Consumidores sí, delincuentes no

Consumidores sí, delincuentes no

En una nueva decisión, la justicia podría encontrarse ante una opción de descongestión carcelaria

Por: MARINO LOPEZ VELEZ
diciembre 12, 2014
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Consumidores sí, delincuentes no
vanguardia.com

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en fallo del pasado 12 de noviembre, acaba de enviar un contundente mensaje a las autoridades judiciales y policiales:

“En adelante, la Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional y los órganos de policía judicial deberán dirigir su persecución hacia los verdaderos traficantes de narcóticos que son quienes lesionan o ponen en peligro efectivamente los bienes jurídicos tutelados. En cambio, a los consumidores habrán de brindarles la protección reforzada a que también están obligados por ser todas ellas autoridades estatales.

En dicho proveído se confirma sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Superior de Medellín, que absolvió a un ciudadano a quien se le incautaron 52 gramos de marihuana y 0,8 gramos de cocaína.

La sentencia aborda en extenso pero con gran precisión el problema de los consumidores de estupefacientes y el dilema jurídico de sí su conducta debe ser reprochada desde el punto de vista penal, así suceda como en el caso concreto estudiado, que supera ampliamente los límites de la dosis personal.

A pesar del poco tiempo de proferida, ya empiezan a verse sus resultados y en el caso de los Jueces Penales del Circuito del Distrito Judicial de Pereira, algunos de ellos, no todos, han entendido el claro mensaje y han ya proferido sentencias absolutorias. Antes no se atrevían. Los defensores públicos vienen actuando en consecuencia con gran diligencia.

El hacinamiento en los centros de reclusión se verá disminuido poco a poco si los destinatarios de la recomendación de la máxima rectora de la justicia penal colombiana, la atienden en debida forma.

Sin necesidad de recurrir a ningún estudio ajeno, me consta por experiencia directa que la gran mayoría de las personas que purgan pena en establecimiento carcelario, han sido condenadas por conductas relacionadas con el consumo de estupefacientes. En mí actividad contractual como defensor público del programa 1542, que atiende usuarios ya sentenciados, puedo dar fe de que para el momento de escribir esta nota, tengo asignados 95 casos, de los cuales 39 lo fueron por habérseles hallado en su poder cantidad de narcóticos, marihuana en su mayoría, en cantidad inferior a la que se le encontró al ciudadano beneficiado con la sentencia absolutoria de la Corte. Son en su totalidad personas de escasos recursos económicos y de educación formal mínima, pero casi todos dedicados antes de su captura a lícitas actividades agrícolas y de la construcción.

En el anterior orden de ideas recomiendo al Gobierno Nacional y al Congreso de la República, tramitar con carácter urgente una Ley que permita la salida masiva de estos ciudadanos consumidores. Con ello se lograrían beneficios sociales y económicos incalculables y de paso acabaría con el oprobioso hacinamiento en las mazmorras, que no otro calificativo merecen, los actuales centros de reclusión.

Eso sí, que la ley sea de una precisión casi matemática, para que no ocurra lo sucedido con la mal denominada ley de descongestión carcelaria (1709 de 2014) que para poco o nada ha servido, precisamente por su redacción farragosa, que ha hecho imposible que se cumpla con su espíritu y objetivos.

 

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