El caso paradigmático de la consulta popular minera de Ibagué

El caso paradigmático de la consulta popular minera de Ibagué

Más de 100 mil habitantes alzaron su voz para defender el agua, la soberanía y el territorio

Por: Felipe Pineda Ruiz
agosto 08, 2016
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El caso paradigmático de la consulta popular minera de Ibagué

El domingo 28 de julio de 2013 será recordado por el pueblo tolimense, y los movimientos ambientales nacionales, por convertirse en la fecha en la cual Piedras, un municipio ubicado a escasos 40 kilómetros de Ibagué decidía, mediante consulta popular, decirle no a la exploración y explotación de oro en la mina operada a cielo abierto denominada La Colosa.

Ni siquiera las amenazas a ambientalistas locales, cabildantes del municipio y al mismo alcalde, perpetrados por grupos al margen de la ley, ni mucho menos el otorgamiento de licencias ambientales “Express”, expedidas por la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), lograron esfumar el fragor de la lucha de esta población de escasos 3.000 habitantes quienes se expresaron en contra de la afectación de sus suelos y de la contaminación de sus fuentes hídricas, principalmente del río Opia, producto del transporte del material extraído de La Colosa al territorio piedruno.

Este proyecto minero de gran envergadura otorgado a la multinacional surafricana Anglo Gold Ashanti, según los propios cálculos de la empresa beneficiada, alberga tentativamente un recurso inferido de 28 millones de onzas de oro que empezaría a ser explotado en el año 2023.

Efectos legales del auge de las consultas populares.

Aquel proceso deliberante, llevado a cabo en este pequeño pueblo, se convirtió en paradigma para consultas ambientales vinculantes posteriores como la llevada a cabo el 15 de diciembre de 2013 en Tauramena (Casanare) y la que actualmente está en proceso: la de la ciudad de Ibagué.

La Ley 134 de 1994, que estableció los lineamientos sobre participación ciudadana, en su artículo 55 clarifica el carácter vinculante y obligatorio de este tipo de referendos populares al estipular claramente lo siguiente: “se entenderá que ha habido una decisión obligatoria del pueblo, cuando la pregunta que le ha sido sometida ha obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral”.

Algunos sectores poderosos, entre quienes se encuentran las multinacionales mineras, y sus inversionistas nacionales y extranjeros, aducen la invalidez de este tipo de consultas al intentar salvaguardar jurídicamente sus intereses en la interpretación de la sentencia C-983 de 2010 y en lo estipulado en el decreto 2041 de 2014, que se pronuncian sobre la propiedad estatal del suelo y las licencias ambientales express respectivamente.

Sin embargo, las leyes 136 de 1994 y la Ley 1757 de 2015 van más allá al otorgarle al soberano, el pueblo, la posibilidad de decidir y hacer cumplir obligatoriamente dicha determinación a las autoridades locales respectivas.

La terquedad de los maquinistas de la locomotora: contexto minero local y global

A pesar de la caída de los commodities en el mercado global, acentuada desde 2014 por la desaceleración de la economía china y la apreciación del dólar con respecto a las demás monedas dominantes en el ámbito mundial (Fondo Monetario Internacional, Thompson Reuters, 2015) la explotación de hidrocarburos y minerales siguen siendo la principal actividad económica nacional, al generar más del 70% de las exportaciones del país.

Sin embargo, esta actividad productiva, en lugar de crear las bases para un modelo económico y de desarrollo sostenible, ha erosionado la competitividad de la industria manufacturera, la agro industria y el comercio en general. El coletazo generado por la subordinación absoluta de las finanzas públicas al extractivismo no se ha hecho esperar: el peso se ha depreciado un 52% en el último año; la industria ha caído un 2,1% el año pasado (DANE, 2015) y el déficit del presupuesto público ha alcanzado para 2016 los 30.5 billones de pesos, correspondientes al 3,6% del PIB nacional.

