sus colectividades.

Una vez conocido el resultado del escrutinio de comisión, efectuado por los jueces municipales, durante el cual, en ejercicio de sus competencias, en audiencia pública y con la asistencia de testigos electorales, hicieron las correcciones a que hubo lugar en las actas de escrutinio de comisión, por el simple hecho de no corresponder a un índice de variación típico o repetitivo de los mismos, pero más que todo por favorecer mayoritariamente a la coalición de fuerzas políticas progresistas agrupadas en el Pacto Histórico, entonces salieron esos mismos líderes a pregonar que hubo fraude a favor de esta alianza.

Por lo inesperado de dichos resultados, el expresidente Álvaro Uribe Vélez desde su cuenta de Twitter manifestó que “no se podía aceptar el resultado de las elecciones por los tachones, enmendaduras y firmas no coincidentes en el E-14, aunado a la abrumadora votación del Petrismo en zonas de narcotráfico”.

El expresidente Andrés Pastrana Arango fue mucho más agresivo al señalar en su cuenta de esa misma plataforma, que: “Las cifras
oficiales del registrador apestan a fraude a favor del Pacto Histórico”.

La incoherencia de estos dirigentes, quizá producto de un adrede desconocimiento de la nueva realidad social, pero sobre todo motivada por la pérdida de una curul en la citada corporación legislativa, es tratar de justificar el desgaste de sus colectividades políticas generando confusión, entre el escrutinio de mesa efectuado por los jurados de votación, con el de comisión realizados por jueces de la república, cuando es clara la diferenciación establecida en el Código Electoral, en el cual se dispone que la primera “se adelanta el mismo día de las votaciones, con el propósito de brindar, en tiempo, real información a la ciudadanía, a los partidos y a los movimientos políticos con personería jurídica, a los grupos significativos de ciudadanos, a las organizaciones étnicas, a los candidatos y a las autoridades (…) no tiene carácter vinculante ni obligatorio. Su función es meramente informativa”.

Sin desconocer que en las actas del escrutinio de comisión se registraron nuevos datos como consecuencia de las correcciones por la gran cantidad de actas de escrutinio de mesa que presentaron tachones y enmendaduras, especialmente en la casilla destinada para el voto en blanco, el mayor número de votos por la alianza progresista apareció al subsanar la denominada ‘irregularidad’ presentada por un mal diseño del F-14 utilizado en esta oportunidad, por cuanto por tratarse de lista cerrada se dejó la de la alianza progresista en la parte inferior del mismo, dando lugar a que cuando se hizo la trasmisión de los resultados electorales desde algunos de los puestos de votación hacia los puestos de recepción de datos, centros de procesamiento de información, de consolidación de los resultados, el medio tecnológico utilizado para ello no alcanzara a registrar su parte final, donde precisamente estaba anotado el resultado de la referida lista.

Como tal situación no ocurrió en la totalidad de las actas revisadas, en estos momentos y mientras no se demuestre lo contrario, lejos de pensarse que fue un comportamiento intencional para restarle votos a la alianza progresista Pacto Histórico, en acatamiento y respeto al principio de presunción de inocencia, consagrado como derecho fundamental del debido proceso (Art. 29 CP) que nos ampara a los asociados, solo puede calificarse de un error humano en el cual incurrieron los encargados de trasmitir la información a los puestos de recepción de datos, centros de procesamiento de información y de consolidación de los resultados, de lo cual, en gran medida es responsable la Registraduría, por cuanto a su cargo está la obligación de “integrar los componentes para garantizar la seguridad e integridad de la información, como la adecuación de recursos y capacidades tecnológicas que le permitan dotar de todas las seguridades y publicidad a esta fase”.

Como el segundo nivel del escrutinio lo realizó una comisión integrada por dos jueces municipales, poner en duda, por decir lo menos, la imparcialidad de alrededor de 5.000 de estos operadores jurídicos que ejercieron como escrutadores, se constituye no solo como una vulneración del mismo derecho fundamental antes mencionado, lo cual, si bien no es de extrañar por las arremetidas que a diario contra ellos y sus decisiones se promueven desde el ejecutivo, se configura como una afrenta a nuestra organización social que pregonamos con bombos y platillos, cuando nos conviene, como Estado Social de Derecho.

Frente a la inexistencia de evidencia demostrativa que la soporte, a ningún ciudadano colombiano respetuoso de la Constitución y de las leyes, incluido quien haya ejercido el cargo de presidente, se le debe aceptar poner en entredicho, como veladamente algunos lo han hecho ante la tribuna pública, el ejercicio transparente e imparcial de los jueces que fungieron como escrutadores de comisión, por cuanto con tal señalamiento se arrasa de contera con la credibilidad de nuestro sistema electoral, pilar de nuestra mal entendida y resquebrajada democracia.

Si tienen aquélla, es decir, la evidencia que se echa de menos, es ante las instancias competentes del proceso electoral donde debe entregarlas y debatirlas, reconociendo y respetando, como debe ser, las decisiones emitidas dentro del mismo por sus operadores jurídicos, cuando adquieran firmeza judicial.

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