El desconocimiento al soldado colombiano (I)

El desconocimiento al soldado colombiano (I)

Análisis de la vulneración al derecho a la igualdad que viven, de distintas maneras, los miles de colombianos que entregaron sus vidas a las fuerzas militares de Colombia

Por: Coronel Rafael Arturo Plazas Vega
abril 06, 2020
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El desconocimiento al soldado colombiano (I)
Foto: Vía Twitter

Por increíble que parezca, los soldados de Colombia, siendo la institución con mayor aceptación y respaldo por parte del pueblo durante lo trascurrido del siglo XX, han soportado durante muchos años lo que podría ser la mayor paradoja en el país: no se les permite acceder al derecho a la igualdad consagrado en el artículo 13 de la Constitución Política de Colombia para el cumplimiento de la ley 4 de 1992.

De hecho, el mencionado artículo indica que: “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.”

Por lo que, al revisar la ley 4 de 1992 que trata sobre “Régimen Salarial y Prestacional de los Empleados Públicos y Prestaciones Sociales de los Trabajadores Oficiales”, coincidencialmente también en su artículo 13 ordena que: “En desarrollo de la presente Ley el Gobierno Nacional establecerá una escala gradual porcentual para nivelar la remuneración del personal activo y retirado de la Fuerza Pública de conformidad con los principios establecidos en el artículo 2º.”    

Bajo esas condiciones, otras entidades del Estado como por ejemplo la Rama Judicial, los educadores y el Congreso lograron una nivelación salarial acorde a sus trabajos y responsabilidades, aunque para obtener dicho beneficio optaron por la realización de cese de actividades y demás presiones contra el Estado. Por el contrario, para los militares (la denominación de Soldado se hace para todo militar sin distinción de su grado o jerarquía militar) el cumplimiento de dicha ley no ha sido posible.

Primero, la nivelación salarial que nombra esta ley, tiene como objetivo primordial la creación de sueldos en cada grado de acuerdo a la cabeza o máxima jerarquía en la organización, así, los militares tendrían a los Generales con el sueldo TOTAL del ministro de defensa en un porcentaje FIJO desde la aplicación de la ley. De tal manera que, los porcentajes de los sueldos de los militares quedarían fijos de acuerdo al sueldo del ministro, por ejemplo, el General ganando 98%, el coronel 85%, el teniente 55%, sargento mayor 65%, cabo segundo 35% (cifras creadas ficticiamente por el autor solo para este artículo), todos esos porcentajes de acuerdo al 100% de lo devengado por el ministro de Defensa.

Segundo, se debe recordar que Colombia para esos años sufría intensamente las acciones de los narcotraficantes en contra de sus habitantes y la administración estatal había sido permeada por esos dineros “malditos” (una amenaza muy parecida hoy se presenta), dando solidez a los funcionarios públicos para que no “vendieran” la dignidad del país por unos cuantos pesos para cubrir sus necesidades personales y familiares. En realidad, la ley 4 de 1992 se creó especialmente para enfrentar a esos grupos que amenazaban con la destrucción del Estado colombiano, en gran parte de las instituciones y entidades públicas se logró dicho objetivo, pero la situación en los cuarteles siguió prácticamente igual: hubo algunos aumentos significativos en los oficiales de insignia (Generales y Almirantes) y los coroneles, sin que se hubiera cumplido dicha “nivelación salarial”. A pesar de todo, los militares continuamos trabajando para defender al país, mantener su democracia y llevar hasta el último rincón de Colombia una voz de esperanza y aliento, claro con un porcentaje de corrupción en casos muy aislados y que no sobrepasó el 0,5% de sus efectivos.

Tercero, entre el año 1997 y 2004 no se hicieron los aumentos salariales a los miembros de las fuerzas militares de acuerdo al IPC, lo cual llevó a cientos de demandas por parte de los militares en retiro, a los activos no se les permitió realizar dichas demandas por el temor de ser retirados del servicio activo porque la entrega y sacrificio por el país no daba tiempo para pensar en reclamar por un derecho para nosotros los militares en actividad. Lamentablemente, a los militares que se retiraron hasta enero de 2004 los jueces les reconocieron el aumento del IPC y las debidas indemnizaciones, pero a partir de ese año, todos los militares que pasamos al retiro y a pesar de instaurar las demandas respectivas, los jueces no han aprobado ninguna indemnización por haber tenido aumentos salariales por debajo del IPC durante algo más de siete años. Hoy, parece increíble que una parte de los militares en retiro tengan una asignación salarial diferente a la otra parte con diferencias muy grandes.

Cuarto, no se debe desconocer el sacrificio y entrega de nuestros soldados cuando así lo ha pedido el país, lo cual ha sido casi desde su misma independencia en el año 1819, por esa razón vale la pena recordar a Calderón de la Barca quien magistralmente supo definir a los militares en el siglo XVIII y aprovecho para recordar solo una parte, aunque debería ser toda la poesía, que a la letra dice: “…fama, honor y vida son, causal de buenos soldados, que, en buena o mala fortuna, la milicia no es más que una religión de hombres honrados”.

Por último, hoy los políticos juegan con el derecho al voto de los soldados a sabiendas que, si se les diera ese derecho, muy probablemente serían atraídos por quien les prometa darles derechos a la igualdad como el que aquí he explicado, con una nivelación acorde a la ley y el reconocimiento de la diferencia del aumento salarial de acuerdo al IPC sucedida entre el año 1997 y 2003. Sin embargo, con derecho o no al voto, hoy Colombia requiere de soldados entregados a su patria, que sigan haciendo presencia hasta el último rincón del país, que hagan presencia ante cualquier amenaza a pesar de estar en las condiciones muy adversas y riesgosas como hoy sucede con el COVID-19, que sean garantes de la paz, que se entreguen por nuestra independencia, que defiendan la soberanía e independencia, que den la vida por sus habitantes y que mantengan el liderazgo en los sueños de un mejor mañana, pero para que eso sea más probable necesitamos que en casos como este, se nos otorgue “EL DERECHO A LA IGUALDAD”.

Para mayor claridad, los próximos artículos estarán dedicados a mostrar a todos los lectores los “costos monetarios” de los “servicios” que reciben los militares en Colombia, gastos personales desconocidos por las personas del común en el país y que los activos nunca podrán explicarlo al país, por lo que acudo al juramento a la bandera nos lo exige a los que ya estamos en el retiro: “… y no abandonar a sus superiores, subalternos o compañeros, en acción de guerra ni en ninguna otra ocasión”, y así trataré de hacerlo por el bien de todos nuestros soldados.

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