El riesgo de Cali Distrito
Opinión

El riesgo de Cali Distrito

Sobre el proyecto de acuerdo de distritalización: ¿es confiable el marco fiscal que presenta?, ¿ pone en riesgo las finanzas del Distrito en el mediano plazo?...

Por:
junio 09, 2023
Este es un espacio de expresión libre e independiente que refleja exclusivamente los puntos de vista de los autores y no compromete el pensamiento ni la opinión de Las2orillas.

Se está discutiendo en la corporación Concejo de Santiago de Cali el proyecto de Acuerdo 198 de 2023 que busca avanzar en la reglamentación del proceso de Distritalización, especialmente en relación con la organización político-administrativa en localidades.  A simple vista es un acuerdo de agenda ordinaria, dado que existe una ley de la república que lo motiva y el proyecto está comprometido por la actual alcaldía en su Plan de Desarrollo; además, ese apellido distrital lleva mencionándose en la vida ciudadana hace por lo menos tres o cuatro años. Es pues natural que se presente por tercera vez el proyecto y que el Concejo lo esté estudiando.

Sin embargo, en medio de la coyuntura política nacional que todo lo opaca, se nos pueden pasar varias observaciones que podrían tener consecuencias gravísimas para la vida pública de Santiago de Cali si el proyecto en curso termina siendo aprobado sin tener por lo menos el rigor de pasar por un debate ciudadano, que hasta el momento no se ha sostenido con suficiencia y amplitud.

Comencemos por evidenciar que la ley 1617 de 2013, por la cual se expide el régimen de Distritos Especiales como un instrumento para regular los servicios para el desarrollo integral del territorio a partir de sus vocaciones y ventajas comparativas, es un constructo jurídico, pensado como herramienta de competitividad, que busca establecer sinergias entre mercados, sociedad y estado local, ligado inicialmente a las ciudades puerto y después, en un ejercicio de trapecio administrativo, terminó dando salto a otros territorios, como el de Santiago de Cali. El balance de esta política de carácter neoliberal es nefasto en Colombia, pocos avances se reportan y donde existen, básicamente han servido para apuntalar inversiones nacionales y locales en beneficio exclusivo de algún privado, que no han ayudado a establecer una gobernabilidad más incluyente socialmente sobre los territorios.

En seguida, es necesario examinar la ley 1933 de agosto de 2018por la cual se categoriza el municipio de Cali como distrito especial, deportivo, cultural, turístico, empresarial y de servicios. No nos demoraremos mucho en su lectura porque son dos páginas de un globalazo político que no dice nada y que remite escuetamente a la ley 1617, anteriormente mencionada, sin ninguna consideración u orientación manifiesta. Cuando esta norma surgió, como sacada del sombrero del Congreso de la época, el municipio estaba embarcado en una reforma administrativa que se consignó en el Acuerdo 0395 de 2016 y el decreto 0516 que buscaba modernizar el estado local y acercar la institucionalidad a la ciudadanía.

La alcaldía en el 2019 presentó un proyecto de distritalización, centrado en complementar la reforma de reciente implementación, con un componente de localidades y de mejoramiento de la participación ciudadana. En medio del cambio de gobierno con estudios muy insuficientes, con el vacío de no tener avances y/o evaluaciones parciales de la implementación de la reforma del 0516, el proyecto no avanzó en el Concejo de la época, pero dejó antecedentes para las siguientes vigencias. El desencuentro ciudadano con el proyecto se encontraba en los efectos territoriales de gentrificación y en los desequilibrios resultantes de combinar en localidades áreas rurales y urbanas.

En el actual período de gobierno que está cerrando este año, fue presentado un nuevo proyecto en el año 2022 y la situación no prosperó en el Concejo, pues las situaciones de emergencia, los balances de la gestión del estallido social y de la pandemia del Covid19, no estaban debidamente establecidos; no existía suficiente ilustración y sobre todo suficiente confianza ciudadana.

Nuevamente ahora se presenta, prácticamente el mismo proyecto, con otro número en la lista de gestión de la corporación. Este tiene su énfasis en organizar política y administrativamente en localidades a Santiago de Cali, distribuir funciones, competencias y autoridades locales (juntas administradoras y alcaldías menores), y  establecer el modelo de planeación, el presupuesto participativo y los fondos de desarrollo local. A simple vista es un avance; sin embargo, en lo central, teniendo en cuenta los documentos presentados, vale la pena preguntar desde un punto de vista ciudadano:


Más allá de las bondades de la desconcentración ¿afectará en alguna medida la situación de vulnerabilidad poblacional y precarización social?


¿Es confiable el marco fiscal que se presenta?, ¿estamos seguros de que no pone en riesgo las finanzas del Distrito en el mediano plazo?, ¿la división por localidades con deficientes estudios geográficos y demográficos podría favorecer procesos de poblamiento y gentrificación sin control?, ¿acaso el proyecto maltrata la ruralidad y tiene criterios de sostenibilidad ambiental muy limitados en tiempos de adaptación al cambio climático?, ¿ante el vacío de profundización en las vocaciones económicas planteadas, se estará  promoviendo una idea de extractivismo urbano que poco toca la exclusión social?, ¿afectará condiciones de trabajo de servidores públicos y dará apertura a conflictos laborales?, ¿se corre el riesgo de profundizar la politiquería entre ediles y alcaldías menores?, más allá de las bondades de la desconcentración ¿afectará en alguna medida la situación de vulnerabilidad poblacional y precarización social?

Seguramente hay más preguntas; por lo pronto es necesario expresar que la ley 1617 está enferma mortalmente y no deja buena herencia, estos asuntos deberían abordarse seriamente, tomando como referencia los nuevos desarrollo en el campo del ordenamiento territorial, especialmente la ley orgánica 1454 de 2011 de ordenamiento territorial, la 1625 de 2013 sobre régimen orgánico de áreas metropolitanas, la ley 2082 de 2021 que crea la categoría municipal de ciudades capitales. Someter los destinos de una ciudad a estrechos marcos normativos que han fracasado sería un error, máxime cuando Cali deberá afrontar inmediatamente la renovación de su Plan de Ordenamiento Territorial - POT y afrontar la crisis generada por un fenómeno metropolitano de facto que implosiona en relación con los municipios de Jamundí, Candelaria, Yumbo, Palmira, Buenaventura y el Norte del Cauca. A mi manera de entender, el proyecto de Acuerdo 198 no tiene suficiente proceso y no genera confianza. La tarea, antes de meternos en pequeñas aventuras, es reconstruir la planeación y la prospectiva de la ciudad en serio.

Ojalá los concejales y las concejalas lo mediten bien, porque por dar quiebre resultadista en la coyuntura administrativa y política actual, podrían terminar marcando un mal paso para Cali que nos podría meter en una calle sin salida.

Sigue a Las2orillas.co en Google News
-.
0
Los desacuerdos urbanos

Los desacuerdos urbanos

Cali: distritalización y metropolitanización

Cali: distritalización y metropolitanización

Los comentarios son realizados por los usuarios del portal y no representan la opinión ni el pensamiento de Las2Orillas.CO
Lo invitamos a leer y a debatir de forma respetuosa.
-
comments powered by Disqus
--Publicidad--