A pesar de que hay un marco legal que posibilitó un calendario electoral y, no temo generalizar, también facilitó la voluntad política en los territorios para la puesta en marcha de los Consejos Municipales de Juventud (CMJ), que son órganos de discusión e interlocución con la institucional en temas concernientes a juventud —entendiendo joven como toda persona entre 14 y 28 años—, existe incertidumbre por la actual coyuntura histórica que afronta la humanidad con la pandemia. Dicha situación no deja en claro a los jóvenes en los territorios si efectivamente el día 8 de noviembre de 2020 se llevará a cabo la elección de los Consejos Municipales de Juventud y, a su vez, regirá el mismo calendario electoral contenido en la Resolución 2031, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil el 27 de febrero de 2020, previa al Estado de Emergencia.
El calendario resuelve que el día 12 mayo de 2020 es la fecha donde inicia la inscripción de jóvenes para votar y del período de registro de listas independientes y la solicitud del formulario de recolección de apoyos, cuestión difícil de calcular en un presente administrativo enfocado indiscutiblemente en conservar la vida de la población como deber fundamental del Estado. Lo que en estos momentos se debe resolver por parte de la institucionalidad —representada en el Ejecutivo Nacional, el subsistema institucional de juventud, Registraduría y demás actores— es definir concretamente si se corren las fechas estipuladas o, calculando sin cifras reales, la posibilidad de que se cumpla el calendario actual.
Lo importante es saber qué pasará con los CMJ en el marco de la actual emergencia, como también es que los actores legítimos se pronuncien lo más pronto posible, dado que al resolver esto en los territorios las y los jóvenes ajustarán sus proyecciones a las medidas tomadas. Lo urgente es que se den.