Consejo de Estado: muy rápido para investigar unos casos, no tanto para otros...

Consejo de Estado: muy rápido para investigar unos casos, no tanto para otros...

La velocidad del Consejo de Estado para investigar a los congresistas del Pacto Histórico contrasta con la demora aplicado al menos, en otro proceso

Por: Stella Ramirez G.
junio 24, 2024
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Consejo de Estado: muy rápido para investigar unos casos, no tanto para otros...

La velocidad "extraordinaria" del Consejo de Estado  para admitir, investigar y sancionar a los congresistas del Pacto Histórico, contrasta notablemente con la demora y  -la superación de términos- aplicado al menos, en otro proceso.

Miremos: El Consejo de Estado, admitió una serie de demandas contra la investidura del "honorable" parlamentario Polo Polo. Aqui la lista de procesos:

11002038000202218700, con los acumulados:
-11001032800020220018700
-11001032800020220021700
-11001032800020220022000
-11001032800020220026000
-11001032800020220029800
-11001032800020220029900

Esta entidad, ante una consulta sobre el estado de estas demandas contra el mencionado representante a la Cámara, elevada por la suscrita, respondió el 15/08/23 lo siguiente:

"Una vez vencido este término antes mencionado el expediente ingresará al despacho de la magistrada Rocío Araujo Oñate, para que se considere proferir sentencia

Si bien el medio de control se radicó el 19 de agosto de 2022, es decir, que ya se superó el término de 6 meses dispuesto en el parágrafo del artículo 264 de la Constitución Política de Colombia para proferir sentencia, es importante precisar que esa nulidad se cataloga de alta complejidad porque para determinar si prosperan o no las pretensiones se debe analizar la totalidad de los documentos de esa elección, a lo que se agregan las siguientes circunstancias procesales que impidieron que la sentencia se emitiera en el término mencionado: inadmisión de la demanda³, trámite de acumulación, sorteo de magistrado ponentes y recaudo probatorio" (hasta aquí apartes de la respuesta del Consejo de Estado)

Hay otras demandas admitidas por el Consejo de Estado contra congresistas de diferentes partidos, en donde hasta hoy, el pueblo Colombiano seguimos esperando que esta entidad, demuestre que la celeridad judicial, que aplica a los congresistas del Pacto Histórico, también se extienda para los otros congresistas demandados.

Ahora bien, qué  el Consejo de Estado «admita» que, en el caso Polo Polo, "se superó el término de 6 meses dispuesto en el parágrafo del artículo 264 de la Constitución Política de Colombia para proferir sentencia" deja un preocupante -manto de duda- sobre la imparcialidad que esta entidad debería demostrar para con otras demandas.

¿Está garantizando el Concejo de Estado, el  derecho de algunos congresistas, a que se mantenga una actitud de neutralidad,con respecto al objeto del litigio y a los litigantes?

Así las cosas, el Consejo de Estado debe aplicar los mismos estándares de celeridad y justicia, independiente del partido político al que pertenezcan los denunciados.

Polo Polo, el bufón de la 'gente de bien'

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