A pesar de la dependencia evidente de la actividad minera y extractiva en las rentas estatales, el estado del arte relacionado con el cálculo económico de las externalidades producidas por esta actividad, 3,5% del PIB anual nacional según algunas mediciones, y sobre los Pasivos Ambientales Mineros (PAM) o “impactos ambientales generados por las operaciones mineras abandonadas con o sin dueño u operador identificables y en donde no se hayan realizado un cierre de minas reglamentado y certificado por la autoridad correspondiente” (CEPAL, 2008), es casi nula.

Es relevante acotar el riesgo que corren actividades con potenciales enormes como la agroindustria a futuro, las cuales hacen parte del inventario de sectores en proceso de ser afectados por la actividad minera. Según datos del Ministerio de agricultura, el 53% del área dedicada o con potencialidad de ser destinada al agro en el país está asida por títulos mineros en la actualidad.

De manera escueta la minería de socavón o a cielo abierto afecta los suelos al erosionarlos, destruye ecosistemas, aumenta las temperaturas, disminuye la calidad del aire así como deseca y contamina las cuencas hidrográficas.

Ibagué: consulta popular a favor del agua, la soberanía y el territorio

Después de la experiencia de consultas populares en Tauramena y Piedras, el municipio de Cajamarca, probablemente la población más afectada por los eventuales efectos ambientales de la mina La Colosa, buscó adelantar el mismo mecanismo decisorio sin éxito, al truncarse en la votación del consejo municipal dicho proyecto.

Este revés potencializó la iniciativa liderada por el alcalde de Ibagué Guillermo Alfonso Jaramillo y el Comité Ambiental en Defensa de la Vida, de frenar la operación de 38 títulos mineros, en su mayoría otorgados a la empresa surafricana Anglo Gold Ashanti, en areas estratégicas como las bocatomas del acueducto de Ibagué y perímetros colindantes con el rio combeima, cuenca hidrográfica que abastece del preciado líquido al 80% de habitantes del municipio principal del departamento del Tolima.

La campaña, en su etapa germinal, logró superar inicialmente uno de sus principales escollos: el tramite en el concejo de Ibagué. La votación realizada el lunes 29 de febrero en dicha corporación, con 10 votos a favor y 9 en contra, dio via libre a la realización de la primera consulta minera en el país en una población mayor a 100.000 habitantes.

La sesión en cuestión no estuvo exenta de hostilidad y provocaciones gubernamentales. Las advertencias temerarias, por parte de los delegados de la procuraduría, sobre eventuales sanciones disciplinarias y la defensa desconcertante del ministerio de minas a favor de los intereses de las compañías mineras, marcaron el derrotero de una votación polémica de principio a fin.

A pesar de un sinnúmero de presiones, por parte de una multiplicidad de organos gubernamentales, el pasado 28 de julio el Tribunal Administrativo del Tolima le dio vía libre a la consulta al reconocer el carácter vinculante de la misma. La decisión estuvo acorde con el pronunciamiento reciente de la de Corte Constitucional, que otorga a los municipios, por medio de consultas populares, la facultad de decidir en sus territorios sobre la explotación de recursos naturales.

El último paso a seguir, para finiquitar esta gesta deliberante, es la convocatoria a elecciones. Se calcula que los ibaguereños, una vez agotados los trámites de rigor, acudirían a las urnas a finales de agosto o principios de septiembre del presente año.

En cifras concretas para que dicho proceso tenga efectos vinculantes, deberán acercarse a las urnas no menos de la tercera parte del censo electoral de Ibagué, 130.000 ciudadanos aproximadamente, de los cuales la mitad más uno de dichos sufragantes deberán responder positivamente a la siguiente pregunta: ¿Está usted de acuerdo, sí o no, con que en el municipio de Ibagué se ejecuten proyectos y actividades mineras que impliquen contaminación del suelo, pérdida o contaminación de las aguas o afectación de la vocación agropecuaria y turística del municipio?.

El primer tramo en esta construcción transversal de sentido común, que tiene a la movilización ambiental y ciudadana como eje articulador de una nueva voluntad popular e incluyente en suelo tolimense, tuvo lugar el pasado 3 de junio en la denominada marcha carnaval. En aquella ocasión, más de 100.000 ibaguereños alzaron su voz para defender tres bienes que rehusan estar bajo la férula del mercantilismo inhumano: el agua, la soberanía y el territorio.

@pineda0ruiz

 

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