En menos de una semana el gobierno colombiano pasó del triunfo a la derrota en asuntos laborales. De un lado, Lucho Garzón, ministro de Trabajo, anunció, como una goleada, que Colombia no había sido incluida en la lista de 24 países que la Organización Internacional del Trabajo somete cada año al análisis de sus expertos por graves violaciones a los derechos laborales.
Pero una semana después, al publicar su Índice Global de Derechos, la Confederación Sindical Internacional ubicó a Colombia en el tercer lugar entre los peores lugares para trabajar en el planeta.
Y es que la realidad y sus cifras no necesitan muchas palabras. Que solo el 4 % de trabajadores estén sindicalizados, que apenas el 3 % se benefician de algún tipo de negociación colectiva, que casi la mitad de los trabajadores del país está en la informalidad o el 68 % de quienes trabajan carecen de protección social, no pueden ser consideradas como cifras de “progreso”, sobre todo si en cinco años de santismo apenas han cambiado.
Como ha sido usual en los debates internacionales sobre derechos humanos y laborales, el gobierno juega a los anuncios y el ministro Garzón los hace sobre medidas normativas muy limitadas, largamente solicitadas por la OIT y las organizaciones sindicales, que tomaría sobre la inspección del trabajo, así que ahí no hay nada nuevo que celebrar (ver página 356).
La Central Unitaria de Trabajadores (CUT), por el contrario, presentó cinco quejas nuevas en el Comité de Libertad Sindical de la OIT por violación a los convenios 87 y 98 (sobre derecho de sindicalización y sobre derecho a la negociación colectiva). La CUT ataca en estas quejas las dos instituciones jurídicas laborales que impiden la sindicalización en Colombia de manera estructural: los contratos sindicales y los pactos colectivos, entendidos los primeros como los contratos comerciales que firman los sindicatos con las empresas volviéndose patronos que regulan, como quieren y sin control, las condiciones de trabajo, y los segundos, como los acuerdos con beneficios laborales para los trabajadores no sindicalizados.
La CUT adelantó un estudio que determinó que esos dos instrumentos aparentemente legales, pero contrarios a normas fundamentales del trabajo de la OIT, que son parte de la constitución colombiana, han dado nacimiento a un derecho viviente que impide, restringe, limita y obstaculiza el crecimiento de las tasas de sindicalización en el país. Para efectos de este artículo solo me referiré al primero de ellos. (Considero que las causas del estancamiento del sindicalismo lo son además de las dos aquí mencionadas, la legislación laboral vetusta y desactualizada y los líos internos de las organizaciones sindicales).
El estudio establece, por ejemplo, que existen en el país 1476 contratos sindicales usados para intermediación laboral ilegal, es decir, que muchos de ellos se suscribieron una vez se acabaron las Cooperativas de Trabajo Asociado (CTA) y estas mutaron a “falsos sindicatos”, por lo que esos afiliados son en realidad “falsos afiliados” y solo están allí porque dependen de eso para acceder al empleo, como ocurría con las CTA, lo que significó además un crecimiento mentiroso del número de sindicatos y afiliados.
Señala el estudio que “mientras en 2010 apenas existían 50 casos de aplicación de esta figura, en 2011 ya eran 164 contratos sindicales que cubrían un total de 37.064 trabajadores, para el año 2012 la cifra se elevó a 703 casos y 158.878 empleados”. Esto demuestra que una vez se expidió la ley que prohibía la intermediación laboral a través de cooperativas –Ley 1429 de 2010- se crearon estos sindicatos para suscribir contratos sindicales. En solo 4 años pasaron de 50 a 1570 contratos que tercerizan la mano de obra, y reducen dramáticamente las garantías laborales de los trabajadores en asuntos como jornadas, pago de dominicales, festivos, horas extras e incluso licencias por enfermedad y maternidad. Esto no solo significa falsos sindicatos, sino falsos afiliados sin voz y sin derechos, una nueva y aberrante práctica “creativa” de intermediación laboral ilegal.
La CUT no comparte tampoco las decisiones de la Corte Constitucional que concluyen que las personas vinculadas mediante esta figura no son trabajadores, ni tienen derechos laborales y por ello ha lanzado una férrea campaña de defensa del derecho de todos los colombianos a un trabajo decente y de oposición vertical a los contratos sindicales en la pasada conferencia de la OIT, no solo presentando las quejas antes aludidas, sino participando activamente en el debate sobre los “contratos de protección patronal” que sufren millones de trabajadores mexicanos y que son exactamente iguales a los contratos sindicales como mecanismo de explotación laboral y contención al crecimiento sindical.
El debate sobre la conveniencia de los contratos sindicales para los trabajadores del país está abierto y en Colombia ya aparecen dos orillas, quienes lo defienden como lo hace la Confederación General del Trabajo CGT y quienes con razones de peso se oponen, como la Central Unitaria de Trabajadores.
- Vicepresidente de la USO
@palmaedwin