No es desconocido que aun son escasas las garantías para realizar minería artesanal. Aunque se han hecho esfuerzos para la formalización por parte del Gobierno nacional, se requieren acciones más contundentes, rápidas y con plazos determinados.
Por esta razón, se han creado propuestas para que desde la rama ejecutiva y legislativa, dicha formalización se materialice a la mayor brevedad, pero con un enfoque diferencial; desde el punto de vista del minero así como del tipo de minería que ejerce, ya que no es lo mismo la minería de subsistencia que la mediana minería.
En consecuencia, el senador Alejandro Corrales, resalta que hoy más que nunca cobra gran relevancia la aprobación urgente del Proyecto de Ley 314 como autor del mismo, para establecer un marco jurídico especial en materia de legalización y formalización minera, y el Proyecto de Ley 510 de 2021 que facilita el acceso a los servicios del sistema financiero y asegurador.
Asimismo, reitera que la minería, en la cual se encuentran los mineros tradicionales, barequeros y de subsistencia, es uno de los motores más importantes para el desarrollo del país ya que le aporta al Sistema General de Regalías 5 billones anuales, además de que contribuye con el 1,6 % del PIB nacional y, como si fuera poco, genera 1 250 000 empleos.
Se solicita al Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio de Minas y Energía, así como al Congreso que estos proyectos estén acompañados de iniciativas sociales y de la institucionalidad para apoyar a las familias mineras a lo largo y ancho del territorio nacional.
Una vez se logre tener un proceso exitoso de formalización, sostiene que será posible finalmente atacar la verdadera minería criminal y eliminar de una vez por todas este flagelo que golpea fuertemente a miles de familias que dependen de esta actividad y al país entero.
Finalmente, hace un llamado a todas las autoridades del orden nacional al consenso para impulsar y agilizar todos los mecanismos de formalización que ayuden a solucionar esta problemática estructural de nuestros mineros.