Dra. Marta Lucía, no les entregue el Galeón San José a los españoles

Dra. Marta Lucía, no les entregue el Galeón San José a los españoles

Advertencia a la vicepresidente para que no feríe nuestra riqueza por la vía de la Convención de la Unesco, que va a terminar favoreciendo a nuevos piratas y guaqueros

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mayo 09, 2019
Dra. Marta Lucía, no les entregue el Galeón San José a los españoles

En Colombia, según cifras oficiales de la Armada, solo entre 1965 y 1997, la Dimar recibió 318 denuncias de hallazgos de antigüedades náufragas, restos de naufragios coloniales, de las cuales 261 fueron reconocidas. No se sabe cuántos otros pecios nunca fueron reportados, cientos. Por absoluta carencia de una legislación apropiada y de una política de Estado sobre cómo conservar estas cápsulas de tiempo, ninguno fue recuperado con los protocolos arqueológicos, todos fueron olvidados y seguramente esos 318 pecios ya desaparecieron todos, expoliados mientras dormían el sueño de los justos en el fondo de nuestros mares y ríos.

El senador Jesse Helms, un ícono de la derecha de Estados Unidos, quien defendió sus ideas conservadoras durante 30 años en el Congreso, un año antes de que se votara en Paris la Convención Para la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, en carta a la Canciller Madeleine Albright, del 27 de junio del 2000, le expresa muy preocupado: “Me he enterado que España, en particular, ha apoyado las disposiciones de un tratado por el cual la Unesco le reconoce a la Corona Española reivindicaciones sobre la propiedad de naufragios españoles que yacen en las costas de Norte y Suramérica. Considero que Estados Unidos debe tomar todas las medidas posibles para derrotar la estrategia de España, pues tiene graves implicaciones para los recursos subacuáticos que se encuentran incuestionablemente localizados en las aguas de los Estados Unidos”.

El 2 de noviembre de 2001, la Conferencia General de la Unesco adoptó la Convención para la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, y aunque Colombia no adhirió, fuimos, por inverosímil que parezca, su gran promotor regional y fue nuestro representante quien ayudó en su redacción. Se trataba, según se decía en España, de “una herramienta legal eficaz que permite proteger nuestra historia sumergida, a fin de evitar que sea saqueada o destruida”, muy bonitas palabras.  Ha quedado patéticamente claro, 18 años después, que los resultados de tantas promesas han sido muy decepcionantes y cada día desaparecen más restos de naufragios en todos los mares del mundo, protección poca, evitar el saqueo, nada. Pero ahora, 18 años después, todo pareciera indicar, que ha tomado nueva fuerza esa iniciativa tan bien intencionada pero tan nefasta para Colombia.   “El camino del infierno está empedrado de buenas intenciones” dijo Dante.

El quid del asunto, la gran discrepancia entre la Convención de la Unesco y nuestra Ley 1675 del 2013, se limita a tres artículos, pero para no extendernos, concentrémonos en un Artículo y una Norma de la tan controvertida Convención. El Artículo No. 2º, inciso 7 reza tajantemente así: “El patrimonio cultural subacuático no será objeto de explotación comercial” y la Norma 2 del Anexo dice: “La explotación comercial de patrimonio cultural subacuático que tenga por fin la realización de transacciones, la especulación o su dispersión irremediable es absolutamente incompatible con una protección y gestión correctas de ese patrimonio. El patrimonio cultural subacuático no deberá ser objeto de transacciones ni de operaciones de venta, compra o trueque como bien comercial.” En Colombia la Ley 1675 permite comercializar ciertos bienes repetidos, monedas, lingotes, esmeraldas en bruto sin engastar, para poder el Estado financiar así estos proyectos de altísimo riesgo sin aportar un solo peso, todos los costos y el riesgo lo corre el contratista. Todas las piezas patrimoniales irán para los museos, sin excepción, comercializando una fracción de los objetos repetidos, no patrimoniales.

En un foro realizado el mes pasado por la Universidad Externado de Bogotá, "Retos y perspectivas de la formación académica en Patrimonio Cultural Sumergido en América Latina", el cual contó, entre otros personajes, con la presencia de la vicepresidenta Marta Lucia Ramírez y del reconocido e ilustre experto de talla mundial, el Dr. Filipe Vieira de Castro, insigne académico de Texas A&M University y escudero de cabecera de la Convención de la Unesco. También los acompañaron otros destacados arqueólogos como Stephanie Crette de Clemson University y Nicolás Ciarlo de la Universidad de Buenos Aires. Llaman la atención dos frases de la vicepresidenta Ramírez pues parecen ser escritas más bien por los expertos de la Unesco y no por ella, y dejan entrever muy posiblemente, una preocupante alineación ideológica del Gobierno con la Convención de la Unesco y con España. Dice la vicepresidenta:

  • "Nuestra historia y el legado de nuestros antepasados no terminará convertido en bienes para negociar por anticuarios, coleccionistas ni cazatesoros del mundo entero."
  • "En particular nos preocupa la posibilidad de que el pago al contratista se realice mediante la entrega de piezas extraídas del galeón San José. Esto significaría que parte de nuestra historia quede dispersa por los anticuarios del mundo y resultaría un precedente inaceptable para el rescate de futuros navíos".

