Compartir no es un delito (II)
Opinión

Compartir no es un delito (II)

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junio 30, 2015
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Hace casi un año escribí sobre el caso de Diego, un biólogo, que está estudiando su maestría en conservación de vida silvestre en Costa Rica mientras en Colombia enfrenta un juicio por violación a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos que podría suponer para él, de perder el caso, una pena de entre 4 y 8 años de cárcel y una multa de entre 17 y 600 millones de pesos.

En resumen, lo que hizo Diego fue encontrar un documento académico que le resultó interesante en un grupo cerrado de Facebook, descargarlo y luego compartirlo en Scribd. El documento es la tesis de maestría de otro biólogo que estudiaba en la Universidad Nacional. Es un documento que está accesible en la biblioteca de la universidad, del que su autor ha publicado varios artículos derivados. Diego no hizo plagio, no se atribuyó un trabajo que no es suyo, solo lo compartió. No se está lucrando, no ha recibido un peso por haber compartido ese material y nunca tuvo ánimo de lucro. Diego lo hizo por una noble razón: que más personas tuvieran la posibilidad de acceder a un conocimiento académico útil para conservar especies de anfibios. Lo que hizo, compartir una obra de otro en Internet, es algo que hemos hecho casi todos los que accedemos a la red. Que Diego enfrente un proceso penal por compartir un archivo en la red parece imposible, pero en realidad es una prueba de lo que sucede cuando las leyes no están actualizadas y peor, carecen de balances.

La ley sobre derechos de autor en Colombia evidencia precisamente eso. Es una norma de 1982 que no se ha actualizado a los usos que han facilitado los computadores e Internet. Sin embargo, las penas por su incumplimiento se elevaron en 2006 pensado en los problemas derivados de la piratería a gran escala. Esa que inunda los semáforos y que se realiza con fines comerciales. Ni la ley sobre derechos de autor ni el código penal contemplan explícitamente muchas cosas que son naturales para los usuarios de medios digitales.

En otros países se tiene la noción de los usos justos,  que permite el uso limitado de material protegido por los derechos de autor, sin permiso del dueño de dichos derechos, para realizar acciones como compartirlo sin fines de lucro y para fines académicos. Los usos justos amparan el trabajo de artistas, profesores, estudiantes y emprendedores, entre otros, brindando una garantía legal para buena parte de sus acciones cotidianas. Nuestra legislación no tiene esta noción, nosotros tenemos una lista de excepciones y limitaciones al derecho de autor que funcionan para garantizar el uso de obras protegidas por el derecho de autor en pocos casos muy concretos, por ejemplo el uso académico de obras para la ilustración de la enseñanza pero solo en el aula de clase, es decir, no incluye compartir archivos por Internet, así se haga sin ánimo de lucro y con fines académicos.

Ante la ley, garantizar que se pueda compartir el conocimiento debería ser la regla y no la excepción. El acceso sin barreras económicas, técnicas ni jurídicas a la literatura científica debería ser promovido como política de Estado. Lo que hizo Diego debería ser alentado y no prohibido. Esta es la bandera que agita el movimiento de acceso abierto: “Retirar las barreras de acceso a esta literatura acelerará la investigación, enriquecerá la educación, compartirá el aprendizaje de los ricos con los pobres y el de los pobres con el de los ricos, hará esta literatura tan útil como sea posible y sentará los cimientos para unir a la humanidad en una conversación intelectual común y búsqueda del conocimiento.”

Ese es el espíritu que reconozco cuando escucho hablar a Diego: “Si el acceso abierto fuera la opción predeterminada para la publicación de los resultados de la investigación científica, no solo incrementaríamos el impacto de estos resultados, sino también conseguiríamos que casos como el mío no existieran. No habría duda que lo correcto es circular este conocimiento que debería servir a todos.”

Esta es la misma idea que ha llevado a miles a firmar la Declaración de apoyo mundial al Acceso Abierto, una campaña promovida por la Electronic Frontier Foundation, Fundacion Karisma, Internet Archive, Creative Commons, Public Knowledge, Fight for the future, Derechos Digitales y Open Access Button, entre otros, que busca promover el acceso abierto en todo el mundo a raíz del caso de Diego.

Aunque se han sumado respaldos y cada día somos más los que apoyamos a Diego, en Colombia el proceso penal sigue su lenta marcha. Tras el retraso generado por el paro judicial y una petición de aplazamiento, finalmente la audiencia de juicio oral, donde se presentan las pruebas ante el juez, está programada para hoy, martes 30 de junio. Paradójicamente, este mismo día Diego iba a sustentar su tesis de maestría en Costa Rica. En lugar de enfrentarse a un jurado de sus iguales para demostrar lo que ha aprendido en el campo académico, ahora se presentará ante un juez para que revise las pruebas y testimonios de parte y contraparte, escuche los alegatos de cada lado de la historia y luego de considerar el caso, pedir más información si se necesita, solicitar nuevos aplazamientos o tiempo para revisar el caso. El juez es quien determinará si hay o no delito, si hubo o no intención o si hay un daño significativo que justifique una pena.

La decisión sobre el futuro de Diego está en manos del juez, pero más allá del caso, la decisión sobre el futuro de la investigación en el país, la promoción de políticas de lo abierto y la necesidad de considerar balances cuando se replantee la ley sobre derechos de autor, es un tema que está en manos de todos. Yo los invito a estar pendientes, apoyar a Diego y seguir la discusión.

@mapisaro

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