Ya se cumplió el primer año de haberse conocido el fallo de la CIJ en la Haya, en el que se hace abstracción de aspectos jurídicos contenidos en la Ley del mar, para con cuestionables argumentos sobre la equidad y la proporcionalidad, se le arrebatan a Colombia algo así como 75.000 kilómetros cuadrados de sus aguas marítimas jurisdiccionales.
Y han pasado casi tres meses desde la promulgación del Decreto por medio del cual se reglamentan artículos de la ley 10 de 1978 en lo concerniente al mar territorial, la zona contigua, algunos aspectos de la plataforma continental de los territorios insulares colombianos en el Mar Caribe Occidental y a la integridad del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
La primera pregunta que surge es: ¿Por qué tan solo después de 35 años se reglamenta algo que debió hacerse inmediatamente después de promulgada la citada ley? La segunda sería, si ya se trazaron las líneas de base en los territorios insulares en el Mar Caribe Occidental, tal como se ordena en el artículo tercero del citado Decreto. Y si no ha sido así, ¿para cuándo está previsto que se cumpla?
De la posición asumida por el Gobierno de Colombia en alocución del presidente Juan Manuel Santos el 9 de septiembre, bien podríamos asumir que la Armada Nacional y la Fuerza Aérea continúan ejerciendo soberanía en las mismas aguas que por tradición y por tratados binacionales, tienen bajo su responsabilidad.
Aquí los cuatro puntos fundamentales de la decisión:
1. Declaratoria de inaplicabilidad del Fallo (argumentado en el artículo 101 de la Constitución que lo impide).
2. Decreto de la existencia de una zona contigua integral. (haciendo referencia al archipiélago de San Andrés, Providencia, Santa Catalina, islotes, cayos, morros y bancos que le pertenecen, como reza el citado artículo).
3. Protección de la reserva Seaflower
4. Freno el expansionismo de Nicaragua (con relación a su pretendida demanda sobre la plataforma continental extendida).
¿Cuáles y para cuándo, son los pasos que deberían darse con relación al recurso de interpretación?
Sobre el recurso de Revisión, pareciera ser que el Gobierno, deliberadamente, está dejando prescribir el tiempo dentro del cual es posible hacerlo, y este no se extiende más allá del 13 de diciembre. Haría bien el Presidente, en explicarle a los colombianos cuáles son las razones para desecharlo, pues al respecto, no deja de ser extraño que el Gobierno desconozca los muy juiciosos argumentos que hace la ex canciller Noemí Sanín, relacionados con hechos no conocidos y que ponen en evidencia que, antes de producirse el fallo ya se estaba negociando un canal que incluía las aguas en litigio.
Los siguientes son apartes del texto de la entrevista que le hace María Isabel Rueda a la ex canciller, publicada en el diario El Tiempo, el 12 de noviembre: “Nosotros encontramos un documento oculto, firmado 19 días antes de que se diera a conocer el fallo de La Haya entre el presidente Ortega y los chinos. Nadie supo que antes del fallo ya se estaba negociando un canal que incluía aguas en litigio. Para nosotros, este documento es la base para alegar la existencia de un “hecho nuevo” que, aunque inició antes del fallo, solo pudo ser conocido y empezó a producir todos sus efectos el día 13 de junio del 2013, cuando la Asamblea Nacional de Nicaragua dio a conocer dicho documento oculto, y a través de la ley 840 oficializó la concesión del canal”. El documento, que permaneció oculto por 7 meses, que ahora podrán leer completo en nuestro libro, entregó a los chinos “los océanos” de Nicaragua para el canal.
Si el fallo no se revisa, estaría legitimando la entrega de las aguas colombianas, que, según la misma Corte, ahora hacen parte de “los océanos” nicas. Para nosotros, el negocio secreto es un factor decisivo, que de haber sido conocido por los magistrados oportunamente, habría influido de manera determinante en su decisión”. Colombia tiene la obligación de agotar la totalidad de los recursos”.
Independiente de los argumentos que se tengan sobre la improbable realización de la obra, de la afectación del medio ambiente y de la irremediable degradación de las formaciones coralinas del archipiélago por los peligros de la contaminación, el Gobierno tiene la obligación de agotar todos los recursos disponibles para que la Corte Internacional de Justicia y la comunidad internacional, tomen conciencia del alcance y consecuencias de un fallo que debiera darse con estricta argumentación jurídica y no contaminado por intereses ajenos y cuestionables razonamientos.
Del almirante, el capitán ruso, los sobrevuelos y la diplomacia
Solo este mismo 12 de noviembre, la opinión pública fue enterada de las declaraciones del Almirante ruso, Vladimir Ruban, y del Capitán de un buque ruso, surto en puerto nicaragüense, anunciando el apoyo bélico a Nicaragua en un hipotético enfrentamiento militar con Colombia.
