El Colegio Nacional de Inspectores de Trabajo (CNIT) es una organización sindical de empresa, que es respetuosa del Estado social de derecho y que comparte la ley de meritocracia con transparencia en el proceso de convocatoria y desarrollo de los concursos.
Por eso desde el mismo inicio de la convocatoria 428 el Colegio Nacional de Inspectores de Trabajo (CNIT) le evidenció a la Comisión Nacional del Servicio Civil las graves irregularidades que tenía esta. A saber:
1. Violación del artículo 31 de la ley 909 del 2004. Dicho acuerdo de convocatoria no contaba ni cuenta con la firma conjunta del representante legal del Ministerio del Trabajo y la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).
2. Violación del artículo 71 de la Ley Orgánica de presupuesto. No ha contado ni cuenta con disponibilidad presupuestal para respaldar dicho compromiso, disponibilidad presupuestal que debió expedirse en la vigencia 2016 concomitantemente con la firma del acuerdo.
3. Al amparo del Código Penal estaríamos posiblemente frente a una celebración de contratos sin el cumplimiento de requisitos formalidades y ante un eventual actuar prevaricador por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).
Fueron y son reiteradas las oportunidades en las que a la comisión se le advirtió de tal circunstancia en el foro de transparencia y meritocracia, llevado a cabo en el Congreso de la República en el mes de agosto de 2017, al cual asistieron órganos de control. Nuevamente fuimos enfáticos en reiterar estas graves irregularidades y el actuar presuntamente doloso de la Comisión Nacional del Servicio Civil, haciéndose caso omiso frente a lo dejado ver y advertido.
4. En abril de 2017 se interpuso demanda de nulidad ante el H. Consejo de Estado por presentarse estas irregularidades.
5. En junio de 2017 se le solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil la revocatoria directa de dicho acto administrativo por las falencias evidenciadas, sin embargo, se hizo caso omiso frente a lo solicitado.
6. En junio de 2017 se le solicitó nuevamente a la Procuraduría General de la Nación la vigilancia administrativa a este proceso de concurso adelantado que se considera irregular por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).
7. En agosto 25 de 2017 se adelantó un foro en el Congreso de la República, dirigido por el honorable senador Alexander López y con la participación del comisionado Pedro Rodríguez, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, el Departamento Administrativo de la Función Pública, organizaciones sindicales y representantes de los trabajadores de sector público.
8. En mayo de 2018 el Consejo de Estado admite la acción de nulidad y corre traslado de la demanda y de la solicitud de medida cautelar.
9. Transcurrido más de un año de la interposición de la demanda de nulidad el Consejo de Estado dispone la suspensión de la convocatoria 428 de todas las entidades del orden nacional, decisión tardía donde en dicho momento ya se encontraba en etapa final de lista de elegibles para algunas entidades.
10. Esta decisión tardía y el mal actuar de la Comisión Nacional del Servicio Civil coloca hoy a los aspirantes de dicha convocatoria en dos bandos, quienes pasaron las pruebas y quienes no fueron admitidos dentro de este concurso, que se reitera presenta irregularidades que a hoy son insanables.
Hemos defendido y seguiremos defendiendo el mérito como opción de transparencia en la carrera administrativa con procesos claros y diáfanos que cumplan con los requisitos legales como una herramienta más para erradicar la nefasta corrupción que agobia nuestro país
Orgullosamente somos Colegio Nacional de Inspectores de Trabajo (CNIT).