El artículo 235 de la Constitución Política señala que entre las atribuciones de la Corte Suprema de Justicia está investigar y juzgar a los miembros del Congreso. Así mismo, recalca que "el fuero solo se mantendrá para las conductas punibles que tengan relación con las funciones desempeñadas". Sin embargo, no reglamentó el procedimiento. Menos mal que la constituyente de 1991 dejó sin efecto jurídico el artículo 107 de la constitución anterior que establecía la inmunidad de senadores y representantes a la Cámara.
Tras dos años de investigación, la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia ordenó la medida restrictiva de la libertad a Álvaro Uribe Vélez, pues dictaminó que "existe gran cantidad de material probatorio recaudado". Esto lo hizo amparado en la Constitución Política, más específicamente en el artículo 186, el cual señala que: "Los delitos que cometan los congresistas conocerán en forma privativa la Corte Suprema de Justicia, única autoridad que podrá ordenar su detención. En caso de flagrante delito deberán ser aprehendidos y puestos inmediatamente a disposición de la misma corporación".
Uribe escogió la hacienda El Ubérrimo, ubicada a 20 kilómetros del casco urbano de la ciudad de Montería, como lugar de detención. Días después, la defensa de Uribe salió al paso y envió a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia sus argumentos para señalar que su caso no es de injerencia de la Corte sino de la Fiscalía, luego de la renuncia de Uribe a su curul en el Senado. Además, los supuestos delitos de soborno y fraude procesal en calidad de cómplice, por los cuales se le acusa, no los cometió en el ejercicio de senador, por tanto su investigación debe realizarla dicha entidad de la rama judicial del poder público.
Otras de las razones de querer que la Ficalía lo juzgue es, según Uribe, que la alta corte está sesgada y politizada. Precisamente el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria sustenta su objetividad e imparcialidad para investigar y juzgar aduciendo que genera a su favor dos ventajas: la primera, la economía procesal; y la segunda, escapar a la posibilidad de los errores cometidos por los jueces o tribunales inferiores. A esto se suma la posibilidad de ejercer la acción de revisión, una vez ejecutariada la sentencia.
La corte aún no se ha pronunciado si es de su competencia juzgar al exsenador Uribe. Cabe recordar que la Sentencia C-545/08 de la Corte Constitucional dictaminó que se debían adoptar "las medidas necesarias para que sea separada, dentro de la misma Corte Suprema como juez natural en estos casos, la función de investigación de aquella correspondiente al juzgamiento". En ese orden de ideas, los cinco magistrados que investigaron a Uribe no seguirían en el caso, sino que este sería remitido otros tres magistrados de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que no hayan participado en la decisión. Ese sería el caso si lo sigue investigando la corte.
Ahora bien, suponiendo que el alto tribunal lo juzgue y lo encuentre culpable, ¿podrá Uribe impugnar el fallo y solicitar una segunda instancia? En este caso, solo aplica para los congresistas condenados por la Corte Suprema de Justicia, según el Acto Legislativo 01 de 2018 del Congreso.
Las opiniones están divididas para saber cuál organismo debe asumir el proceso de Uribe, ya sea que le corresponda a la Corte Suprema de Justicia o a la Fiscalía General de la Nación. Para algunos expertos como Ricardo Calvete Rangel, expresidente de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con unas declaraciones realizadas a un medio escrito en el 2015: "La competencia para investigar, acusar y juzgar a congresistas la tiene la Corte Suprema de Justicia, bien sea por hechos cometidos antes de llegar al Congreso o durante su permanencia en el Congreso tienen ese fuero especial". Otros, como Alfonso Gómez Méndez, exfiscal, exprocurador y exministro de Justicia, el proceso de Uribe debe asumirlo la Fiscalía.
Independiente de cuál organismo asuma el proceso de Uribe, el país se manifestará en pro o en contra, según los intereses o opiniones de cada quien. Además, la polarización seguirá y se cuestionará la decisión que se tome. Si la Corte Suprema asume el proceso, los partidarios de Uribe dirán que es un claro sesgo político para culpar a Uribe y que detrás están las Farc y la izquierda. Si lo asume la Fiscalía saldrán a relucir los contradictores de Uribe y dirán que sí hay gente por encima de la justicia.