Tal vez no hay delito más execrable que la desaparición de una persona como instrumento para sembrar el terror y doblegar al enemigo o evitar que otros se le unan. Nada puede destruir más una familia que el dolor eterno de no saber qué pasó con su ser querido, de preguntarse todos los días si está vivo, dónde está, por qué nunca más pudieron comunicarse. Pasan los años, pero en el alma se mantiene aferrada una esperanza, aunque muchas veces la certeza de que puede estar muerto trate de reemplazarla. Es un duelo inconcluso y trasciende a la familia cercana porque golpea a toda la sociedad.
La desaparición forzada de personas es un crimen de lesa humanidad y ya no se asocia solamente con dictaduras, conflictos armados externos o internos o guerras civiles, la doctrina y la jurisprudencia internacional también lo globaliza: los organismos internacionales especializados en el tema hablan del fenómeno de la desaparición forzada de personas, "dentro del contexto mundial", sin especificar requisitos políticos previos, dando a entender que este delito no conoce fronteras ideológicas ya que puede existir tanto en democracias como en dictaduras.
La desaparición forzada de personas es la privación de la libertad de una o varias personas mediante cualquier forma (aprehensión, detención o secuestro), seguida de su ocultamiento, o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de dar cualquier información sobre la suerte o el paradero de esa persona, privándola así de los recursos y las garantías legales. El DIH establece unos agravantes y por ello la desaparición forzada constituye una violación de los derechos humanos cuando los hechos son cometidos por el Estado a través de sus agentes o a través de personas o grupos de personas que actúen con la autorización o apoyo del Estado. La desaparición forzada es un crimen de lesa humanidad cuando, entre otras características, los hechos se cometan de manera generalizada (multiplicidad de víctimas) o sistemática (como parte de una práctica frecuente)
Otra característica de la desaparición forzada es que se entiende que es un delito continuado y permanente, es decir, que el delito se sigue cometiendo todos los días desde la desaparición de la persona hasta que se establezca el destino o paradero de la misma. Es un delito imprescriptible, lo que supone que el delito y la acción penal derivada del mismo no desaparecen por el paso del tiempo. Así mismo, a diferencia del secuestro, que es un delito instrumental, es decir, un medio para conseguir un fin diverso, la desaparición forzada es un fin en sí misma: la desaparición de una persona o de un grupo de personas para destruir al adversario.
Un secuestro puede terminar siendo un homicidio, cuando los restos de la víctima se recuperan; pero serán desaparición forzada cuando los perpetradores desaparecen hasta los restos de la víctima asesinada y no dan razón de su paradero.
La desaparición forzada de personas es prohibida por el artículo 12 de la Constitución Política de Colombia y es un delito penal prohibido por la Ley 589 de 2000, recogido en el artículo 165 del Código Penal colombiano. Internacionalmente la prohibición y sanción de la desaparición forzada se recoge en la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra la Desaparición Forzada (la cual Colombia aún no ha ratificado) en el seno de las Naciones Unidas, y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, que entró en vigor para Colombia en 2005. Por eso, una de las causas de imposibilidad de castigo de este delito con relación a conductas anteriores al año 2000, es que no se encontraba vigente anteriormente, se hablaba entonces de secuestro agravado, y es interesante leer el debate suscitado en torno al caso del Palacio de Justicia de 1985, donde la retroactividad de la tipificación de la conducta si se aplicó al personal militar que participó en la retoma del Palacio, invocando una adecuación de la normativa internacional al Decreto 100 de 1980, que establecía el Código Penal Vigente para la época de los hechos.
En Colombia, el Centro Nacional de Memoria Histórica señala una cifra de 82.998 familias colombianas que sufren la ausencia de sus seres queridos y la incertidumbre que produce la falta de noticias o de evidencias que den cuenta de qué sucedió con sus familiares en el período de 1958 a noviembre 15 de 2017; en 2016, la misma organización decía que 60.630 personas habían desaparecido forzosamente en los últimos 45 años a raíz de la guerra interna en Colombia. Así mismo, se dice que los responsables de estas desapariciones forzadas (en el 52% de los casos que han podido determinarse, pertenecen a: grupos paramilitares: 26.475 (62,3%), guerrillas: 10.360 (24,3%), grupos posdesmovilización: 2.764 (6,5%), agentes de Estado: 2.484 (5,8%), agentes de Estado-grupos paramilitares: 388 (0,9%). Casos sobre los que se tiene información: 42.471.
