Con la nueva resolución 165 de la DIAN, se presentan nuevas reglas de juego para los empresarios obligados a facturar electrónicamente, desde cambios en la fecha de emisión hasta la transición de documentos equivalentes a documentos electrónicos. Para la tranquilidad y cumplimiento de los empresarios, Novasoft SAS, empresa especializada en tecnología y desarrollo de software de facturación, recopila los cambios más importantes que su negocio no puede pasar por alto desde el 1 de noviembre:
¿Cuáles documentos se incluyeron?
El nuevo proyecto contempla la transición de los siguientes documentos a documento equivalente electrónico:
- Tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S.
- Boleta de ingresoal cine
- Tiquete de transporte de pasajeros (terrestre y aéreo)
- Extracto
- Documento en juegos localizados
- Boleta, fracción, formulario, cartón, billete o instrumento en juegos de suerte y azar diferentes a los juegos localizados
- Documento expedido para el cobro de peajes.
- Comprobante de liquidación de operaciones expedido por la bolsa de valores
- Documento de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities
- Documento expedido para los servicios públicos domiciliarios
- Boleta de ingreso a espectáculos públicos y artes escénicas
- Boleta de ingreso a otros espectáculos públicos
¿Hay cambios en el calendario para implementar los Documentos Equivalentes Electrónicos?
Uno de los temas más importantes a tener en cuenta, es el calendario de implementación del documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S y los obligados a implementar otros documentos equivalentes electrónicos. Así quedaron las fechas de adopción con la nueva resolución:
Documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S
- Grandes contribuyentes: 15 de diciembre de 2023
- Declarantes del impuesto sobre la renta que no tengan la calidad de Grandes contribuyentes: 01 de febrero de 2024
- No declarantes del impuesto de renta y/o sujetos que no tengan ninguna de las calidades mencionadas: 01 de marzo de 2024
En el caso de los otros documentos equivalentes electrónicos, las fechas de implementación empiezan a partir de abril del 2024, por lo que deberá estar atento de acuerdo al tipo de documento.
¿Qué pasa con las fechas de emisión?
El nuevo anexo estipula que todo documento debe emitirse con la fecha del día correspondiente, cambiando la dinámica que actualmente permite emitir documentos con 10 días de anterioridad o 10 días posteriores a la fecha. Así pues, debe tener en cuenta que si la fecha de emisión y firma no son las mismas, el documento podría ser rechazado.
¿Debe tener en cuenta nuevos tributos?
Los nuevos ajustes contemplan la inclusión de los siguientes impuestos y sus respectivas tarifas: Impuesto al consumo de licores, Impuesto a los productos comestibles ultra procesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas, Impuesto nacional productos plásticos (INPP) e Impuestos a las bebidas ultra procesadas azucaradas (IBUA).
Comprometido con los empresarios colombianos y el cumplimiento de sus deberes tributarios, Novasoft apuesta por ser un aliado que le ayude a adaptar con facilidad los ajustes legales y cuide la organización de posibles sanciones. “Es fundamental que los empresarios tengan en cuenta las fechas establecidas por la DIAN, con el fin de realizar los ajustes necesarios. Una buena estrategia para evitar sanciones futuras es contar con un buen software de facturación electrónica que esté actualizado con las últimas normativas y facilite la generación de estas facturas. Desde Novasoft apoyamos y asesoramos a las organizaciones para que estén al día con las reglamentaciones establecidas por las entidades competentes, de modo que puedan operar sin complicaciones” afirma Angélica Martínez, Gerente de Unidad de Negocios ERP de Novasoft.