El jueves 9 de agosto de 2007, a las 4:00 de la mañana, como era habitual, Ulpiano Ortiz Fajardo viajó de Piendamó, donde vivía, a Popayán a comprar mercancía en la Galería la 13 y luego revenderlas. Usualmente lo acompañaba Jairo Alexis Castro, quien lo ayudaba en su negocio y también se desempeñaba como ayudante de transporte público. Ese día ninguno de los dos regresó.
Se sabe que Ulpiano llegó hasta la Terminal de Transportes de Popayán, pero su rastro se perdió en la ciudad y nunca tomó de vuelta el bus hacia Piendamó. La sorpresa llegó cuando la familia, en medio de la zozobra, escuchó en la radio los nombres de Ulpiano Ortiz y Jairo Alexis Rocha, identificados como supuestos guerrilleros del ELN, muertos en combate en la zona rural de Timbío con tropas del Batallón de Alta Montaña No 4 BG Benjamín Herrera Cortes, de la Brigada 29 del Ejercito Nacional. El comandante del ejército en la jurisdicción del Cauca era el General Leonardo Barrero, quien fue comandante de las Fuerzas Militares en 2013 por designación del presidente Juan Manuel Santos y candidato a la gobernación del Cauca por el Centro Democrático. Con el tiempo se vería sus actuaciones y hoy carga un expediente por aparentemente intentar obstruir investigaciones por falsos positivos, además de ser señalado de autorizar una operación militar en la que fueron asesinados tres campesinos en Pisba, Boyacá en 2005.
Sus familiares viajaron primero a Popayán y luego a Timbío buscando información en la sede de la Fiscalía. Según el informe, a Ulpiano le habían decomisado una escopeta y el cadáver presentaba un trauma cráneo encefálico severo y laceración cerebral. Sin tiempo para duelo, lo enterraron sin estar convencidos de la versión oficial. De inmediato buscaron abogados y toparon con el nombre de Sofía López, integrante de la Corporación Justicia y Dignidad.
Los hallazgos de la abogada no se hicieron esperar. La “Orden de operaciones Eclipse”, que sustentó la Misión Táctica “No 70 Antorcha II”, y justificaba las muertes, nunca existió. El anexo de inteligencia que la soportaba y la misión táctica aparecía fechada el 8 de agosto de 2007, el mismo día que la compañía Coral empezó a ejecutarla. Evidencia clara de la ilegalidad del operativo militar. Este sería uno de los soportes para su alegato en la demanda ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con sede en Washington.
Además, encontró que el anexo de inteligencia señalaba que los “hechos delictivos” habían sucedido el 28 de agosto de 2007, es decir, 19 días después de la muerte de Ulpiano Ortiz. Tampoco se encontró rastro alguno que confirmara que Ulpiano disparó el arma que se le incautó, y para rematar, 3 de los 8 disparos que recibió se hicieron a una distancia menor a los 50 centímetros.
Conseguir la documentación no le había resultado a Sofía López un camino fácil. El Juzgado 54 de Instrucción Penal Militar dilató la entrega todo lo que pudo y según ella era clara la intención de evitar que los soldados Juan Pablo Carmona Garves, Daniel Ramos Rodríguez, Jhon Janner Gutiérrez Coy, José Elvis Palacio Mena, Misael Hernández Bahos, Wilson Manrique Suárez y el Teniente Martín Hernando Nieto Melo, testificaran sobre el crimen de Ulpiano y Jairo Alexis Castro.
La abogada encontró más evidencias graves de irregularidades. En el expediente aparece una certificación de la sección de inteligencia –S2- del pago de recompensa por $ 3.000.000 por información sobre la supuesta pertenencia de las víctimas al ELN. Sin embargo, el oficial Gutiérrez Coy, quien formaba parte del S2 y quien comandó la operación militar que dio muerte a Ulpiano Ortiz y Jairo Alexis Castro, manifestó en su indagatoria no tener información sobre la pertenencia de las víctimas al ELN.
La prueba forense que reposa en el expediente no mostraba que Ulpiano hubiera disparado y en la inspección judicial de la escena del crimen, los funcionarios del CTI establecieron que era “un arma de fuego tipo Carabina de fabricación artesanal, con un proveedor para la misma con tres cartuchos alojados en el mismo y otro cartucho alojado en la recamara sin signos de percusión”.
El 16 de julio de 2010 la abogada envió un derecho de petición a la Fiscalía General solicitando que la Justicia Penal Militar suspendiera la investigación por falta de garantías y posteriormente el 16 de diciembre de 2011 le exigieron al Juzgado 54 de Instrucción Penal Militar que remitiera el proceso a la justicia ordinaria.
Pero los abogados de la Corporación Justicia y Dignidad no se sentaron a esperar. Sin dejarse atrapar por la lentitud de la jurisdicción militar, en el 2012 presentaron escalaron a la justicia internacional. Dado que ya habían transcurrido cinco años sin respuesta por parte de la justicia colombiana, le solicitaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos asumir el caso. A mediados de 2019 admitieron el caso. Se había configurado la causal de “agotamiento de recursos interno prevista en la Convención Americana de los Derechos Humanos”.
En Colombia, el asesinato de Ulpiano Ortiz, uno de los más de 5 mil casos de ejecuciones extrajudiciales ya está en la justicia ordinaria, pero lo importante para los familiares y la Corporación Justicia y Dignidad es que el caso ya tiene la lupa internacional encima y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos condene al Ejército y al Estado.
*Conductor de Unicauca al Día Radio el informativo.