En el caso de las guerrillas la información judicial establece como responsables a las Farc que con 3.606 casos, el ELN con 622 y cerca de 6.000 casos no identifican a la guerrilla específica, pues las desapariciones ocurrieron en áreas donde accionaban conjuntamente o existían disputas territoriales; hay informaciones de personas que fueron secuestradas, asesinadas y desaparecidas como consecuencia de esas disputas, o que por su procedencia social (campesinos, colonos, pequeños comerciantes), no son consideradas por las autoridades como objetivos económicos e incluso miembros de otras organizaciones delincuenciales ejecutados y desaparecidos para amedrentar a los rivales que disputaban el control territorial.
En ese grupo de colombianos desaparecidos también deben tenerse en cuenta 112 militares (según reportes oficiales, según algunas ONG la cifra asciende a 196); 78 son soldados; 22, suboficiales; 5 civiles y conductores; 5 agentes de inteligencia; y 2 son oficiales tenientes; a las Farc se atribuyen la mayoría de los casos, con 68 según el registro del Ejército. El Eln sería responsable de 10 desapariciones, en 33 casos no se ha establecido un responsable y un caso es de un militar que desapareció luego de sufrir un accidente aéreo en actos del servicio militar. Sin embargo, existen dificultades de consolidar información sobre la cantidad de militares activos y militares de la reserva que fueron desaparecidos forzosamente; existe un sin número de casos de personas que en algún momento pertenecieron a la institución y luego de su retiro fueron víctimas de desaparición al considerarlos una amenaza para los intereses de los grupos armados por su ascendencia social en Juntas de Acción Comunal u organizaciones similares, bastaba con tener un grado como reservista para ser calificado como objetivo militar por los grupos armados ilegales.
Puede haber un subregistro con los actores que aún siguen en armas. Como es el caso de los Grupos Armados Posdesmovilización (GAP); ahora llamados residuales o disidencias como referencia a desmovilizados de todos los grupos que reincidieron en el delito o quienes jamás se acogieron a los procesos de desmovilización y desarme, desde los años 90.
En esa aterradora cifra de desaparecidos seguramente se cuentan las 1.050 personas cuyos cadáveres nunca fueron reclamados en Medicina Legal, seres que murieron en las calles donde vivían en indigencia; nunca se sabrá con certeza cuántas personas de todas las edades fueron desaparecidas en lúgubres sitios como el Bronx y los más de 200 centros de venta y consumo de narcóticos solo en Bogotá, pero testigos que sobrevivieron a ese horror cuentan que los capos de la droga tenían hasta cocodrilos para devorar los cadáveres de sus víctimas; no es una fábula que tal práctica fue usual por los matones de los carteles de la droga, ni tampoco los hornos crematorios o las fosas comunes que dejaron a su paso todas las organizaciones armadas ilegales en el país.
Pero más allá de las frías cifras y estadísticas, de la naturaleza de los perpetradores de tan execrable delito, la sociedad colombiana debe rechazar su práctica y exigir respuestas. La desaparición forzada de personas no tiene absolutamente ninguna justificación por razones ideológicas, políticas, militares o económicas. Los responsables de este delito no pueden invocar el perdón y olvido de la sociedad después de tanto sufrimiento causado y que no termina hasta que no se conozca la verdad.
Existiendo víctimas y victimarios en todas las orillas del espectro ideológico, no le hace ningún favor a la verdad, a la justicia para las víctimas, a los miles de familias que esperan alguna noticia, que un grupo o sector pretenda apoderarse como patrimonio político la vocería, incluso con violenta exclusión de los demás sectores; como sociedad no podemos prestarnos a ese juego perverso que pretende mostrar al contrario como el monstruo y minimizar las propias culpas; la marcha programada para este 26 de julio debería ser una oportunidad para integrar a todos los colombianos en torno a ese clamor por verdad, justicia y reparación, pero desafortunadamente se repite la historia y hay sectores políticos apoderándose de ella; nada más paradójico y motivo de división social, de polarización como se dice hoy, que, por ejemplo, las Farc, con una gran responsabilidad histórica en la desaparición de colombianos, aparezca ahora convocando a protestar contra las desapariciones y que la JEP, que por su naturaleza debería estar al margen de toda expresión ideológica o política, aparezca convocando al mismo acto.
Por la verdad, la justicia y una verdadera reparación de las víctimas del conflicto, como colombianos debemos reprochar ese oportunismo político, provenga de donde provenga, y si se quiere comenzar a restaurar heridas y avanzar hacia la reconciliación como paso indispensable para consolidar la paz. No permitamos que los político se apropien, para su provecho, de la demanda de castigo a los responsables o que la justicia, en cabeza de sus representantes, asuma posiciones políticas que obstaculizarán la imparcialidad que deben garantizar a todos los ciudadanos.