Con ponencia del magistrado Roberto Augusto Serrato Valdés sentencia número 050012333000 2013 01271 01, el Alto tribunal de lo Contencioso Administrativo resolvió por unanimidad decretarle la pérdida de investidura al señor Carlos Alirio Muñoz Lopez, exalcalde de Bello y aliado de Óscar Suárez Mira, exsenador y prófugo de la justicia, quien no podrá aspirar a ningún cargo de elección de popular de por vida.
La sentencia confirmó lo que el Tribunal Administrativo de Antioquia había dicho en primera instancia y se basó en la ley 136 de 1994 articulo 44 “consistente en que nadie puede ser elegido para más de una corporación o cargo público ni para una corporación y un cargo, si los períodos coinciden” y en el artículo 48 numeral 3° de la Ley 617 de 2000 “Por no tomar posesión del cargo dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de instalación de las asambleas o concejos, según el caso, o a la fecha en que fueren llamados a posesionarse.”
El demandado también incurrió en la prohibición prevista en el artículo 179 de la Carta Política.
La Sección Primera del Consejo de Estado, consideró que efectivamente el demandado incurrió en esta prohibición por cuanto no encontró probado que le hubiere expresado al Concejo Municipal de Bello, Antioquia su intención de no posesionarse en el cargo de concejal, curul obtenida en las elecciones del 30 de octubre de 2011, con anterioridad al 18 de diciembre de 2011, fecha dispuesta para la elección atípica del alcalde de dicho municipio, lo cual originó que quedara elegido para los dos cargos.
A pesar de lo anterior, el Concejo Municipal de Bello posesionó a otro concejal. Es así como, conforme el Acta No. 001 del 2 de enero 2012, se dio posesión al señor Vélez González como llamado a ocupar la curul dejada por el demandado, sin hacer mención alguna a su renuncia o ausencia en la sesión.
La sentencia del Consejo de Estado deja las puertas abiertas para que el anterior concejo municipal de Bello pueda ser demandado por pérdida de investidura y la mayoría de concejales del periodo 2012 - 2015 les sea decretada la muerte política.
Por último, queda la duda de por qué el Tribunal Administrativo de Antioquia había decidido en primera instancia la muerte política el 10 de octubre de 2013 en contra del señor Muñoz, y se resuelve por el Consejo de Estado en segunda instancia 3 años después, a pesar de que la ley 617 de 2000 en su artículo 48 dice claramente que se tiene que resolver la pérdida de investidura en 15 días.
¿Qué cacique político habría influido para retardar la acción constitucional, que fue asiganada al magistrado Marco Antonio Velilla, quien al parecer la guardó debajo de la almohada y se fue del Alto Tribunal sin darle tramite? Esta solo se resolvió 3 años después de ser asignada al señor Velilla, una vez el señor Muñoz terminó su periodo como alcalde y fue otro magistrado quien la resolvió.
¿Qué podemos esperar en Colombia si nuestros magistrados no respetan los términos y obedecen a los mandamientos de los caciques políticos prófugos de la justicia? Se debería investigar al señor Velilla, sus vínculos con el señor Mira y por qué la acción constitucional demoró 3 años a pesar de tener un término de 15 días.
Lo cierto es que el señor Muñoz le quedan nulos sus sueños de ser Representante a la Cámara.
Por último, hago un llamado para que el señor Suárez Mira se entregue, ya que va cumplir 4 meses como prófugo de la justicia, mientras su imperio se desmorona poco a poco.