Se cuenta que fue el 19 de agosto cuando la corresponsal del canal ‘Estrella TV’ en Managua, Marling Balmaceda, reveló que Rusia apoyaría al gobierno de Nicaragua en caso de tomarse la decisión política de una confrontación y que, conocidas estas declaraciones en Colombia, se optó por no reaccionar a las mismas, por la tensión generada con el fallo de la Corte en La Haya. Esto sucedía unos días antes de que el presidente Juan Manuel Santos, declarara que el fallo de CIJ sobre los nuevos límites marítimos con Nicaragua era inaplicable sin la existencia de un tratado.
El repetido sobrevuelo de sofisticados aviones rusos por el espacio aéreo de nuestro archipiélago no es accidental y obedece a propósitos bien claros: son la advertencia de lo que irá sucediendo en la medida que los intereses Rusos y Chinos se vayan consolidando en el continente, sin que se escuchen, hasta ahora, voces de alerta del Gobierno de los Estado Unidos y menos de la OEA. A la vista está el comprometimiento de China en la construcción del ‘Gran canal’ y el suministro y venta de pertrechos y considerables arsenales de armamentos sofisticados a la República Bolivariana de Venezuela y a Nicaragua.
De la nota diplomática de la cancillería rusa al Gobierno colombiano recibida el 15 de noviembre, en la que se descalifican las declaraciones de los citados oficiales rusos, pero no se hace mención de los sobrevuelos de los bombarderos supersónicos por nuestro espacio aéreo, habría que decir varias cosas: La primera es que, al menos para el estamento militar de nuestro país, no es nada extraño que tarde o temprano casos parecidos se iban a dar, desde cuando se hacía evidente que Rusia, tanto como la China, estaban interesados en extender sus tentáculos hacia nuestro continente, identificados como lo están, con los países del ALBA..
De otros intereses muy particulares
Otros intereses que la ex canciller pone en evidencia con bastante claridad, aunque no incidan directamente en el fallo, sirven para corroborar cuánta agua corre bajo el molino: “De los abogados colombianos había dos totalmente impedidos. Sobre nuestro profesor Nieto Navia, luego de que ridiculizó el tema del canal, resultó que su yerno es el asesor de Ortega y del empresario chino en su construcción. Otro abogado miembro del grupo de asesores del Gobierno, el colombiano Eduardo Valencia Ospina, tiene en nuestro concepto varias incompatibilidades. Fue durante catorce años Secretario de la Corte Internacional de Justicia, y lleva más de siete vinculado a las Naciones Unidas, en calidad de miembro de la Comisión de Derecho Internacional. Entre el 2006 y el 2010, Valencia fue además colega de la jueza china Xue Hanqin en esa misma comisión, la cual, al igual que la Corte Internacional de Justicia, es un órgano de la ONU. ¿Cómo puede asesorar al gobierno colombiano alguien a quien con nuestros impuestos se le ha pagado cerca de medio millón de dólares en honorarios, y al mismo tiempo trabaja para la ONU?”
Suponemos que el Presidente, a quien le corresponde, (artículo 189 de la Constitución Nacional), dirigir las relaciones internacionales, proveer la seguridad exterior de la República y defender la inviolabilidad del territorio, está presto a iniciar la defensa jurídica de la posición asumida con relación al fallo de la Corte. No puede quedarse en la simple declaración de su inaplicabilidad. Prolongar el silencio a conveniencia de un calculado y particular interés reeleccionista, no hace otra cosa que crear nubarrones de incertidumbre en el escenario de la geopolítica en el mar Caribe. Aquí y ahora, debe prevalecer el interés nacional, que va más allá de prodigar dinero del erario público al sector pesquero del archipiélago para mantenerlo en conveniente silencio, y de hacer oportunistas anuncios al cumplirse el año del fallo de la CIJ, de la aprobación en Consejo de Ministros, de un plan estratégico para “ejercer soberanía en el archipiélago” de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
China, que es acreedor de Venezuela, Ecuador, Nicaragua, y seguramente otras naciones del círculo del ALBA, decidió hace algún tiempo poner pie en el continente americano. Tal decisión la consolidará, instalando su primera base naval cuando, so pretexto de proteger sus intereses, den inicio a las obras del canal. En esa dirección, estaremos siendo testigos de las frecuentes arribadas al Mar Caribe en visitas de buena voluntad, de buques, submarinos y naves de combate aéreas, chinas y rusas, que en estricto sentido, no estarán corroborando el contenido de la nota diplomática. No serán otra cosa que la continuación de las tensiones y preludio de próximos conflictos.