El Presidente Gustavo Petro en el 'Foro Iberoamericano: retos de la formalización laboral' de 2022 sostuvo “En el mundo formal creemos que el contrato de prestación de servicios no laboral, que encubre una relación laboral de manera mentirosa, solo para sobreexplotar al y a la trabajadora, debe pasar a la historia y que debemos volver a las relaciones laborales pactadas”.
A través de sus diversas alocuciones el presidente ha manifestado que su interés, convicción y objetivo como gobernante es “Que los trabajadores y trabajadoras de Colombia tengan mejores salarios, más descanso y mayor estabilidad laboral”, esto avivó la esperanza y anhelo de miles de trabajadores que vienen siendo objeto de vulneración de sus derechos laborales, para que el Estado les brindará las garantías necesarias para resarcir sus condiciones laborales.
Pero infortunadamente ad portas de cumplir 2 años de gobierno, el panorama para los trabajadores sigue igual, los Contratos de Prestaciones de Servicios son el pan de cada día, los trabajadores siguen siendo atropellados y sus derechos laborales siguen siendo vulnerados, paradójicamente por institucionales de carácter estatal, lo que va en contravía del discurso e iniciativa del presidente de la República, quien simboliza la unidad nacional, es el jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa del país.
Es irracional e inentendible que entidades estatales realicen Nombramientos Provisionales Discrecionales por “especiales razones del servicio” para hacer nombramientos en cargos de carrera por tiempo determinados guardándose la facultad de dar por terminado la relación laboral sin mediar de manera clara, detallada y precisa cuáles son las razones por las cuales se prescindirá de los servicios del funcionario en cuestión, contrariando con ello la Constitución Política, derechos y garantías laborales de los trabajadores.
Así mismo, encontramos otras entidades que pretenden desconocer que, si es bien cierto, celebran Contratos de Prestación de Servicios, de acuerdo a la Constitución Ley y Jurisprudencia están encubriendo una relación laboral, puesto que independientemente del contenido y denominación del contrato celebrado prima la realidad sobre las formas como lo establece el Artículo 53 de nuestra constitución política.
Es así como encontramos que, aunque el contrato de prestación de servicios es desnaturalizado, toda vez que existe una actividad personal del trabajador, un salario o retribución y una continua subordinación o dependencia del trabajador respecto a la entidad, estas pretenden desconocer la relación laboral para no tener que reconocerles sus derechos, acreencias y prestaciones.
Es inaceptable e inconcebible que en el Gobierno del CAMBIO donde se propende por la reivindicación de los Derechos Laborales de los colombianos y se busca a toda costa la formalización de los Contratos de Prestación de Servicio, sean sus entidades las principales culpables de estos atropellos y auspiciadores de la celebración de contratos que van en contravía con la constitución y la ley laboral del país.
Como dice un viejo adagio popular el ejemplo comienza por casa, entonces las entidades del Estado son las primeras llamadas a garantizar los derechos de sus empleados y que estos tengan mejores condiciones, estabilidad y garantías laborales, de lo contrario es como pretender llenar el embalse San Rafael en época de sequía con balde para suministrar agua a los bogotanos.