Las congresistas Alexandra Vásquez, Angélica Lozano, Martha Alfonso y María Fernanda Carrascal celebraron la aprobación en último debate de esta iniciativa
La plenaria de la Cámara de Representantes le dio el visto bueno en cuarto debate al proyecto de ley 332 de 2022, que busca garantizar el derecho fundamental a la igualdad, no discriminación y una vida libre de violencias mediante la adopción de medidas de prevención, protección y atención a mujeres, hombres y población LGBTIQ+ víctimas de acoso sexual en el contexto laboral.
La representante por Cundinamarca Alexandra Vásquez, ponente de la iniciativa, aseguró que esta “garantiza una vida libre de violencia sexual dentro del ámbito laboral a partir de la prevención, protección y atención de las víctimas que denuncian casos de acoso sexual en sus trabajos, y contempla medidas de protección como la garantía de estabilidad laboral y contractual reforzada para las víctimas y denunciantes de acoso sexual”.
En el mismo sentido, agregó que “permite establecer responsabilidades al empleador y proteger los derechos fundamentales de la víctima”. Asimismo, que “tiene un amplio rango de aplicación no solamente a la industria, sino también a las instituciones de educación superior. ¡Seguimos trabajando por los derechos de las mujeres desde el Congreso de la República!”.
La propuesta, que pasa a manos del presidente de la República, Gustavo Petro, para ser sancionada, y de autoría de la senadora Angélica Lozano, fue celebrada por diversos sectores de la sociedad. Esta también incluye disposiciones destinadas a garantizar la igualdad, no discriminación y una vida libre de violencias en el entorno laboral.
Al respecto, la senadora Lozano dijo: “Ya es ley: por unanimidad logramos aprobar la ley que les da más herramientas a las víctimas de acoso sexual en el trabajo e instituciones educativas. En la plenaria del Día M de la Cámara de Representantes se logró mayor protección para ellas en rutas para atender estas denuncias, la carga de la prueba en favor de la víctima, estabilidad laboral, la posibilidad de teletrabajo o traslados para no tener contacto con el victimario y la obligación de que las ARL hagan pedagogía”.
Con esta aprobación, Colombia reafirma su compromiso con la promoción de la equidad de género, la erradicación de la violencia contra las mujeres y la protección de los derechos humanos en todos los ámbitos de la sociedad.
Estos son algunos aspectos destacados de esta legislación:
Protección de las víctimas: la ley asegura derechos fundamentales como la intimidad, confidencialidad, acceso a la justicia y protección contra retaliaciones para las personas que han sido víctimas de acoso sexual en el trabajo.
Responsabilidades claras para los empleadores: se establece la obligación de los empleadores de prevenir, investigar y sancionar el acoso sexual, promoviendo así un ambiente laboral seguro y libre de violencias.
Medidas preventivas y correctivas: se implementarán campañas de prevención, protocolos de atención y medidas para garantizar la estabilidad laboral de las víctimas de acoso sexual.
Ámbito de aplicación amplio: la ley se aplicará a todas las víctimas de acoso sexual en el contexto laboral y en instituciones educativas superiores, sin importar la naturaleza de la relación laboral.
Registro y seguimiento: se establecerá un registro de quejas y sanciones por acoso sexual, con informes anuales sobre la eficacia de la ley, asegurando así una supervisión efectiva de su implementación.