Desde la llegada del presidente Iván Duque Márquez al Palacio de Nariño, las relaciones pacíficas que habían sido fundadas por el gobierno del expresidente Juan Manuel Santos y las FARC se han visto afectadas debido algunas conductas aplicadas por el actual gobierno; conductas previamente advertidas, puesto que durante la campaña a la presidencia, Iván Duque obtuvo gran apoyo al ser postulado por Álvaro Uribe Vélez, quien en sus años de gobierno demostró su discrepancia frente a cualquier acuerdo que concluyera en el cese de la guerra contra grupos al margen de la ley.
Han pasado menos de dos años desde el posicionamiento del actual presidente y ya se han evidenciado desacuerdos, rompimientos de los acuerdos, nuevos grupos armados al margen de la ley, disidencias y fortalecimientos de antiguos grupos. Pero ¿a qué viene toda esta información? Durante décadas en Colombia, el Servicio Militar es obligatorio, y aunque se haya prohibido el reclutamiento, no cabe duda de que en algún momento puede estallar la guerra y recurrir nuevamente al reclutamiento en zonas rurales y urbanas. Es muy probable que en nuestra forma de pensar en la actualidad no exista cabida con respecto a que las guerras deban ser libradas por personas que han sido obligadas a enlistarse, a eso se le conoce como objeción de conciencia.
En Colombia, el derecho a la objeción de conciencia está “garantizado” en el Artículo 18 de la Constitución Política: “Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia”. Sin embargo, no estar de acuerdo con el reclutamiento, a pesar de que esté en contra de tus valores morales y concepción ética, es considerado un delito, ya que solo serás exento si dentro de tu objeción de conciencia se encuentran: ser hijo único, estar casado, ser víctima del conflicto, entre otras.
Como resultante dentro de la norma, en algunos casos la objeción de conciencia puede terminar en incurrir en alguna falta jurídica, puesto que, si de ello dependiera, todos estaríamos exentos de la justicia solo por hacer uso de este derecho. Por esta razón es necesario conocer y entender bajo qué circunstancias la ley puede protegernos, así como Jesús Morales León en su libro Ética del Comunicador Social explica que también la objeción de conciencia “se da cuando una persona se niega a respetar una ley que considera injusta”, siempre y cuando esté permitido discrepar dentro de los parámetros que esta ley emplea y el sistema que la sostiene.
En conclusión, es muy probable que en un futuro no tan lejano el gobierno vea necesario el reclutamiento de jóvenes en zonas rurales y urbanas para prestar el servicio militar, pero también es de mucha utilidad entender que cada persona puede hacer uso de la objeción de conciencia para disentir a algún llamado o citación que le pueda constreñir respecto a una toma de decisión, en este caso el llamado a Prestar el Servicio Militar, que es obligatorio en Colombia.