En el año 1994 la multinacional canadiense hoy llamada Eco Oro Minerals llegó a Colombia, obtuvo licencias de exploración y explotación minera en el área del Páramo de Santurbán y empezó a dar desarrollo al Proyecto Angostura. Los procesos de explotación empezaron a hacer generar controversia alrededor de los debates del medio ambiente en el territorio y el Estado colombiano empezó a limitar las actividades de Eco Oro, con el fin de proteger el ecosistema del páramo y todo lo que de él se desprende. La multinacional, viendo afectadas sus inversiones, decidió demandar a Colombia ante el Tribunal de Arbitraje del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi).
Alrededor de 25 años después de iniciado el proceso, el tribunal Internacional avaló la protección de ecosistemas sensibles y consideró que las medidas tomadas por Colombia protegen intereses legítimos, desestimando la indemnización de 736 millones de dólares solicitada por Eco Oro. La instancia legal reconoció que la medida adoptada por el Estado colombiano no fue discriminatoria para los inversionistas de Eco Oro, y que no buscaban proteger un objetivo legítimo, como lo es la protección del medio ambiente.
Sin embargo, a pesar del fallo decisorio el litigio continúa pues el Tribunal encontró responsable a Colombia por no aplicar correctamente el estándar de Trato Justo y Equitativo, enmarcado en el nivel mínimo de Trato, de acuerdo con el Tratado suscrito de Canadá que regula las inversiones minero-energéticas de sus empresas en el exterior.