El arroyo Bruno o la confabulación de los poderosos

El arroyo Bruno o la confabulación de los poderosos

MinAmbiente comunicó que se “ha culminado su trabajo con lo que se espera dar por satisfecho el propósito de la Sentencia de la Corte Constitucional"

Por: ELIMENES BRUGES GUERRA
abril 21, 2022
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El arroyo Bruno o la confabulación de los poderosos
Foto: Cortesía (cinep.org)

El seis de abril pasado, la Dirección de Asuntos Ambientales Sectorial y Urbana del Ministerio del Ambiente, comunicó en relación con el Arroyo Bruno, que la Mesa de Trabajo Interinstitucional (MTI) “ha culminado su trabajo con lo que se espera dar por satisfecho el propósito de la Sentencia de la Corte Constitucional SU-698 de 2017”.

En otras palabras, lo que quieren decir es que se terminaron los estudios técnicos, que el Arroyo Bruno es el más estudiado del mundo, que el estudio completo sin incertidumbres sobre los impactos ambientales y sociales de la modificación del cauce de arroyo que la Corte Constitucional había ordenado ya está concluido y que hay vía libre para utilización del cauce artificial porque es mejor que el natural.

La MTI ha decidido ya que el desvío del Arroyo Bruno es mejor para las comunidades que el mismo cauce natural porque la tecnología aplicada superó los estándares y ya no quedan incertidumbres sobre los impactos ambientales y sociales. No lo recuerdan, pero las comunidades no olvidan, que para la multinacional ya estaba demostrado que es mejor el nuevo cauce porque le permite extraer cuarenta millones de toneladas de carbón sin el estorbo del Bruno.

Claro, que ya se suponía lo que iba a pasar. En primer lugar, es sabido que las empresas del carbón a cielo abierto como el que nos toca, tienen primero que descapotar para llegar al mineral. Y en ese descapote cae lo que sea con tal de dejar el carbón a “flor de piel”. Por eso han caído, cuerpos de agua, cementerios, plantaciones agrícolas y hasta pueblos nativos afros y wayús. El objeto social de las multinacionales es explotar el carbón y si hay que llevarse vidas, costumbres y comunidades que estorban el proceso, se las llevan.

En segundo lugar, no es de ahora que el gobierno nacional se inclina ante el poder económico de las multinacionales. Por ello el cumplimiento de las Sentencias de la Corte Constitucional recorren caminos sinuosos y muchas terminan en la práctica, en determinaciones tibias que no protegen a las comunidades afectadas.

En el caso que nos ocupa, desde la misma conformación de la MTI, con más participación de las entidades que de las comunidades afectadas y la sociedad civil comprometida, se intuían los resultados.

Tanto, que los accionantes de la Sentencia SU-698 de 2017 y los representantes de las comunidades Paradero y La Gran Parada se habían retirado de la misma porque sus apreciaciones no eran consideradas en las reuniones.

Por ello en un comunicado en el año 2021 decían: ¿Qué garantías tenemos las comunidades cuando en las reuniones las cerca de 17 instituciones del Estado se han puesto del lado de la empresa? ¿Qué garantías tenemos cuando el mismo Gobierno declara que la expansión de la explotación del tajo la Puente es un Proyecto de “Interés Nacional Estratégico”?

En tercer lugar, no es la primera intervención que se hace en los cuerpos de agua que obstaculizan la extracción del carbón. Además de víctimas, las comunidades han sido testigo de la desecación de los arroyos Oscuro, Bartolica, La Reserva, San Vince, Araña de Gato, La Pobrecita, la Latina, Bejucalito y Chivo Feliz, y que de igual modo se alteró el cauce de Potroso, Puisal, San Luis, La Puente y Aguas Blancas. Entonces, ¿que nos queda? El principal, el Rio Ranchería con su Arroyo Bruno, vitales para las comunidades circundantes y para La Guajira en general.

Pero, aquí lo que ha primado es la confabulación de los poderosos contra las comunidades. Es el gobierno nacional genuflexo ante las multinacionales y un séquito de instituciones que les dan más valor a las posibles regalías que a la vida y las costumbres de un conglomerado humano. No les importa ni siquiera lo que digan los organismos de control o la propia Corte Constitucional, mucho menos la opinión científica de los estudiosos sociales.

Esto se asegura porque la misma Contraloría General de la República en su informe de Auditoría de Cumplimiento realizado en junio de 2020 en relación con el proyecto de desvío del cauce del arroyo Bruno, manifiesta que la MTI se desvía de lo ordenado por la Corte Constitucional en la sentencia SU-698 de 2017 en cuanto a que, en pleno desacato, mantiene el arroyo Bruno desviado. Para la Contraloría, la decisión de mantener el cauce desviado se fundamenta en análisis económicos de costo –beneficio sin tener en cuenta los valores ecológicos que están en juego y que son altamente sensibles y sin sustitutos para las comunidades. No les pararon bolas y el proceso siguió como si nada.

Solo queda a las comunidades insistir en su lucha con el apoyo de la sociedad civil y esperar que las dos mujeres pertenecientes a la etnia Wayuu que llegan al Congreso de la República, Martha Peralta Epieyú y Karmen Ramirez Boscán, saquen la casta y custionen, como debe ser, las determinaciones que hoy se toman en contra de los intereses y de la vida de las minorías étnicas del Departamento de la Guajira.

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