La participación ciudadana en Colombia es un derecho fundamental consagrado en la constitución de 1991 y ratificado a través de varias normas relacionadas con ámbitos diversos de la vida pública. Hoy la participación ciudadana no solo cuenta con dispositivos institucionales sino también con espacios de movilización y protesta social, aplicando los principios de una democracia y un Estado Social de derecho. A pesar de la existencia de escenarios de intervención de la ciudadanía se advierten dificultades enormes en el ejercicio de este derecho.
Al respecto, la Ley 2056 de 2020, que reglamentó el nuevo Sistema General de Regalías (SGR), entró en vigencia el 1 de enero de 2021 y contiene un apartado importante en materia de participación ciudadana. Más allá de plantear aquí las críticas y lo corta que se quedó la reforma en abordar problemas estructurales tales como la nueva distribución, asegurar proyectos estratégicos de impacto regional, mecanismos para frenar la corrupción, el funcionamiento de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD), los porcentajes de recaudo, entre otros, interesa llamar la atención sobre el rol de la ciudadanía en el funcionamiento del SGR en términos de una participación ciudadana incidente y efectiva.
En efecto, el artículo 30 de la Ley 2056, sobre ejercicios de planeación, señala que en la dinámica de formulación y aprobación de los planes de desarrollo se deberán identificar y priorizar proyectos e iniciativas a ser financiados con recursos de regalías, en un capítulo independiente llamado “inversiones con cargo al SGR”. Por única vez, la ley dio plazo de seis meses a los alcaldes y gobernadores para adoptar las modificaciones o adiciones al respectivo plan de desarrollo vigente, a fin de incorporar ese capítulo; este plazo se vence el 30 de junio.
La ley estipula que estos ejercicios se deben realizar a través de mesas públicas de participación ciudadana en las cuales se presentarán iniciativas y allí se definirán y priorizarán los proyectos de inversión. Al respecto, es clave llamar la atención sobre un asunto no menor: el parágrafo sexto establece que se deberán priorizar en las inversiones, proyectos con enfoque de género en desarrollo de las políticas públicas en pro de la equidad de la mujer, con énfasis en los temas de mujer rural. Una oportunidad importante para el cierre de brechas; por ello, habrá que hacer un seguimiento particular a lo que suceda en la práctica.
Esta labor es asignada al mandatario respectivo sin posibilidad de delegarla, es decir, al alcalde(sa) y gobernador(a). Además, tanto la ley como el Decreto Reglamentario 1821 de 2020 indican que se deberá invitar a la diversidad de actores en el territorio, incluyendo concejales o diputados, juntas administradoras locales, instituciones de educación superior, congresistas (para las asignaciones de inversión regional y asignaciones directas de los departamentos), actores sociales y económicos.
En esa línea, el decreto señala que “los actores en mesas públicas de participación ciudadana participarán activamente en la definición de las iniciativas y proyectos, así como de la pertinencia de las mismas en relación con las metas establecidas en los planes de desarrollo territoriales”. Adicionalmente, la ley establece que los ejercicios de planeación deben contemplar un enfoque participativo, democrático y de concertación.
¿Qué significa, entonces, para la institucionalidad y sus funcionarios la participación activa y la concertación? A nuestro juicio, esto implica por lo menos tres asuntos claves: la habilitación de las personas para su intervención en esos espacios, brindar la información de manera previa y en un lenguaje menos técnico, y la inclusión de distintos actores en un diálogo horizontal y genuino y con posibilidades reales de influir o hacer parte de las decisiones.
Al parecer la respuesta está lejos de estas características. Foro Región Central ha trabajado en los últimos meses en varios territorios del país para socializar y fortalecer las capacidades de organizaciones sociales y miembros de instancias de participación respecto a las novedades del SGR, y en particular, sobre los términos sobre los cuales se deben desarrollar las mesas públicas de participación. El propósito que guía esta acción es alertar sobre la oportunidad que se abre para que mediante estos escenarios puedan presentar y priorizar directamente iniciativas para su financiación, que al final redunde en el mejoramiento de sus condiciones de vida.
Se advierte, de la mano de las organizaciones, que en la mayoría de los casos, los funcionarios o no sabían de esta obligación o la estaban dilatando; muchos líderes y lideresas comenzaron a preguntar y exigir la realización de las mesas. En los casos en que se han constituido las mesas, se ha notado que no se está cumpliendo con lo establecido por la norma ni con el espíritu democrático, participativo y de concertación. Los mandatarios aparecen en el momento inicial y al final y no lideran el desarrollo del ejercicio; la convocatoria es muy restrictiva, los funcionarios “socializan” los proyectos que traen priorizados, a manera de información, no realizan el ejercicio de priorización, o no es clara la metodología para la priorización, y no se abre una discusión; tampoco dejan constancia, a través de un acta, de los resultados del ejercicio para un posterior seguimiento por parte de la ciudadanía.
En conclusión, se está repitiendo la historia de la participación en nuestro país: las mesas de participación del SGR son asumidas como un requisito más que se debe cumplir pero no se las concibe como el espacio de intervención activa de la ciudadanía y de concertación para que todos los actores se involucren en las decisiones sobre los proyectos que los puedan beneficiar y generar desarrollo.
Ahora, surge un factor adicional que puede estar jugando en contra de la participación activa en el SGR: la crisis social y política que estamos viviendo y que ha motivado las movilizaciones sociales a lo largo y ancho del país, sumadas a la crítica situación de abusos por parte de la policía, el escalamiento de la violencia proveniente de actores hasta el momento desconocidos y reiteradas violaciones de los derechos humanos; con toda la razón, estos hechos han concentrado los esfuerzos de la ciudadanía en esa agenda. El problema es que el tiempo corre, el plazo se termina y con ello se pierde la oportunidad de exigir la vinculación de todos en las decisiones sobre el uso de los recursos de regalías que nos pertenece a todos los colombianos. Estamos en una encrucijada en la cual, de manera desafortunada, al final la población volverá a perder.