Tras el novelón que suscitó la renuncia simbólica de Ángela María Robledo al movimiento caudillista de la Colombia Humana, al punto de que Petro tuvo que salir a contener la ira de sus hordas (un gesto extraño en el caudillo), algunos integrantes de ese movimiento han salido al paso para pedirle a la representante que también renuncié a su curul en la Cámara. Argumentan que ese escaño le pertenece a la Colombia Humana; que fue el resultado de la votación obtenida en segunda vuelta presidencial y que, si es coherente, debería entregarla. Algunos de esos ítems encierran verdades a medias y otros son realmente falsos. Como con los petristas se torna algo difícil conversar, escribo y publico este texto para precisar la única respuesta posible: no, Ángela María no debe renunciar a su curul.
¿Qué es la curul del segundo?
En plata blanca, es la posibilidad que tienen los candidatos que quedaron en segunda posición en una elección uninominal (alcaldía, gobernación o presidencia) para ocupar una curul, personal e intransferible, en la respectiva corporación pública (concejo, asamblea y congreso). Erróneamente se tiende a creer que es la curul de la oposición; sin embargo, esa figura fue introducida en la reforma al equilibrio de poderes en el año 2015 (una de las principales reformas constitucionales de la era Santos) y luego retomada por la ley que creó el Estatuto de la Oposición en 2018 (ley estatutaria que es una escala inferior a una reforma). De ahí nació cierta confusión que a los grandes medios poco les importa aclarar. No necesariamente quienes ocupan esa curul asumen una agenda opositora; inclusive, en muchos casos (especialmente en concejos) se ha observado que integran coaliciones de gobierno. Hasta ahí todo queda muy claro. Para retomar el novelón de Ángela María hay dos palabras claves: personal e intransferible.
¿Eso qué significa?
Es muy sencillo: la curul es exclusivamente para quien ocupó el segundo lugar en las elecciones y la aceptó 24 horas después de ser declarada la elección. No se la puede ceder a nadie (de ahí que sea intransferible), así integre el mismo partido o movimiento político. La diferencia sustantiva con las curules ordinarias es que la del segundo no es el resultado directo de la operación resultante de la asignación de escaños según la cifra repartidora o en sentido ideal “propiedad” parcial de un partido político; por ejemplo, si un congresista renuncia o se le decreta la muerte política y se aplica la silla vacía (sin impedir reemplazo), el partido o movimiento político debe proceder a reemplazar esa curul con el siguiente en la lista según los resultados electorales. Si es el caso de la curul del segundo, ese escaño no se le otorga al partido que representa, sino que ingresa a la corporación (concejo o asamblea) el candidato que continuaba en el orden de conformación según la cifra repartidora. Eso no aplica para quienes asumieron las curules en Cámara y Senado.
Si Ángela María o Petro llegan a renunciar, ningún militante de la Colombia Humana los reemplazaría (ni siquiera los que siguen en la lista de Decentes), se perderían definitivamente esos escaños.
¿A quién representa Ángela María?
Cada representante a la Cámara de facto representa un departamento o el distrito de Bogotá. Como la curul del segundo es asumida a partir de una votación de orden nacional, el representante tiene la libertad de elegir el territorio sobre el cual quiere mover su agenda legislativa, en el caso de Ángela María, ella figura como representante por Bogotá, ya que es en esta ciudad donde tiene su residencia permanente y a la cual ya representó en dos periodos; sin embargo, ella suela repetir que es la “curul de la paz” y que trasciende una mera representación territorial. Desde el punto de vista partidista, Ángela María se encuentra integrada a la bancada opositora, pero como Colombia Humana no es un partido político al no tener personería jurídica, la militancia de la congresista en el movimiento de Petro resultaba meramente simbólica. A eso también se debe sumar que cuando Petro decidió en un cálculo electoral (de cara a las elecciones regionales de octubre de 2019) fusionar a Colombia Humana con la UP, Ángela María no fue consultada o su criterio tenido en cuenta, y eso que en ese momento figuraba como vicepresidenta del movimiento.
¿Y el litigio ante el Consejo de Estado?
A los pocos meses de asumir en la Cámara la investidura de Ángela María fue demandada por una supuesta doble militancia. El Consejo de Estado actuó con celeridad y le dio la razón al demandante. El lío se encontraba en la militancia de Robledo en la Alianza Verde a la cual renunció pocas semanas antes de la elección en primera vuelta para sumarse a Petro. Ese tipo de renuncias se deben tramitar con mínimo un año de anticipación y por eso salió de la Cámara en diciembre de 2019. No obstante, esa decisión fue reversada y tras un fallo de tutela pudo regresar al Congreso en junio de 2020. En varias oportunidades la representante ha manifestado que debió asumir “sola” esa defensa jurídica (que no es barata) y que no sintió mayor respaldo por parte de Colombia Humana. Ella solita se peleó esa curul, al fin de cuentas, es personal e intransferible.
Con las anteriores precisiones, espero dejar claro que Ángela María no tiene por qué renunciar a su curul o en un sentido simbólico entregárselo a la Colombia Humana (se perdería). El papel que ha venido adelantando en la Cámara es igual de destacado al que ya venía haciendo cuando integraba la Alianza Verde. Tenerla en el Congreso es muy importante para promover la agenda de defensa de la vida; implementación del acuerdo de paz y mujeres. Su paso por Colombia Humana solo fue un interregno, seguro los verdes la recibirán con los brazos abiertos. Así a muchos petristas les moleste, para los verdes Ángela María es una hija pródiga.