Mientras el exmagistrado del Consejo Nacional Electoral, Altus Baquero Rueda, celebra el fallo de la Corte Constitucional que le amparó transitoriamente su derecho a acceder a cargos y funciones públicas, en diferentes sectores políticos se preguntan qué pasará con la investigación sobre topes en la campaña presidencial de Gustavo Petro.
Todas estas movidas se derivan del hecho de que en junio pasado la Sala Quinta del Consejo de Estado anuló la elección de Altus Baquero Rueda como magistrado del Consejo Nacional Electoral hecha por el Congreso de la República al fallar una demanda en la que se afirmaba que no cumplía los requisitos de experiencia para desempeñar ese cargo.
Baquero Rueda, quien inició su carrera en el sistema electoral como Secretario privado durante la gestión del ex registrador Carlos Ariel Sánchez, fue postulado como magistrado por la coalición conformada por los partidos Colombia Humana, Liberal Colombiano, Conservador Colombiano, Partido de la Unión por la Gente (Partido de la U), Cambio Radical, Alianza Verde, Alianza Social Independiente (ASI), entre otros, sin cumplir el requisito de 15 años de experiencia profesional en el ejercicio de la profesión de abogado.
Según el Consejo de Estado, Baquero Rueda completó catorce (14) años, once (11) meses y veinticinco (25) días a la fecha de postulación porque la experiencia se contabiliza desde el día de la obtención del título de abogado hasta el día de la postulación hecha por las colectividades políticas.
Todo esto ocurrió mientras los magistrados del Consejo Nacional Electoral estudiaban el caso de violación de topes en la campaña electoral del presidente Gustavo Petro, al que el mandatario se ha adelantado, sin que hasta el momento se sepa a ciencia cierta cómo votarán los nueve magistrados y se moverá la balanza.
Lo cierto es que para no quedar por fuera del CNE, el también doctor en Derecho, al conocer la decisión de la Sala Quinta instauró una tutela en contra del Consejo de Estado que llegó hasta la Corte Constitucional y el alto tribunal en su fallo, también ordenó al Congreso de la República abstenerse de adelantar la elección para suplir la vacante de Altus Alejandro Baquero Rueda hasta cuando se agote el trámite de la tutela contra la sentencia del Consejo de Estado el pasado 6 de
Juan Carlos Cortés González fue el magistrado ponente del fallo que negó las solicitudes de nulidad presentadas por Giovanny Rafael Decola Vásquez y Pamela Melissa Hernández Cabrera, María Angélica García Sarmiento y Nicolás Youn Díaz.
El ciudadano Decola Vásquez aparece también con una demanda de nulidad de la elección del Concejo de Barranquilla instaurada ante el Tribunal Contencioso Administrativo del Atlántico y admitida hace un par de meses y como apoderado de un candidato en la Costa Caribe.
La decisión de la Corte Constitucional que favorece al magistrado Baquero Rueda fue unánime tras interpretar que los 15 años de ejercicio profesional se deben acreditar considerando la fecha de inscripción de las hojas de vida de los aspirantes, lo que por ahora, le dará la posibilidad de continuar en el Consejo Nacional Electoral como magistrado y mover la balanza, en cualquier sentido, a la hora de proferir un fallo relacionado con lo que pasó en la campaña que llevó a Gustavo Petro a la Presidencia de la República.
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