En el 2013, dos exsenadores del partido político Mira, Carlos Alberto Baena, abogado y pastor y Manuel Antonio Virgüez, exmilitar buzo de la Armada, demandaron la constitucionalidad de tres artículos de la Ley 1675, uno relacionado con el concepto de “repetición” y otro con la remuneración al contratista por realizar pagos con bienes del pecio, que, según alegaban, por su naturaleza eran inalienables. Coinciden plenamente las preocupaciones expresadas durante el foro del Externado por la vicepresidenta Ramírez con los motivos de la demanda de los exsenadores del Mira. La Corte Constitucional, sin embargo, no estuvo de acuerdo y declaró exequibles los artículos demandados, expresándose así:

Esta Corporación ha señalado que un bien que integra el patrimonio arqueológico y cultural de la Nación, al ser inalienable, no puede ser negociado, ni vendido, ni donado, ni permutado. Por consiguiente, es inconstitucional la transferencia a los particulares, a título de recompensa de bienes que integran ese patrimonio. Sin embargo, no existe ninguna restricción constitucional para que se realice una remuneración a través de aquellos bienes encontrados que no hagan parte del patrimonio cultural de la Nación.” (énfasis añadido)

En los hallazgos que estén constituidos por bienes y materiales que no hagan parte del Patrimonio Cultural de la Nación, definidos en el artículo 3º de la presente ley, se remunerará al contratista hasta con el 50 % del valor de los bienes que no constituyen Patrimonio Cultural de la Nación. En este caso el Ministerio de Cultura podrá optar por pagar esta remuneración hasta con el 50% de las especies rescatadas que no constituyan Patrimonio Cultural de la Nación o con su valor en dinero. En este último caso, el valor de los bienes se establecerá mediante un sistema de peritaje internacional aceptado de común acuerdo por las partes.

Termina la Alta Corte afirmando que es perfectamente legal pagarle al contratista con los bienes repetidos, que esto “simplemente constituye una manifestación de la libertad de configuración del legislador en la regulación del patrimonio sumergido.”

Muy interesante se presentan todos los complejos engranajes jurídicos del Galeón San José, como para alquilar balcón, se perfilan varias contiendas: 1) Si Colombia decide adherir a la Convención de la Unesco, transfiriéndole el titulo de nuestros galeones a España, puesto que según el Artículo 2º, inciso 8 de la Convención, es el Estado del pabellón el propietario de sus buques y aeronaves hundidos. Ese Artículo 2º de la Convención viola el Artículo 72 de nuestra Constitución el cual establece que “el patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que conforman la identidad nacional, pertenecen a la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles”.  2) La originadora de la tan cuestionada Asociación Publico Privada (APP), MAC Suiza, se irá a molestar considerablemente con este repentino cambio de rumbo ideológico. El plazo para definir la licitación de la APP se cerraba a las 5:00 de la tarde del 10 de agosto del 2018, pero el Ministerio de Cultura publicó su aplazamiento a las 5:02 en el SECOP, dos minutos después de vencido el plazo, abriendo así una ventana de oportunidad para una demanda multibillonaria que seguramente perderemos. 3) En un reconocido diario capitalino se está librando una pelea reminiscente del Yihad, guerra santa sin cuartel de los musulmanes, todos contra un pobre arqueólogo submarino colombiano que cometió el gravísimo pecado de aceptar trabajar con “los Infieles” de MAC Suiza. Terrible porque para los fundamentalistas el pilar de su religión es la Convención de la Unesco que prohíbe ese tipo de alianza non sancta. Triste episodio que nos demuestra lo dividida que está esta joven y apasionante profesión y las pasiones que se generan entre algunos de sus integrantes (los fundamentalistas), especialmente la ira, el odio y el ostracismo. 4) Sea Search Armada, armada con un fallo de la Corte Suprema del 2007 y una ratificación hace un par de semanas del embargo ordenado por la Sala 8 de Decisión Civil del Tribunal Superior de Barranquilla, por el 50 % de los bienes del Galeón San José que no sean patrimoniales, está lista para lo que se le venga. Su representante legal, el Dr. Danilo Devis, habilísimo jurisconsulto y profesor de Derecho, lleva ya 33 años peleando y seguramente tiene varios “rounds” aun por delante, no se va a dejar desplazar por una mera Convención, ni por España ni por MAC Suiza. Solo falta que el Gobierno les permita verificar si está el San José dentro (o muy cerca) del sitio de sus coordenadas registradas en la denuncia de 1982, ¿qué tan difícil puede ser eso? Ir y mirar.

La lógica que Platón llamó la “mentira noble” dice que “si la gente cree esto, hará otra cosa”.  Los amigos fundamentalistas de la Unesco nos han estado tratando de convencer por décadas que nuestros galeones se protegen mejor dejándolos quietos en el fondo oscuro del mar, lo que la tan trajinada Convención establece en el Artículo 2º, Inciso 5 así: “La preservación in situ del patrimonio cultural subacuático deberá considerarse la opción prioritaria antes de autorizar o emprender actividades dirigidas a ese patrimonio.” Si, claro, estamos convencidos. ¿Cuántos submarinos piratas hechos en Colombia es que han aparecido en todas las playas del mundo, abandonados después de servir su nefasto propósito? En la Unesco se les olvida, o no saben, de la idiosincrasia, creatividad e inventiva tan excepcional que han desarrollado los descendientes de los españoles cuando se mezclaron con los indios y negros y que hoy moran en nuestro singular y genial país. No Dra. Marta Lucia, no le entregue nuestro patrimonio sumergido a España, los 1.200 pecios coloniales que aun yacen en nuestros mares (menos 318= 882), por la vía de la Convención de la Unesco. Ese camino es un espejismo que solo beneficia a los piratas y guaqueros submarinos del mundo, pelea de tigre con burro amarrado.

 

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